Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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dispuesto en el Artículo 6 de la Ley E N 1271
y Artículo 10 del Decreto Provincial F N 939/
78.
Art. 5.- Regístrese, publíquese, comuníquese al interesado, remítase copia a la Dirección General de Rentas, cumplido, archívese.
Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Rafael F. Albornoz, Subdirector Gral. de Rentas a/c de la Dirección de Planeamiento. Alicia Baldizzone, Directora Gral.
de Administración. Patricia Alejandra Bissio, Asesora Legal y Técnica.
oOo Resolución Nº 279
Viedma, 23 de Febrero de 2011.
Visto: El Expediente N 10523-T-2007 del registro del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones tramita la depuración de la documentación en custodia de la Tesorería General de la Provincia generada por el archivo de pagos efectuados a la Administración Central y por las transferencias de fondos a los Organismos Autárquicos, Poderes Legislativo y Judicial, Organismos de Control, Entes y Empresas del Estado;
Que a fojas 119/120 el Tesorero General de la Provincia, informa sobre la necesidad de expurgar la documentación correspondiente al año 2001 en condiciones de destrucción, de acuerdo a las condiciones y plazos previstos en la Resolución N
2.068/93 de la Secretaría General de la Gobernación;
Que según la mencionada norma las constancias correspondientes al período en cuestión superan los plazos mínimos de conservación que son de diez 10 años para expedientes, órdenes de pago, comprobantes de pago y recibos y/o depósitos bancarios, libros banco de fondos permanentes y especiales, chequeras, pagos por accidentes de trabajo, diarios de ingresos y egresos, y de uno 1 a tres 3
para documentación relacionada con embargos, licencias, comprobantes de correspondencia, hojas de ruta, notas, registros contables auxiliares;
Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2.068/93 de la Secretaría General de la Gobernación, se adjunta modelo de Acta con el detalle de la documentación que se dará de baja, cuyo control y constatación queda a cargo de los funcionarios firmantes, dejando constancia que no involucra documento alguno con más de treinta 30
años de antigedad con posible carácter de histórico;
Que la documentación en cuestión, será enviada a los archivos de la C.O.L., que posee en la ciudad de General Roca Archivos en depuración del ex Banco de la Provincia de Río Negro, quien será la encargada de realizar la venta y verificar su destrucción, obrando fojas 124 informe de la Coordinación de Organismos en Liquidación, respecto a toneladas libres de papel, sobre la venta del material que oportunamente se tramitara bajo el Expediente N 10.093-COL-06, conforme Resoluciones N 1335/06 y N 1613/06;
Que han intervenido la Asesoría Legal a fojas 130 y la Fiscalía de Estado a fojas 131 vuelta;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley H N 4002;
Por ello:
El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos R E S U E LV E :
Artículo 1.- Autorizar el expurgo de la documentación en custodia y archivo de la Tesorería General de la Provincia en condiciones de destrucción, según detalle que se integra en el modelo de Acta incorporada como Anexo I, previa publicación de lo resuelto.Art. 2.- Dar intervención a la Coordinación de Organismos en Liquidación C.O.L., para que proceda a la venta del papel de la documentación
BOLETIN OFICIAL N 4913

Viedma, 07 de Marzo de 2011

referida en el Artículo 1 con la condición que su destrucción se realice en presencia de los funcionarios que al efecto se designen.Art. 3.- Remitir el Acta de Expurgo a la Dirección General de Archivos de la Provincia para su guarda como documento público.Art. 4.- Regístrese, publíquese y archívese.Ing. Carlos Alberto Oliva, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos. Mirta Mabel Duré, Directora de Administración.

