Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/02/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 1 de Febrero del 2007
firma del presente Decreto a la Sra. María de la Cruz Nieves, DNI. Nº 12.711.500, Legajo Nº 652.933/0, en la vacante creada en el artículo anterior, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 14/04 y la Ley Nº 1904.- Expte. Nº 49999-S-2006.
DECRETO Nº 1868.- 29-12-06.- Créase una vacante en el Agrupamiento B, Grado I, Enfermera Profesional de la Ley Nº 1.904, en el Programa 14.00.00.01, del Ministerio de Salud, surpimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 8, de la Ley Nº 1844.- Reubícase a partir de la fecha de firma del presente Decreto a la Sra.
Marcela Alejandra Noguez, DNI. Nº 21.797.519,
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BOLETIN OFICIAL N 4486
Legajo Nº 657.510/2, Matrícula Nº 4901, en la vacante creada en el artículo anterior, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 14/04 y la Ley Nº 1904.- Expte.
Nº 50295-S-2006.
DECRETO Nº 1869.- 29-12-06.- Créase una vacante Agrupamiento Profesional B, Grado I, de la Ley Nº 1904, en la Jurisdicción 44, Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Categoría 7, de la Ley Nº 1844.- Reubícase a partir de la fecha de firma del presente Decreto al Sr.

Sergio Oscar Vásquez, DNI. Nº 22.495.146, Legajo Nº 658.164/1, en la vacante creada en el artículo anterior, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 14/04 y la Ley Nº 1904.Expte. Nº 50.000-S-2006.
DECRETO Nº 1872.- 29-12-06.- Incorporar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Planta Permanente de la Administración Pública Provincial, al Dr. Carlos Alberto Pega, DNI. Nº 11.478.941, que cumple funciones en la Fiscalía de Estado, en el Agrupamiento Profesional, Categoría 13, de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 3.966 y su Decreto Reglamentario Nº 1.640/05.- Expte. Nº 7014-F-06.

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RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro MINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 2012
Viedma, 19 de diciembre del 2006.
Visto, el Expte. N76345-UEP-05, del Acuerdo Marco de Adhesión al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social SINTyS suscripto el 15 de junio del año 2001 entre la Nación y el Gobierno de la Provincia de Río Negro, de acuerdo a lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 812/98 y ratificado por Ley Provincial N 3563 y el Acuerdo de Institucionalización de dicho Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social en el ámbito provincial aprobado por Decreto Provincial N
805/06, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta indispensable establecer una adecuada coordinación de los diferentes organismos o entidades responsables que poseen bases de datos, a fin de que la información alcance niveles de homogeneidad, calidad, oportunidad, seguridad y disponibilidad que posibiliten su intercambio dentro del ámbito público nacional, provincial y municipal;
Que conforme a los propósitos y objetivos del SINTyS, dicho intercambio se sustenta en la identificación unívoca y homogénea de las personas físicas y jurídicas;
Que por la Cláusula Primera del Acuerdo Marco de Adhesión la Provincia de Río Negro se compromete a establecer los mecanismos necesarios para realizar el intercambio y cruzamiento de la información, disponiéndose que el SINTyS será el que establezca los estándares y procedimientos que posibiliten dicho intercambio y cruzamiento;
Que por la Cláusula Segunda del Acuerdo Marco de Adhesión, la Provincia de Río Negro se compromete a crear y establecer los mecanismos necesarios a nivel provincial, que le permitan coordinar, intercambiar y cruzar entre sus propios organismos, en los términos de la cláusula primera, los datos registrados y a registrarse en sus distintas bases de datos relacionadas con personas físicas y jurídicas, estableciendo la obligatoriedad para todas sus bases de datos y para cualquier tipo de trámite del uso y registración del CUIT/CUIL/CDI o de la clave o nominación que a criterio del SINTyS sea necesaria para unificar y/o sustituir los mismos;
Que en virtud de la Cláusula Cuarta del citado Acuerdo Marco de Adhesión, la provincia de Río Negro se compromete a determinar el área del gobierno a cargo de la ejecución y dirección del mismo;
Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N 805/06 se dispone que el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos será el organismo coordinador y ejecutor del Acuerdo Marco de Adhesión al SINTyS y se designa al Sr. Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos como Coordinador General Provincial en representación del Gobierno de la Provincia de Río Negro;
Que conforme lo dispone el Artículo N 8 del mencionado Decreto, se crea la Unidad de Coordinación Provincial del Sistema de Identificación Tributario y Social UCP, detallando las funciones que tendrá a su cargo;
Que mediante el inciso a del mencionado artículo 8 se dispone que la UCP
tendrá a su cargo Coordinar el intercambio de información en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial central y descentralizada;
Que asimismo, mediante el inciso h del artículo mencionado en el considerando anterior se estatuye que la UCP tendrá a su cargo Definir las pautas y requisitos para el acceso e integración de los organismos y jurisdicciones provinciales a los diferentes registros y bases de datos que disponga la UCP de conformidad con las normas que establezca el SINTyS;
Que por el Artículo 16 del Decreto 805/06 se faculta al Coordinador General del SINTyS a realizar las modificaciones orgánicas estructurales que resulten convenientes para garantizar la puesta en marcha y ejecución integral del SINTyS
en la Provincia de Río Negro;

