Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/05/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5457

Antecedentes: El proyecto planialtimétrico de la calzada y el diseño estructural del pavimento y cómputo de la misma, fue elaborado por profesionales de la Municipalidad de Valcheta. Mientras que la confección del correspondiente Pliego de especificaciones técnicas, legales Generales y Particulares se encuentra en la etapa de culminación por los equipos técnicos y legales del mismo municipio.
Para su preparación se evaluaron convenientemente todos los factores esenciales que intervienen en la ejecución del proyecto de pavimentación urbano, tales como: niveles de accesos umbrales y entradas a propiedades, alcantarillas y pavimentos existentes, volumen de tránsito actual y previsto para el futuro en las diferentes zonas consideradas, los diversos tipos de vehículos y sus respectivas cargas, que van a circular en cada sector de la obra, las características de los suelos existentes en las calles y materiales disponibles en los sitios de la obra; como también, las pendientes naturales del terreno y el drenaje general de cada una de las zonas en que se implantará la obra. Todos estos datos técnicos, serán previstos por los técnicos y profesionales a la hora de construirse el Cordón y cuneta de la obra.
Obras a Construir: El proyecto definido en la documentación del pliego de obra, consiste en la construcción de pavimentos asfálticos.
Diseño Geométrico: El diseño de los perfiles longitudinales y transversales de las calzadas, se encuentran representados en los planos adjuntos.
Diseño Estructural de la Calzada: El paquete estructural adoptado para las calles de los barrios, en los cuales se colocará un pavimento asfáltico, estará compuesto por una carpeta de concreto asfáltico de 0,05m de espesor, sobre una base de suelo-calcáreo de 0,18m de espesor, apoyada sobre una sub-base de suelo calcáreo de 0,15 m de espesor y ésta a su vez sobre una subrasante perfilada. En la calle Pagano y zonas aledañas, se han detectado altos niveles de sales totales y se deberá colocar una membrana de polietileno de 180 micrones apoyada sobre una capa delgada.
Obras Complementarias: Se prevé como complemento de la obra de pavimento propiamente dicho, la reparación de conexiones domiciliarias de servicios que pudieran haber sido reinstalados en forma provisoria o que presenten deficiencias de servicios a la hora de construirse la obra. Se incluye también, el traslado de aquellas columnas de alumbrado público, como también, de todos aquellos obstáculos que pudieran interferir con la obra proyectada.
El proyecto prevé que el Municipio adoptará las medidas de seguridad vial que sean compatibles con su plan de tránsito urbano, de acuerdo con esto, el señalamiento horizontal y vertical, barandas de defensas peatonal y vehicular si hiciera falta.
Toda instalación o reubicación de cámaras de servicio, cercos delimitatorios tipo olímpico, y demás elementos que requiera la zona, adaptado a la nueva infraestructura de pavimento, deberá ser realizado en el orden correcto y ser previsto en el Plan Previo de Coordinación Técnica de Construcción de la Obra.
Conservación: El proyecto se elaboró con la premisa que, se realizará una adecuada gestión de mantenimiento de las obras, que abarque: control de tipo y cargas de los vehículos, en forma periódica, etc.
Seguridad: Durante la construcción de la Obra se deberán adoptar las medidas de seguridad apropiadas a cada zona y actividad, tal que se resguarde la integridad de los operarios, los habitantes de la zona de la obra y la circulación general vehicular y peatonal; a dicho efecto, la municipalidad asumirá la coordinación de un conjunto de acciones a instrumentar en cada faz particular del avance de la obra, contemplado en el Plan Previo de Coordinación Técnica de Construcción de la Obra.
Plazo de Ejecución y Conservación. Se establece un plazo para la terminación de los trabajos de seis 6 meses corridos, a partir de la fecha del acta de replanteo y, como período de conservación 365 trescientos sesenta y cinco días corridos, contados a partir de la recepción provisional de la obra.
Computos Métricos y Presupuesto Se efectuarán tareas de excavación y ubicación del material excedente, 3.826 metros cúbicos, preparación de sub-rasante 15.304,80 metros cuadrados. Colocación de membrana de polietileno, incluidas las capas desterronadas en 3.133,38 metros cuadrados, construcción de sub-base granular de 0,15 = 2295,72 metros cúbicos, construcción de base granular de 0,18
= 2.754,86 metros cúbicos, colocación de imprimación bituminosa en 15.304, 80 metros cuadrados. Carpeta asfáltica de 0,05 m = 15.304,80 metros cuadrados. Esta obra asciende a la suma de pesos cinco millones quinientos sesenta y nueve mil cincuenta con 41/100 $ 5.569.050,41.