ANEXO a la Resolución N 279
MODELO
ACTA DE EXPURGO DE ARCHIVOS
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2.001
En la ciudad de Viedma, a los días del mes de del año 2.011, siendo las horas, se constituyen en el archivo de la Tesorería General de la Provincia, sito en calles Colón y Pueyrredón, el Tesorero General de la Provincia, señor José Eugenio Ongaro y el Asesor Legal del Ministerio de Hacienda, Dr Luis Prieto Taberner, a los fines de realizar los controles que la normativa vigente exige, de toda la documentación resguardada de los archivos generados por los pagos efectuados a la Administración Central y las transferencias de fondos realizados a los Organismos Autárquicos, Poderes, Organismos de Control, Entes y Empresas del Estado, correspondiente al año 2.001 y que se da de baja para su posterior destrucción, aplicándose la tabla de plazos mínimos de conservación, según lo establecido en la Resolución N 2.068 del 03/11/
1.993 de la Secretaría General de la Gobernación.
Detalle de la Plazos Documentación Mínimos Expedientes administrativos y órdenes de pago correspondientes a: Contratistas; Proveedores. Fondos Permanentes, Balances de Autárquicos, juntamente con sus respectivos comprobantes de caja y recibos de pago y/o depósitos bancarios. 10 Años Libros Banco de Fondos Permanentes y Fondos Especiales 10 Años Chequeras
10 Años
Pagos por accidentes trabajo
10 Años
Diarios de Ingresos y Egresos 10 Años Documentación relacionada con embargos, registros de licencias ordinarias, comprobantes de correspondencia recibida y emitida, hojas de ruta, notas, registros contables auxiliares, se depura la correspondiente al año 2.007 - toda vez que las normas exigen un plazo de guarda de 1 a 3 años.Girar la presente actuación a la Coordinación de Organismos en Liquidación, a los fines de que proceda a la venta de la documentación dada de baja, verificando personalmente su posterior destrucción, todo ello de acuerdo a lo que establezcan las normas vigentes al respecto.
Se extiende dos ejemplares de un mismo tenor, uno de los cuales se gira a la Dirección General de Archivos de la Provincia, para su guarda como documento público.oOo Provincia de Río Negro Ministerio de Gobierno INSPECCIÓN GENERAL
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución Nº 75
Viedma, 28 de Febrero del 2011.
Visto el expediente N 6914-IGPJ-2010, caratulado Asociación Civil de Empresas del Cluster Tecnológico Bariloche San Carlos de Bariloche s/personería jurídica, adjunta documentación; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 consta nota en la cual solicitan funcionar como personas jurídicas.
Que a fojas 02 obra acta constitutiva donde un grupo de personas auna ideas para el inicio de una asociación civil.
Que de fojas 04 a 10, se a presentado estatuto por el cual se regirá el funcionamiento de la misma.
Que a fojas 11 y 12 consta nómina de socios y aceptación de los distintos cargos institucionales.
Que a foja 21 obra nota solicitando documentación a completar para culminar el trámite.
Que a foja 22 por nota con fecha de ingreso 13
de diciembre de 2010 se realiza la presentación de la documentación solicitada, solicitando nuevamente documentación faltante conforme foja 111, completándose la misma a fojas 112 con fecha de ingreso 14 de febrero de 2011.
Que habiéndose cumplido con los requisitos exigidos por Ley Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor conforme a informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo, fojas 114 y 116
en los cuales consta que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspectora General de Personas Jurídicas R E S U E LV E :
Artículo 1.- Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada:
Asociación Civil de Empresas del Cluster Tecnológico Bariloche, constituída y con domicilio en San Carlos de Bariloche Departamento Bariloche de esta Provincia, el día 20 de Octubre de 2008 y apruébase su estatuto social obrante de foja noventa y cuatro 94 a cien 100 del expediente aludido Art. 2.- Inscríbese; la misma bajo el número:
Dos Mil Setecientos Veinte N 2.720.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia P. Bordón, Inspector General de Personas Jurídicas.
oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE FAMILIA
Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad Resolución Nº 03/2011. C.P.P.D.
Viedma, 01 de Marzo de 2011.
Visto: El Expediente N 078091 CPD. La Ley Provincial D N 2.055, Art. 3, Primer Párrafo y su Decreto Reglamentario N 52/87;
El Art. 3 de la Ley Provincial N D 3.467 de adhesión a la Ley 24.901; y CONSIDERANDO:
Que en el citado Expediente obran a Fs. 02, 03, 04, copia de gestiones y aplicaciones de un nuevo Protocolo de Evaluación y Certificación de la Discapacidad y modelo de Certificado Único de Discapacidad al que refiere el Art. 3 de la Ley N
22.431; el cual tiene alcance en todo el territorio nacional, y ha sido diseñado de acuerdo con los parámetros nacionales e internacionales vigentes.
Que a Fs. 5, obra copia de Acta Acuerdo elaborada entre el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad de Río Negro, el Ministerio de Salud de la Nación y el Servicio Nacional de Rehabilitación con la finalidad de implementar la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud CIF en el ámbito de la Provincia de Río Negro.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date07/03/2011

Page count16

Edition count1921

First edition03/01/2002

Last issue18/07/2024

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