Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2010 - 4º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)
BOLETÍN OFICIAL
Córdoba, 19 de Marzo de 2010
4
SECCIÓN:
AÑO XCVIII - TOMO DXLII - Nº 55
CORDOBA, R.A. VIERNES 19 DE
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES Y LICITACIONES
OFICIALES
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN CGR R 480/2008 - Córdoba, 06 AGO 2008. VISTO las solicitudes de exención de pago del Impuesto Inmobiliario presentado por Jubilados y pensionados detallados en el Anexo I que forma parte de la presente, atento lo dispuesto en el Art. 139º Inc. 6 del Código Tributario vigente Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificatorias; Y CONSIDERANDO:I QUE, del análisis de los antecedentes aportados surge el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Normativa Nº 01/07 y modificatorias emitida por esta DIRECCION GENERAL
DE RENTAS, en el Decreto Nº 38/93 y lo dispuesto en el Art. 139 Inc. 6º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificatorias; II QUE, en tal sentido y por lo expresado en el considerando que antecede es procedente DECLARAR EXENTOS del pago del impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyente detallados en el Anexo I que forman parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados, conforme el porcentaje que le corresponda según lo establecido en la Ley Impositiva Anual, Decreto Nº 38/93 y el Código Tributario vigente; III QUE, en virtud de los Decretos 3222/86 y su modificatorio, Decreto 7821/86, podrá continuar la vigencia para dichos períodos fiscales, ya que en su razón y ante la falta de comunicación de cambios, se presupone que se mantienen las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento; IV QUE, de no comunicar en término la alteración de las circunstancias que posibilitaron el beneficio de EXENCION, o si se comprobaren modificaciones por parte de esta DIRECCION GENERAL DE RENTAS, dará lugar a que se disponga la EXTINCION o CADUCIDAD del beneficio, tal lo dispuesto en el Art. 12º Inc. e y/o f del Código Tributario vigente, lo que implicará la aplicación de las sanciones que para tales casos establece la mencionada Norma Legal, sin perjuicio de requerirse el pago del tributo y sus accesorios. POR TODO ELLO EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: Artículo 1º:
DECLARAR EXENTOS del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyentes detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados en el porcentaje que le corresponda según lo dispuesto en el Art. 139
Inc. 6 del Código Tributario Ley 6006 T.O. 2004 y sus modificatorias, en las respectivas Leyes Impositivas o en las que pudiera encuadrarse, en tanto se mantengan las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento, en cuyo caso de variar las condiciones, el contribuyente queda obligado a comunicar dicha situación bajo apercibimiento de la caducidad del beneficio y sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder establecida en la legislación vigente.- Artículo 2º: PROTOCOLICESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL
Y ARCHIVESE.Fecha de Solic.
Nº de Solicitud
Nombre
DNI - LC - LE
Nº de Cuenta
15/04/2008
03/03/2008
AÑO 1995
18/06/2008
07/04/2008
28/04/2008
23/05/2008
21/03/1997
13/04/1998
17/07/2008
24/07/2008
17/06/2008
02/07/2008
14/05/2008
0046267
0041824
0050435
0047147
0046588
0047137
0047143
2416/40702
12430/0050432
0046513
0034237
0043754
0018731
0046508
VILLEGAS ROSA IRENE
REYNA FRANCISCO
HEREDIA LAURA TOMASA
BOYERO IRMA NELLY
BARTOLOME MARIA DEL CARMEN
CARNICELLI LUIS HUMBERTO
CHAVES DE MATOS PETRONA V.
