Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 07 de Marzo de 2011

Nº 4913

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS
Resolución Nº 247
Viedma, 18 de Febrero de 2011.
Visto: La Ley E N 1.274, el Decreto N 939/
78 y el expediente N 82.145-R-2007 del registro de la Dirección General de Rentas, por el que tramita la solicitud de renovación de los beneficios establecidos en la Ley de Promoción Industrial efectuada por la firma Clínica Radiológica del Sur S.A., y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N 742/09 del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de fecha 2 de junio de 2009, se declaró a la firma Clínica Radiológica del Sur S.A. C.U.I.T. 3056246579-7 comprendida en los alcances de la Ley E N 1.274, otorgándole una desgravación hasta el 31 de diciembre de 2009, del 75 % del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que el fundamento para la concesión de dichos beneficios estuvo dado fundamentalmente por la inversión de gran magnitud realizada por la empresa en su Centro Médico ubicado en la localidad de Cipolletti, a partir de la habilitación de nuevos servicios de resonancia magnética y tratamientos oncológicos, quirófanos y salas de internación, la incorporación de equipamiento médico de alta complejidad y última generación;
Que la actividad desarrollada por la firma, se encuentra incluida entre las beneficiadas por el régimen de la Ley E N 1.274, en el apartado 54
del Anexo I del Decreto Provincial E N 939/78:
servicios de sanatorios y hospitales privados cuya actividad tenga alta incorporación de tecnología;
Que a fs. 296 el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro ha certificado que la peticionante ha efectuado una alta incorporación de tecnología, otorgando prestaciones diagnosticoterapéuticas de alta complejidad;
Que el total de la inversión comprometida asciende a la suma de pesos diez millones doscientos setenta y cinco mil seiscientos veintidós $
10.275.622;
Que en la solicitud de renovación fs. 327/351
la peticionante acompañan información y documentación de nuevas adquisiciones por un total de pesos un millón novecientos cuatro mil cuatrocientos diecinueve $ 1.904.419;
Que entre dichas inversiones se destaca la adquisición de dos 2 terrenos contiguos a la Clínica -necesarios para su crecimiento e integración-, equipos de ecografía, impresoras láser para placas radiográficas y afines, cinta ergonométrica, litotriptor, potente sistema de generación eléctrica,
reformas en las instalaciones ascensor y caldera, un vehículo de rescate y un sistema de comunicación que permitiría trabajar interconectado con otros centros periféricos, ampliando el alcance de sus prestaciones;
Que el beneficio otorgado se encontraba sujeto a un doble orden de condiciones: 1 el cumplimiento del plan de inversión que sirvió de base para la concesión de la franquicia y 2 el ingreso del tributo correspondiente, en el caso que se determine una deuda en el procedimiento de verificación que tramita por Expediente 18.182-R-2008;
Que el cumplimiento de las inversiones comprometidas ha sido constatado a fs. 287/292 y 385/388 por la Dirección de Fiscalización Externa dependiente de la Dirección General de Rentas;
Que en cuanto a la segunda condición establecida en el acto que concedió el beneficio de desgravación, debo destacar que la deuda determinada en el procedimiento de verificación que tramitara por Expediente 18.182-R-2008 de la Dirección General de Rentas fue saldado mediante el tramite de compensación establecido en el Decreto Provincial N 942/95, según surge del informe elaborado a fs.
401/402 y comprobantes de fs. 403/404;
Que por otra parte la renovación de los beneficios fiscales habrá de limitarse al plazo que establece el Artículo 3 de la Ley E N 1.274 que establece que Los beneficios previstos en sus incisos a, e y d del artículo anterior no podrán concederse por un plazo mayor de diez 10 años, el que comenzará a contar desde la fecha que establezca la autoridad de aplicación , por lo que, habiéndose otorgado el beneficio por el plazo de siete 7 meses, por lo que aún es viable renovar los beneficios concedidos por un lapso de nueve 9 años y cinco 5 meses;
Que las exenciones promocionales se limitan temporalmente por razones de prudencia, pues si bien el beneficio puede concederse hasta un plazo máximo de 10 años, es de buena práctica concederlo por un plazo menor con posibilidad de renovación, pues ello permite lograr el equilibrio entre el incentivo para la radicación de nuevos proyectos sin perjudicar las cuentas públicas con extensivas exenciones, además de resguardar un mayor control sobre las inversiones comprometidas;
Que llenado el recaudo de factibilidad técnica para acceder a la renovación de las exenciones impositivas, resta analizar la magnitud y el impacto que cualquier beneficio a otorgar provocaría en la recaudación de los tributos involucrados;
Que a fs. 391/393 la Dirección de Planeamiento de la Dirección General de Rentas efectúa la estimación del costo fiscal para el ejercicio fiscal 2.010;
Que teniendo en cuenta la variación del nivel de actividad y los ingresos declarados por la misma contribuyente para los períodos 01/2009 a 12/2009,
el costo fiscal estimado asciende a la suma de pesos cuatrocientos ochenta y cinco mil setecientos veinticuatro con nueve centavos $ 455.724,09;
Que resulta de particular importancia para el Gobierno Provincial promover industrias que, con su desarrollo tecnológico-empresarial, impulsen el crecimiento económico de la Provincia;
Que dadas las particularidades del proyecto, como asimismo las cifras presupuestadas en las proyecciones, corresponde hacer lugar a la renovación pretendida, en los términos que se especifican en la parte resolutiva de la presente;
Que los términos en que se concede el beneficio preserva el espíritu promocional de la Ley E N
1.274, conjugándolo con el logro de las metas de recaudación fiscal, todo ello en el marco del necesario control que debe tener el Estado sobre todo beneficio que, conforme a la Ley, otorgue a persona o personas determinadas;
Que han tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos a fs. 420 y Fiscalía de Estado a fs. 420 vuelta;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley E N 1.274 y el Artículo 16
de la Ley K N 4.002;
Por ello:
El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos RESUELVE:
Artículo 1.- Prorrógase por dos 2 años, a partir del 1º de enero de 2010 los beneficios fiscales otorgados a la firma Clínica Radiológica del Sur S.A. C.U.I.T. 30-56246579-7 mediante Resolución N 742/2009 de fecha 2 de junio de 2009 de éste Ministerio.
Art. 2.- Otórgase a la firma indicada en el Artículo anterior el beneficio de desgravación del 75% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el término de dos 2 años, hasta el 31 de diciembre de 2011.Art. 3.- Establécese como condición para la subsistencia de los beneficios otorgados, el cumplimiento del plan original que sirvió de base para la concesión de la franquicia y de las nuevas inversiones comprometidas, a cuyo efecto la Dirección General de Rentas, a través del área técnica que designe deberá monitorear el cumplimiento de las obligaciones impuestas a la empresa beneficiada.
Art. 4.- La empresa deberá presentar anualmente una declaración jurada donde detalle su funcionamiento, el cumplimiento de los compromisos asumidos y el monto al cual asciende la promoción otorgada por el período correspondiente, debiendo indicarse si han existido modificaciones en relación a las circunstancias que dieron motivo al otorgamiento del beneficio todo bajo apercibimiento de lo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 07/03/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date07/03/2011

Page count16

Edition count1917

First edition03/01/2002

Last issue04/07/2024

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