Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Enero del 2007
Sra. Consejera de la Presidencia, Doña Maria José RAMOS RUBIERA, y la Provincia de Río Negro representada por el Señor Ministro de Gobierno, Don Pedro Iván LAZZERI, con la finalidad de propiciar y desarrollar un intercambio formativo y de experiencias de gestión con la participación de miembros y representantes municipales de ambos gobiernos, el que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
DECLARACIÓN DE INTENCIONES
PARA LA COLABORACIÓN INSTITUCIONAL
ENTRE EL PRINCIPADO DE ASTURIAS ESPAÑA
Y LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
En Oviedo a 23 de octubre de 2006
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Da hila José Ramos Rubiera, Consejera de la Presidencia del Principado de Asturias, nombrada por Decreto 10/2003, de 7 de julio, del Presidente del Principado de Asturias por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del 8 de julio de 2003.
De otra, el Ilmo. Sr. D. Pedro Ivan Lazzeri, Ministro de Gobierno de la Provincia de Rio Negro de la República Argentina, facultado para suscribir esta Declaración en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 0212003 dictado por el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro.
Ambas partes, en nombre y representación de sus respectivos gobiernos concurren y reconociéndose con capacidad legal necesaria y suficiente para celebrar este acto EXPONEN
El gobierno de la Provincia de Río Negro de la República Argentina ha mostrado su interés por desarrollar un intercambio formativo y de experiencias de gestión con el gobierno del Principado de Asturias en el que participarían miembros de los respectivos gobiernos y representantes de municipios de ambos territorios.
La Federación Asturiana de Concejos, conocedora de este interés, ha manifestado su convencimiento de los efectos positivos en desarrollar esta actividad y participar en la designación de la representación municipal en la misma.
El gobierno del Principado de Asturias reconoce su interés por la iniciativa propuesta, en la medida que contribuirá a un mejor conocimiento de realidades y experiencias diferentes que redunden en la mejora de las políticas de gestión pública, de bienestar social y de desarrollo económico de los territorios.
Por lo que ambas partes acuerdan suscribir la presente Declaración de Intenciones con sujeción a las siguientes CLAUSULAS
Primera Esta Declaración de Intenciones tiene por objeto establecer el marco general de colaboración institucional entre la Provincia de Río Negro de la República Argentina y el Principado de Asturias España para el intercambio de conocimientos y experiencias que contribuyan al mejoramiento de los gobiernos locales de los respectivos territorios.
Segunda El contenido de los intercambios versarán sobre las diferentes fórmulas de gestión publica de los servicios básicos, las acciones de promoción del desarrollo local en sus distintos sectores, tanto desde
BOLETIN OFICIAL N 4481
el ámbito público como del privado, la identificación de problemáticas comunes y análisis de la metodología que las aborda, el conocimiento de realidades sociales y geográficas diferentes pero con raíz cultural común y sobre todas aquellas actividades y servicios que resulten de interés general para ambas partes.
Tercera Las actuaciones concretas de colaboración institucional que ambas partes decidan llevar a cabo, se formalizarán mediante los instrumentos establecidos en la legislación vigente. Se procurará la máxima reciprocidad en la composición de las delegaciones, en la duración de los intercambios en el respectivo territorio y en la responsabilidad por la comunidad anfitriona de la organización y coordinación de las actividades del grupo visitante en razón del temario previamente acordado.
Las actuaciones amparadas por la presente Declaración de Intenciones a financiar por el Principado de Asturias estarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de cada ejercicio.
Cuarta Las partes podrán contar con la colaboración de otros organismos e instituciones que estén relacionados con el objeto de las actuaciones a desarrollar y cuya colaboración técnica o económica se considere de interés para el mayor éxito de las mismas.
Quinta Para la coordinación y seguimiento de las actuaciones que anualmente se acuerde ejecutar en desarrollo de la presente Declaración de Intenciones se constituirá una comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.
Por la Consejería de la Presidencia del Principado de Asturias corresponderá la coordinación de las actividades al titular de la Dirección General de Administración Local.
Por la Provincia de Río Negro corresponderá la coordinación de las actividades al titular del Ministerio de Gobierno.
Sexta La fiscalización y control de la disposición, aplicación y adecuada justificación de los fondos presupuestarios otorgados por cada parte para el adecuado desarrollo de las actividades aprobadas en ejecución de la presente Declaración de Intenciones, corresponderá a cada una de ellas, debiendo proporcionarse recíprocamente la información y documentación que sean precisas para facilitar dicha fiscalización y control.
Séptima En la publicidad que cada una de las partes firmantes haga, a través de cualquier medio de comunicación social, sobre las actuaciones derivadas de la aplicación de la presente Declaración de Intenciones se hará constar expresamente que éstas se realizan en virtud de la colaboración con la otra parte.
Octava La presente Declaración de Intenciones entrará en vigor el mismo día de su firma manteniendo su vigencia en tanto no sea denunciada por alguna de las partes.
De conformidad con lo que antecede se suscribe por los firmantes la presente Declaración de Intenciones, en duplicado ejemplar, en lugar y fecha de encabezamiento.
Por el Gobierno del Principado Asturias España:
La Consejera de la Presidencia Por el Gobierno de la Provincia de Río Negro, de la República Argentina: El Ministro de Gobierno oOo DECRETO Nº 1606
Viedma, 05 de diciembre de 2006.Visto, el expediente N 134936-DH-2006, del Registro del Ministerio de Producción, y;

