Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 4451

CONVENIO
PRORROGA
En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 02 días del mes de Enero de 2006. entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representada en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ing. Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 15 de Abril de 2004 con vigencia hasta el día 31/03 /2005,en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N
1.098/97 LRN, respecto de la transferencia del agente Gustavo Andrés PULITA DNI N 14.198.631, quien revista en el Registro de la Propiedad Inmueble, dependiente del Ministerio de Gobierno, a la Legislatura Provincial:
SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa a partir del día 1 de Abril de 2005, por lo que su vencimiento operará automáticamente el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes:
TERCERA: El agente Gustavo Andrés PULITA, en el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en el Bloque Justicialista, quedando encuadrado dentro sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 3.487 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Señor Pedro Iván LAZZERI, en su carácter de Ministro de Gobierno de la provincia:
QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Gustavo Andrés PULITA:
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.-

CONVENIO
PRORROGA
En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 03 días del mes Febrero de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO PROVINCIAL DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO, por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ing. Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 03/01/2005 con vigencia hasta el día 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N
105/98 y Resolución N 1098/97 LRN, respecto del Sr. OSCAR ALBERTO ECHANDI D.N.I. N
10.381.269, agente del Registro de la Propiedad Inmueble, dependiente del Ministerio de Gobierno, a fin de ser transferido a la Legislatura de Río Negro, ámbito en el que prestará funciones en las condiciones que se especifican en el presente.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa por el término de un 1 año, a partir del 1 de Enero de 2006 y hasta el 31 de Diciembre de 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes.TERCERA: El agente OSCAR ALBERTO ECHANDI
en el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en LA LEGISLATURA, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 3.487 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Pedro Iván LAZZERI, en su carácter de Ministro de Gobierno.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente OSCAR ALBERTO ECHANDI:
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.-

Viedma, 02 de Octubre del 2006
CONVENIO
PRORROGA
En la ciudad de Viedma, provincia de Río Negro, a los 09 días del mes de Marzo de 2006, entre el PODER
EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representado en este acto por su titular, Sr. Gobernador Dr. MIGUEL ANGEL SAIZ, con domicilio en calle Laprida N 212 de la ciudad de Viedma RN, en adelante EL EJECUTIVO por una parte; y por la otra la LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por su Presidente, Ingeniero Civil MARIO LUIS DE REGE, con domicilio en calle San Martín N 118 de Viedma RN, en adelante LA
LEGISLATURA, se conviene en celebrar el presente CONVENIO, que estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: Ambas partes acuerdan prorrogar el Convenio suscrito en fecha 20 de Diciembre de 2004, con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2005, en el marco del Convenio suscrito en fecha 25 de Setiembre de 1997, ratificado mediante Decreto N 105/98 y Resolución N 1098/97 LRN, respecto de la transferencia del Señor Luis Alberto RIAL DNI N 16.995.783, agente de la Dirección de Administración, dependiente del Ministerio de Gobierno, a la Legislatura Provincial.SEGUNDA: La presente prórroga se efectúa a partir del 1 de Enero de 2006, y hasta el día 31 de Diciembre del año 2006, pudiendo dicho plazo prorrogarse por acuerdo de las partes.TERCERA: El agente Luis Alberto RIAL en el período indicado precedentemente, cumplirá funciones en el Bloque de Legisladores Alianza Concertación para el Desarrollo de la Provincia de Río Negro, siendo sus derechos y obligaciones los contemplados en las Leyes N 3487 y N 838.CUARTA: Suscribe el presente Convenio Individual, en los términos de la cláusula quinta del Convenio General referido al inicio, el Sr. Pedro Iván LAZZERI, en su carácter de Ministro de Gobierno de la Provincia.QUINTA: Suscribe el presente Convenio de conformidad, el agente Luis Alberto RIAL:
En prueba de conformidad, en el lugar y fecha precedentemente indicados, se firman cinco 5
ejemplares de ley, de un mismo tenor y a un solo efecto.-

