Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/09/2010 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

Córdoba, 10 de Setiembre de 2010

BOLETÍN OFICIAL

DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 07 de Julio de 2010 - PERIN BERNARDINO ROQUE - REF.: EXPTE. Nº 0562-067701/
2010 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-067701/2010 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente PERIN BERNARDINO
ROQUE, CUIT N 20-12091078-8, inscripto en el ISIB bajo el Nº 270-38138-3, con domicilio tributario en calle Esquiu N 1429 de la Ciudad de Córdoba, no ha dado cumplimiento a lo solicitado mediante Requerimiento de Información OCD Nº 059217 de fecha 26/03/2008, en el plazo otorgado en el mismo de cinco 5 días, el cual requiere Remita al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección General de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de Declaración Jurada Actualización de Datos - Formulario electrónico F-404 E - Resolución Normativa N 34/2007 de fecha 03-07-2007 B.O. 13-07-2007, hoy Resolución Normativa 01/
2007B.O. 15-08-2007.- Que asimismo, el contribuyente PERIN BERNARDO ROQUE no ha dado cumplimiento a lo solicitado mediante Requerimiento R.4 Nº 1-011.429 de fecha 26/03/2008, el cual requiere que en el plazo de cinco 5 días EXHIBA Y APORTE en el domicilio Rivera Indarte N
742, primer piso de 8:00 a 17:00 hs., la siguiente documentación, a disposición de esta Dirección, con respecto al citado contribuyente: 1 Presentación de Declaraciones Juradas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en original y copia, por los períodos desde 01/2005 hasta 02/2008
ambos inclusive.- Que dichas circunstancias configurarían, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006
t.o. 2004 y modificatorias, el cual expresa: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a: . 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles; , conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.- En Consecuencia, El Director de Policía Fiscal Procede a: 1 Instruirle al contribuyente PERIN BERNARDINO ROQUE del sumario legislado en el art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1
Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.CEDULA DE NOTIFICACIÓN - Córdoba, 21 de Julio de 2010 - REF. EXPTE N 0562-067701/2010
- PERIN BERNARDINO ROQUE - Esquiu N 1429 - X5004AFK - Ciudad de Córdoba - El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 07/07/2010, la cual se adjunta.QUEDA UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.- P.D.: Por cualquier trámite deberá dirigirse a calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 8:00 a 13:00 hs y de 14:00
a 17:00 hs, o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días 22233 - 16/9/2010 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 10 de Mayo de 2010 - DÍAZ PATRICIA ESTHER - REF.: EXPTE. Nº 0562-066996/2010 De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-066996/2010 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente DÍAZ PATRICIA ESTHER, CUIT N 27-20453278-3, inscripto en el ISIB bajo el Nº 270-53120-2, con domicilio tributario en calle Av. Octavio Pinto N 2634 de la Cuidad de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias - el que expresa: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles; .- En el caso en cuestión, el contribuyente no ha cumplimentado lo solicitado mediante Requerimiento R.4 Nº 1-015.672 de fecha 24/04/2008, el cual requiere que en el plazo de cinco 5 días EXHIBA y APORTE en el domicilio Rivera Indarte 742 1º piso de 8:00 a 17:00 hs. la siguiente documentación, a disposición de esta Dirección, con respecto al citado contribuyente: La presentación de las D.DJJ del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los períodos de 10/2005 al 12/2005; 01/2006 al 12/2006; 01/2007 al 12/
2007; 01/2008 al 03/2008.- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.- En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, Procede a: 1 Instruirle al contribuyente DÍAZ PATRICIA ESTHER del sumario legislado en el art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.-4 NOTIFÍQUESE.5 días 19073 - 16/9/2010 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 11 de Mayo de 2010 - RODRÍGUEZ MIRTHA GRACIELA - REF.: EXPTE. Nº 0562-

