Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4481

Viedma, 15 de Enero del 2007
QUINTA: En adición a lo estipulado en la Cláusula TERCERA del presente Acuerdo, LA PROVINCIA
renuncia, en forma expresa e irrevocable, a realizar cualquier reclamo y/o acción judicial y/o extrajudicial contra UTE PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A. NECON S.A., con relación a la existencia de diferencias sobre el tipo de cambio aplicable al pago de regalías sobre el gas natural respecto del período diciembre de 2001 a diciembre de 2002, todas las cuales se continuarán liquidando al tipo de cambio al que UTE
PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A. - NECON S.A.
y sus clientes acuerden en sus operaciones de compraventa de gas natural, teniendo en cuenta que ello se corresponde con las normas de emergencia contenidas en la Ley N 25.561 y el Decreto N 214/02, renunciando, por ello, en forma irrevocable al cobro de tales conceptos. LA PROVINCIA desiste, asimismo y en forma expresa e irrevocable, todos los reclamos y/
o acciones judiciales y/o extrajudiciales efectuados contra UTE PETROLEOS SUDAMERICANOS S. A. NECON S.A.. LA PROVINCIA se reserva el derecho de accionar contra el Estado Nacional por los daños y perjuicios ocasionados a la recaudación fiscal en concepto de regalías por aplicación de la Ley N 25.561, del Decreto N 214/02 y Decreto N 310/2002, y modificatorias, sobre los precios de los hidrocarburos.
En caso de que, con posterioridad a la liquidación de regalías, UTE PETROLEROS SUDAMERICANOS S.A.
NECON S.A. percibiera algún monto adicional como consecuencia de renegociaciones, disposiciones legales y/o judiciales, UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS S.A. NECON S.A. procederá a rectificar las liquidaciones originales de regalías y a ingresar la diferencia que arrojare tal reliquidación respecto de LA PROVINCIA.
SEXTA: El Sr. Ministro y Representante de LA
PROVINCIA, mencionado en el encabezamiento del presente Acuerdo, suscribe el mismo ad referéndum de su Gobierno Provincial, quedando supeditado su perfeccionamiento a la ratificación que emitan los poderes públicos competentes del citado gobierno.
Los instrumentos legales que ratifiquen este Acuerdo deberán ser emitidos dentro de los treinta 30 días corridos, contados a partir de la firma del presente, caso contrario UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS S.A. NECON S.A. podrá considerar que este Acuerdo ha quedado sin efecto, cursando notificación fehaciente a LA PROVINCIA, quedando expresamente establecido que los términos consignados en el presente no podrán ser utilizados como antecedentes ni reconocimiento de derechos entre las Partes.
Dentro de los dos 2 días hábiles de producidas las aprobaciones requeridas para que el Acuerdo entre en vigencia, LA PROVINCIA deberá notificar, por
Firma:
Secretaría de Energía de la Nación Aclaración:
Domicilio: Av. Paseo Colón 171, piso 8, Capital Federal.

ANEXO I
Bases para un acuerdo con la Provincia en materia de Tipo de Cambio diciembre 2001 a mayo 2002.
Los lineamientos aplicados a los precios de venta de petróleo crudo al mercado interno para el cálculo del ajuste de las regalías de petróleo crudo, y gasolina vendida como crudo, por el período diciembre 2001 a mayo 2002, son los siguientes:
a. Diciembre 2001 a febrero 2002: Los precios en dólares se convirtieron a pesos al tipo de cambio originalmente utilizado por la empresa más un cincuenta por ciento 50% de la diferencia entre el tipo de cambio utilizado y el tipo de cambio vendedor Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al vencimiento de la Declaración Jurada de regalías.
b. Marzo 2002 a Mavo 2002: Los precios en dólares se convirtieron a pesos al noventa por ciento 90% del tipo de cambio vendedor Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al vencimiento de la Declaración Jurada de regalías.
c. Las diferencias calculadas se volvieron a convertir a dólares al tipo de cambio vendedor Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al vencimiento de la Declaración Jurada de regalías.
d. Los intereses han sido calculados a la tasa efectiva anual del ocho por ciento 8% desde el vencimiento de la Declaración Jurada de regalías hasta el día 30 de junio del año 2006, conforme a lo previsto en la Cláusula SEXTA.
e. El pago deberá efectuarse en pesos al tipo de cambio vendedor Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del anteúltimo día hábil anterior al de la fecha de pago, incluido dentro de los dos 2 días hábiles de la notificación por parte de la Provincia a la Empresa, de la entrada en vigencia del presente acuerdo transaccional, conforme a lo previsto en la Cláusula SEXTA.