oOo DECRETO Nº 967
Viedma, 29 de agosto de 2006.Visto, el expediente N 73419-DH-2005, del Registro del Ministerio de Producción, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la regularización del cobro de las diferencias de las regalías liquidadas por diferencias en el tipo de cambio aplicado a los precios del crudo durante el período diciembre 2001 a mayo 2002;
Que a fs. 2 obra Acta de Directorio de la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial S.A. E.D.H.I.P.S.A., de fecha 03 de junio de 2005 en donde se aprueba el informe final de auditoría efectuada por la Consultora Montamat & Asociados SRL, al Grupo empresario Chevron San Jorge S.R.L.;
Que a fs. 18/279 se agrega auditoría realizada por la Consultora Montamat &
Asociados, habiendo determinado el monto que deben abonar por diferencias en el pago de regalías por diferencias en el tipo de cambio a mayo de 2002, en concepto de capital más intereses al 17 de mayo de 2005 DOLARES ESTADOUNIDENSES
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CUATRO CON 28/
100 U$S 344.084,28;
Que el Director de Hidrocarburos efectúa informe técnico donde concluye con relación al informe de auditoría efectuado por la consultora, que el mismo ha sido realizado de acuerdo a la normativa establecida en la Resolución de la Secretaría de Energía de Nación N 231/02 y los lineamientos fijados en el Acuerdo por diferencia en el tipo de cambio firmado por la Provincia con la empresa YPF
S.A.;
Que respecto a la propuesta económica, agrega que el total ofrecido por las empresas de acuerdo a sus liquidaciones ascendía a la suma de DOLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y SIETE CON 89/100 U$S 232.347,89 que incluía intereses al 17 de mayo de 2005, sin embargo frente a la reliquidación efectuada por la consultora y el análisis de la información relevada, finalmente accedieron a reconocer el monto
determinado por la Consultora de DOLARES ESTADOUNIDENSES
TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CUATRO CON 28/
100 U$S 344.084,28, por ello recomienda aceptar la propuesta realizada por las empresas y actualizar los intereses al momento de efectivo pago;
Que se adjunta como antecedentes copia del Decreto N 1693/00 por el cual se autoriza la firma del Convenio Marco de Cooperación Técnica entre el ex Ministerio de Economía y E.D.H.I.P.S.A.;
Que posteriormente las partes suscribieron el Protocolo I al Convenio Marco de Cooperación, por el cual E.D.H.I.P.S.A., se compromete a proveer los servicios que se detallan en el Anexo A: Informes Mensuales de pago y auditorías de regalías hidrocarburíferas de las empresas concesionarias de áreas hidrocarburíferas;
Que E.D.H.I.P.S.A., con el soporte técnico de la Consultora Montamat &
Asociados S.R.L., ha realizado las auditorías encomendadas, al Grupo Empresario Chevron San Jorge S.R.L.;
Que a fin de dar continuidad a las tareas encomendadas el Ministerio de Producción suscribió un nuevo Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica con la Empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial, aprobado por Decreto N 1433/04;
Que E.D.H.I.P.S.A., y la Consultora suscribieron el día 19 de abril de 2005, Acta Acuerdo en donde manifiestan que reconocen plena vigencia a la Carta de Intención que ambas partes celebraron el 25 de octubre de 2000 y del Protocolo I de fecha 10
de enero de 2001 y que todos los derechos y obligaciones emergentes de esos instrumentos se encuentran subsistentes y expresan que esa vigencia comprende tanto a la auditoría realizada a la empresa YPF S.A., como a las que se encuentran en ejecución Petrobrás Energía S.A., Petrolera Entre Lomas S.A. y antecesoras y Chevron San Jorge S.R.L., Que el presente acuerdo asegura el cobro de lo que legalmente le corresponde a la Provincia por las diferencias de tipo de cambio aplicables para el cálculo de regalías por la producción de petróleo crudo vendido al mercado interno;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/10/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/10/2006

Page count32

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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