3

066995/2010 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-066995/2010 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente RODRÍGUEZ
MIRTHA GRACIELA, CUIT N 27-13684499-2, inscripto en el ISIB bajo el Nº 250-65937-7, con domicilio tributario en calle San Nicolás N 217 de la Cuidad de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias - el que expresa: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles; .- En el caso en cuestión, el contribuyente no ha cumplimentado lo solicitado mediante Requerimiento R.4 Nº 1-015.671 de fecha 09/04/2008, el cual requiere que en el plazo de cinco 5 días EXHIBA y APORTE en el domicilio Rivera Indarte 742 1º piso de 8:00 a 17:00 hs. la siguiente documentación, a disposición de esta Dirección, con respecto al citado contribuyente: La presentación de las DDJJ del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los períodos de: 01/2005 al 12/2005; 01/2006 al 12/
2006; 01/2007 al 12/2007; 01 y 02/2008 .- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art.
61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00.- y máximo $ 10.000,00.- son fijados por la Ley Impositiva Anual vigente.- En Consecuencia, El Director de la Dirección de Policía Fiscal, Procede a: 1 Instruirle al contribuyente RODRÍGUEZ MIRTHA GRACIELA del sumario legislado en el art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15
días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sita en calle Rivera Indarte N 742 - 1 Piso - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba.- 3
Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 de la Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.5 días 19075 - 16/9/2010 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
Córdoba, 24 de Junio de 2010 - GRAGLIA HNOS. S.R.L. - REF.: EXPTE. 0562-065544/2009 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-065544/2009, tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que la firma contribuyente GRAGLIA HNOS.
S.R.L., Inscripto en el ISIB en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 904-234026-0, en A.F.I.P. con C.U.I.T. Nº 30-55580874-3, con domicilio tributario en Calle Juan de Santiso y Moscoso N 740 - de Barrio Juan B. Bustos ex 20 de Junio - de la Ciudad de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 inc 5. del Código Tributario Provincial Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a: 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles. En el caso en cuestión, el contribuyente no cumplimentó el Requerimiento de Información OCD N 064975 de fecha 02 de Julio de 2008 en el plazo otorgado en el mismo, en el cual se le requería remitir al sitio de Internet del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado de la Dirección de Rentas www.cba.gov.ar la presentación de Declaración Jurada Actualización de Datos - Formulario electrónico F 404 E, Resolución Normativa Nº 1/2007 de fecha 16/07/2007
publicada en el B.O. el 15/08/2007 y modif.- Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5. del Código Tributario Provincial - Ley 6006 t.o. 2004 y modificatorias, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el Art. 61 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo $ 200,00 y máximo $ 10.000,00 son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente.- En consecuencia El Director de la Dirección de Policía Fiscal en su carácter de Juez Administrativo procede a: 1 Instruirle a la firma contribuyente GRAGLIA HNOS. S.R.L. el sumario legislado en el Art. 72 del Código Tributario Provincial.- 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días hábiles para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos.
Dicho escrito, y de corresponder las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección sito en calle Rivera Indarte N 742 1 Piso Área Determinaciones Técnico Legal - de la ciudad de Córdoba.- 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15 y 22 de la Ley 6658.- 4 NOTIFÍQUESE.CEDULA DE NOTIFICACION - Córdoba, 29 de Junio de 2010 - REF. EXPTE N 0562-065544/
2009 - GRAGLIA HNOS. S.R.L. Juan de Santiso y Moscoso N 740 - B Juan B. Bustos ex 20 de Junio - X5001DDP Córdoba El Área Determinaciones de la Dirección de Policía Fiscal hace saber a Ud/s que en el expediente de referencia, se ha dictado la Instrucción de Sumario de fecha 24/06/10, la cual se adjunta.- QUEDAn UDs. DEBIDAMENTE NOTIFICADOs.- P.D. Por cualquier trámite deberá dirigirse al domicilio sito en calle Rivera Indarte Nº 742 - 1º Piso - de la Ciudad de Córdoba - Área Determinaciones - Técnico Legal - de la Ciudad de Córdoba, y/o comunicarse al Teléfono 4249495 Int. 165. en el horario de 08.00 a 13.00 y 14.00 a 17.00 hs. o a la Delegación más próxima a su domicilio.5 días 19076 - 16/9/2010 - s/c.DIRECCION DE POLICIA FISCAL
LOYOLA NICOLÁS JUAN - Córdoba, 27 de Abril de 2010 - REF.: EXPTE. 0562-065503/2009 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-065503/2009, tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente LOYOLA NICOLAS JUAN, Inscripto en el ISIB bajo el Nº 218-13344-4, en A.F.I.P. con C.U.I.T. Nº 20-10651985-5, con domicilio tributario en Calle Los Gigantes N 360 - de la Ciudad de Villa Carlos Paz - Pcia. de Córdoba, no

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/09/2010 - 4º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CountryArgentina

Date10/09/2010

Page count5

Edition count4018

First edition01/02/2006

Last issue25/07/2024

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