CONVENIO
Anexo II - Integrante del Decreto Nº 424
Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, sito en calle Buenos Aires 04, de la ciudad de Viedma, representado en este acto por el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos
Viedma, 09 de Mayo de 2016

Alfredo Váleri, DNI 17.523.662 en adelante EL MINISTERIO DE OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, y la Municipalidad de la ciudad de Valcheta con domicilio en calle Hipólito Irigoyen N 182 de la citada localidad, representada en este acto por su Intendente Municipal, Sr. Direne Yamil Baldomero, DNI Nº 12.698.690 en adelante la MUNICIPALIDAD; el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y la MUNICIPALIDAD conjuntamente denominados como Las Partes e individualmente como Parte, y considerando:
- Que el Sr. Intendente Municipal ha solicitado, mediante nota del 22 de mayo de 2015, al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, la delegación de la obra correspondiente Construcción Pavimento Urbano - Primera Etapa, bajo la modalidad de Obra Delegada.
- Que atento el pedido formulado, el Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos ha dispuesto la delegación de la ejecución de dicha obra en la Municipalidad, conforme lo establecido en el Art. 3º, párrafo 3 de la Ley J N 286.
- Que la MUNICIPALIDAD firmante ha aceptado la delegación correspondiente, comprometiéndose a ejecutarla con los más altos estándares de eficiencia y responsabilidad.
Las Partes, de común acuerdo, han resuelto celebrar el presente Convenio para la ejecución de la Obra Delegada: Construcción Pavimento Urbano Primera Etapa en adelante el Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.
Primera: El presente Convenio se suscribe en el marco de las disposiciones de la Constitución Provincial, la Ley de Ministerios N 4794 y la Ley de Obras Públicas J N 286.
Segunda: El MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, delega en la MUNICIPALIDAD, y ésta acepta, la ejecución de la Obra Delegada:
Construcción Pavimento Urbano - Primera Etapa. A tal efecto, el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS transferirá a la MUNICIPALIDAD los recursos financieros necesarios solicitados por el Municipio, siendo el total del mismo el valor tope que se reconocerá desde el Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Tercera: Las partes acuerdan que las tareas tendrán un plazo de ejecución de 180 días, contados a partir de la fecha de la firma del acta de iniciación de Obra.
Cuarta: Una vez ratificado el presente, el MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS transferirá, por intermedio del Tesoro Provincial, la suma de pesos tres millones con cero centavos $ 3.000.000,00.
Quinta: Las Partes convienen que todos los trabajos detallados se harán con material aprobado, instaladores matriculados y contarán con la supervisión y aprobación -previa, concomitante o posterior, indistintamentedel equipo técnico del MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.Sexta: LA MUNICIPALIDAD, sin perjuicio del cumplimiento de las normas que le son aplicables, se compromete a cumplimentar las obligaciones generales que a continuación se detallan:
a Destinar los recursos sólo al cumplimiento del objeto del Convenio.
b Dar expreso cumplimiento y velar por el cumplimiento de terceros a su cargo, de las disposiciones establecidas en las leyes vigentes en materia laboral, previsional, de riesgos del trabajo y demás normativa aplicable.
c Ejecutar las tareas encomendadas en el marco de las prescripciones de la Ley de Obras Públicas N 286.
d Designar un referente técnico y un referente administrativo para la comunicación con el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Séptima: La MUNICIPALIDAD, expresamente, se obliga a seguir el régimen de rendición de fondos que a continuación se detalla:
Documentación a presentar:
I. Memoria de la Obra Delegada: Una vez finalizada la obra se deberá remitir al Ministerio de Obras y Servicios Públicos una memoria relativa a todo lo actuado, incluyendo copias de las actas que se hubieran labrado y de la documentación vinculada a la obra que el Ministerio indique. Asimismo se incluirá una copia del acta de recepción provisoria.
Art 3 del Dec. N 686/62 Reglam. de la ley 286 de Obras Públicas.
II. Certificación del Tribunal de Cuentas del Municipio.
III. Balance de Inversión de Fondos Remitidos.
IV. Planilla de Relación de Comprobantes: La misma se confeccionará respetando un orden cronológico de la documentación, y la misma deberá estar enumerada según el orden que se detalla.
En tal sentido se debe indicar:
- Nro. de Orden - Fecha del Comprobante - Tipo de Comprobante - Nro. de Comprobante - Proveedor - Concepto del Gasto - Total Facturado

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/05/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date09/05/2016

Page count28

Edition count1917

First edition03/01/2002

Last issue04/07/2024

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