Que mediante el Artículo 18 del Decreto 805/06 se declaran prioritarias y de interés provincial las acciones que desarrolle la Unidad Coordinadora Provincial del SINTyS UCP y se instruye a las autoridades máximas de los organismos centralizados y descentralizados del Poder Ejecutivo Provincial a prestar total colaboración en la implementación del presente programa, debiendo acordar con el Coordinador de la UCP del SINTyS la metodología y forma de transferencia de la información requerida;
Que a través del Artículo 19 del Decreto 805/06 se aprueba el modelo de Acta Instrumental a suscribir entre el Coordinador de la UCP SINTyS y los organismos provinciales, cuyo objeto es coordinar el intercambio de información entre las bases de datos de dichos entes;
Que la Cláusula Novena del Convenio de Institucionalización de la UCP SINTyS
establece que La UCP deberá disponer, dentro del ámbito de su competencia, las medidas que a efectos de facilitar el intercambio de información interjurisdiccional, disponga el SINTyS. En particular deberá adoptar las siguientes medidas, cuando sean dictadas por el SINTyS y notificadas a la UCP: a los estándares, protocolos de información y normas para la compatibilización, procesamiento, intercambio y suministro de la información; b los datos mínimos de contenido tributario y social, que deberán establecer las distintas jurisdicciones, entidades y organismos provinciales en sus bases o registros; c las pautas y requisitos para el acceso de la UCP a los diferentes registros y bases de datos que hayan sido integradas al SINTyS; d las que permitan una interconexión en línea entre las partes con la asistencia técnica del SINTyS;
Que la Cláusula Quinta del Modelo de Acta Instrumental aprobada por el Decreto N 805/06 establece la obligatoriedad para los Organismos de respetar los estándares y pautas que fije el SINTyS a través de la UCP;
Que para la integración de las bases de datos y el cruzamiento de información, el SINTyS requiere que en la estructura de las Bases de Datos utilizada para el almacenamiento de la información de las personas físicas o jurídicas utilizadas por los diferentes organismos, con miras a obtener una identificación unívoca de las mismas, contengan un mínimo de seis atributos básicos, a saber: 1 CUIT, CUIL, CDI; 2 Tipo de Documento; 3 Número de Documento; 4 Apellido y Nombre; 5
Sexo, y 6 Fecha de Nacimiento;
Que en función de dichos requerimientos se hace necesario definir una Normativa Técnica que permita homogeneizar y estandarizar la información contenida en las diferentes Bases de Datos de los organismos provinciales y municipales como forma de optimizar el cruzamiento de dicha información.
Por ello, El Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos RESUELVE
1.- Aprobar las Normas y lineamientos generales de la estructura de Bases de Datos que los distintos Organismos de la Administración Provincial y Municipal deberán suministrar a la Unidad Coordinadora Provincial, y que como Anexo 1
conforman la presente Resolución.
2.- Invítase al Poder Legislativo y al Poder Judicial a adherir a la presente normativa en el ámbito de sus respectivas competencias.
3.- Registrese, comuníquese, publíquese, y archívese.Cdor. Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Mirta Mabel Duré, a/c. Dirección General.

Anexo Resolución Nº 2012
INSTRUCTIVO DE NORMAS DE STANDARIZACION
Y HOMOGENEIZACION DE BASES DE DATOS
1.- Incorporación de atributos básicos para el cruzamiento con el SINTyS
La estructura de datos utilizada para el almacenamiento de la información de las personas físicas o jurídicas en los sistemas informáticos que utilizan los organismos de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y Municipalidades deberá contener los siguientes atributos básicos.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/02/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date01/02/2007

Page count16

Edition count1918

First edition03/01/2002

Last issue08/07/2024

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