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CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la regularización del cobro de regalías hidrocarburíferas crudo por diferencias en el tipo de cambio utilizado en la liquidación de las mismas durante el período diciembre de 2001 a mayo de 2002;
Que a fojas 2 obra Acta del Directorio de la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad Anónima E.D.H.I.P.S.A., de fecha 09 de enero de 2006, donde se aprueba el informe final de auditoria efectuada por la Consultora Montamat & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada, a la UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS Sociedad Anónima - NECON
Sociedad Anónima;
Que a fojas 7/17 se agrega auditoría realizada por la Consultora Montamat & Asociados Sociedad de Responsabilidad Limitada, habiendo determinado el monto que debe abonar la UTE PETROLEOS
SUDAMERICANOS Sociedad Anónima - NECON
Sociedad Anónima, por diferencias en el pago de regalías por diferencias en el tipo de cambio por el período diciembre de 2001 a mayo de 2002 en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON
CINCUENTA Y UN CENTAVOS U$S 86.851,51
compuesto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SEIS CON
NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS U$S 66.706,94
en concepto de capital y Dólares Estadounidenses VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON
CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS U$S 20.144,57 en concepto de intereses;
Que la Consultora recomienda la actualización de los intereses de la deuda hasta la fecha del cobro efectivo y la conversión de la deuda y los intereses actualizados a pesos al tipo de cambio libre vendedor Banco de la Nación Argentina, vigente al día anterior al efectivo pago;
Que el Director de Hidrocarburo efectúa informe técnico expresando que el presente reclamo y negociación se en enmarcó en lo dispuesto en la Resolución N 231/02 de la Secretaría de Energía de la Nación y el relevamiento y análisis de la información se realizó en el marco de la ley Emergencia N 25.562 y Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 71/02 y modificatorias;
Que la empresa auditada posee la concesión de explotación del Yacimiento Centro Este otorgada por Decreto Poder Ejecutivo Nacional N 41/91, siendo el objetivo de la auditoría la determinación de diferencias originadas en el tipo de cambio aplicado a los precios del crudo en la liquidación de regalías hidrocarburíferas declaradas y liquidadas al Estado Provincial en el período diciembre de 2001 a mayo de 2002. El cálculo del reclamo se efectuó siguiendo los lineamientos utilizados en el Acuerdo por tipo de cambio firmado por la Provincia de Río Negro con la Empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad Anónima Y.P.F. S.A;
Que respecto a la propuesta económica se desprende del informe, que la auditoría realizada por la consultora, es favorable para la Provincia de Río Negro, ya que permite un reconocimiento mayor al determinado por la Secretaría de Energía de la Nación, en un monto de PESOS SESENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS
$ 66.900,82 al 31 de agosto de 2005, habiéndose arribado a un acuerdo definitivo con la UTE
PETROLEOS SUDAMERICANOS Sociedad Anónima - NECON Sociedad Anónima los intereses se actualizaron a esa fecha, quedando determinado como monto total del reclamo la suma de DOLARES
ESTADOUNIDENSES NOVENTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON SETENTA
Y SEIS CENTAVOS U$S 92.643,76;
Que por Decreto N 1433/04 se autoriza la firma del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica entre el Ministerio de Producción y la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/01/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date15/01/2007

Page count46

Edition count1916

First edition03/01/2002

Last issue01/07/2024

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