UTE PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A. NECON S.A.
Domicilio: Bartolomé Mitre N 864, 10 Piso.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Provincia de RÍO NEGRO
Domicilio:
En fe de lo cual se firman tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los días del mes de de 2006.
Firma:
UTE PETROLEOS SUDAMERICANOS S. A.-NECON S.A.
Aclaración
Firma:
Provincia de RÍO NEGRO
Aclaración:
HOMOLOGACIÓN DEL ACUERDO: LA
SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACIÓN
homologa y rubrica el presente Acuerdo en los términos previstos en el Artículo 3 de la Resolución SE N 231/

ANEXO II
LISTADO DE ÁREAS
Empresas
Áreas Yacimiento CENTRO ESTE

02, dando su plena conformidad en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N 17.319, teniendo en cuenta que resuelve, en forma definitiva, el conflicto de regalías derivado de la aplicación del tipo de cambio emergente de las Resoluciones SE N 155/92 y SE N
188/93, todo ello a partir de su entrada en vigencia.

medio fehaciente, dicha circunstancia a UTE
PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A. NECON
S.A. , acompañando copia del instrumento respectivo, a los fines de que se proceda al pago conforme lo previsto en la Cláusula SEGUNDA de este Acuerdo.
SÉPTIMA: Las Partes acuerdan que, para el hipotético supuesto de que UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS S.A. NECON S.A. otorgare a alguna Provincia que no hubiere suscripto el presente Acuerdo un tratamiento más favorable respecto de los montos y cálculos de las diferencias sobre el tipo de cambio aplicable al pago de regalías durante el período diciembre 2001 a mayo 2002, dentro del marco de un acuerdo transaccional extrajudicial similar al presente, entonces UTE PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A.
NECON S.A. reconocerá dichas condiciones más favorables a LA PROVINCIA.
OCTAVA: Cualquier controversia derivada del presente Acuerdo será sometida a consideración de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en razón de lo previsto en el Art. 116 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, normas federales aplicables y doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, renunciando las Partes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudieran corresponderles.
NOVENA: A todos los efectos del presente Acuerdo las Partes constituyen domicilios en los lugares indicados a continuación, donde será válida toda notificación judicial o extrajudicial.

UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS S.A. - NECON - S.A.

Participación %
100%

ANEXO III
PLANILLA DE CALCULO Y MONTO A PAGAR A LA PROVINCIA DE RIO NEGRO EN LOS TERMINOS DEL ACUERDO TRANSACCIONAL
PETROLEOS SUDAMERICANOS S.A. - NECON S.A., UTE.
CALCULO DE DEUDA CO INTERESES AL 30.06.06
CENTRO
ESTE
Dic. 2001
Ene. 2002
Feb. 2002
Mar. 2002
Abr. 2002
May. 2002
TOTAL

Regalía Pagada $
$ 75.105,36
$ 79.727,18
$ 85.477,84
$ 161.632,69
$ 194.095,73
$ 235.986,81
$ 832.025,62

Regalía Reliquidada $
$ 87.624,06
$ 90.347,14
$ 106.313,09
$ 204.686,64
$ 237.190,94
$ 293.543,11
$ 1.019.704,98

Diferencia $
$ 12.518,70
$ 10.619,95
$ 20.835,25
$ 43.053,95
$ 43.095,21
$ 57.556,30
$ 187.679,37

T.C. BNA
al vto.
1,60
1,80
2,38
2,90
3,25
3,57

Diferencia u$s 7.824,19
5.899,97
8.754,31
14.846,19
13.260,06
16.122,21
66.706,94

FECHA
Vencimiento 15/01/2002
15/02/2002
15/03/2002
15/04/2002
15/05/2002
15/06/2002

Fecha Actualizacion 30/06/2006
30/06/2006
30/06/2006
30/06/2006
30/06/2006
30/06/2006

DIAS
MORA
1.627
1.596
1.568
1.537
1.507
1.476

8,00%
T.N.A.
0,0002138
0,0002138
0,0002138
0,0002138
0,0002138
0,0002138

INTERESES
u$s 3.254,70
2.399,08
3.486,24
5.775,10
5.040,36
5.981,34
25.936,82

Capital + Int.
uSs 11.078,89
8.299,06
12.240,54
20.621,29
18.300,42
22.103,55
92.643,76

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date15/01/2007

Page count46

Edition count1917

First edition03/01/2002

Last issue04/07/2024

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