Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 19/05/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro
Viedma, 19 de Mayo de 2016
Nº 5460
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 13,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVII
EDICION DE 28 PAGINAS
SECRETARIA GENERAL
Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 28
DECRETOS
DECRETO Nº 522
Viedma, 5 de Mayo de 2016.
Visto: El Expediente N 96.145-EDU-2.015, del Registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota 470/15 de la Secretaría de la Función Pública, autoriza al Ministerio de Educación y Derechos Humanos, a realizar las promociones automáticas del personal comprendidos en el Escalafón Administrativo de la Ley L N 1.844, modificada por la Ley N 4.541, siempre que se encuentran reunidos los requisitos establecidos por la normativa aplicable, conforme se acredite en el trámite administrativo pertinente;
Que a fojas 390 obra la certificación extendida por la Dirección de Personal del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, de los agentes que cumplen los requisitos de ser promocionados en forma automática conforme lo establecido en el Anexo II Artículo 23 de la Ley L N 1.844;
Que es procedente el dictado del acto administrativo que instrumente la promoción a la categoría detallada en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto;
Que en cumplimiento de las normas vigentes y conformes a los alcances que las mismas determinan, corresponde promover automáticamente a los agentes propuestos;
Que a fojas 402 ha tomado intervención la Subsecretaría de Presupuesto en los términos del Artículo 33 de la Ley N 5096;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado mediante Vista N 01143/16;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Promover en forma automática, a los agentes que se detallan en el Anexo I, de acuerdo al cómputo que se especifica en las mismas, en los términos del Anexo II Artículo 23 de la Ley L N 1844, modificada por la Ley N 4541, y que forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- El gasto que demande el presente Decreto, para su cumplimiento será imputado a la jurisdicción 45 Programa 01, 03, 11, 12, 13, 14, 18, 26, 28, 29 y jurisdicción 16 Programa 01.Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Educación y Derechos Humanos.Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. M. E. Silva.
ANEXO AL DECRETO Nº 522