BORGONOVO ESTHER INES
DIAZ FERMIN LUIS
REINOSO CARLOS NESTOR
LESCANO ELEUTERIA LUISA
SANCHEZ ANGEL EMILIO ESTEBAN
BEVACQUA BLANCA ELENA
BRITOS SARA ROSARIO BENITA
DNI 3.882.786
DNI 7.958.961
DNI 2.034.208
LC 5.099.054
DNI 6.492.929
DNI 7.967.970
LC 1.141.035
DNI 4.104.011
DNI 6.684.868
DNI 6.942.502
DNI 4.157.594
DNI 5.092.724
DNI 5.264.756
DNI 4.788.823
270624894119
130319473930
110120082094
110110284161
110118488067
110100300885
110110035462
110116224461
110110130198
110121038749
110123311795
110112780689
110116291011
110118381921
Períodos desde hasta 2008 2011
2008 2011
2000 2011
2008 2011
2008 2011
2008 2011
2008 2011
2002 2011
1998 2011
2008 2011
2008 2011
2006 2011
2008 2011
2008 2011
%
Observacion
100
100
100
100
100
100
100
100
100
100
100
100
100
100
5 das - 31381 - 26/03/2010- s/c.DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESOLUCIÓN CGR R 479/2008 - Córdoba, 06 AGO 2008. VISTO las solicitudes de exención de pago del Impuesto Inmobiliario presentado por Jubilados y pensionados detallados en el Anexo I que forma parte de la presente, atento lo dispuesto en el Art. 139º Inc. 6 del Código Tributario vigente Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificatorias; Y CONSIDERANDO:I QUE, del análisis de los antecedentes aportados surge el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Normativa Nº 01/07 y modificatorias emitida por esta DIRECCION GENERAL
DE RENTAS, en el Decreto Nº 38/93 y lo dispuesto en el Art. 139 Inc. 6º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2004 y sus modificatorias; II QUE, en tal sentido y por lo expresado en el
MARZO DE 2010
considerando que antecede es procedente DECLARAR EXENTOS del pago del impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyente detallados en el Anexo I que forman parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados, conforme el porcentaje que le corresponda según lo establecido en la Ley Impositiva Anual, Decreto Nº 38/93 y el Código Tributario vigente; III QUE, en virtud de los Decretos 3222/86 y su modificatorio, Decreto 7821/86, podrá continuar la vigencia para dichos períodos fiscales, ya que en su razón y ante la falta de comunicación de cambios, se presupone que se mantienen las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento; IV QUE, de no comunicar en término la alteración de las circunstancias que posibilitaron el beneficio de EXENCION, o si se comprobaren modificaciones por parte de esta DIRECCION GENERAL DE RENTAS, dará lugar a que se disponga la EXTINCION o CADUCIDAD del beneficio, tal lo dispuesto en el Art. 12º Inc. e y/o f del Código Tributario vigente, lo que implicará la aplicación de las sanciones que para tales casos establece la mencionada Norma Legal, sin perjuicio de requerirse el pago del tributo y sus accesorios. POR TODO ELLO EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE:Artículo 1º:
DECLARAR EXENTOS del pago del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano a los contribuyentes detallados en el Anexo I que forma parte de la presente resolución, por las anualidades y períodos especificados en el porcentaje que le corresponda según lo dispuesto en el Art. 139
Inc. 6 del Código Tributario Ley 6006 T.O. 2004 y sus modificatorias, en las respectivas Leyes Impositivas o en las que pudiera encuadrarse, en tanto se mantengan las circunstancias que hicieron posible su otorgamiento, en cuyo caso de variar las condiciones, el contribuyente queda obligado a comunicar dicha situación bajo apercibimiento de la caducidad del beneficio y sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder establecida en la legislación vigente.- Artículo 2º: PROTOCOLICESE, PUBLIQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL
Y ARCHIVESE.-
DNI - LC - LE
Nº de Cuenta
AGUIRRE IRMA HIPOLITA
CACERES GLADYS DELIA
DNI 7.343.843
DNI 4.254.089
0046543
AGUILAR FLORENCIA ELISA
0046157
MARTINEZ JULIO
BOCCHIETTO VICTORIA CLEMENTINA
%
Nº de Solicitud
27/03/2008
05/02/2008
0031449
0042814
13/03/2008
19/06/2008
06/10/1998
17/06/2008
10563
0012180
FRANDINO FLORINDO JUAN BAUTISTA
30/04/2008
0047035
DELLACQUA NESTOR EMILIO
24/06/2008
0046580
SILVA NICOLAS JESUS
DNI 6.723.270
110116387646
2008
2011
100
26/06/2008
0044155
RODRIGUEZ JUSTINA NILDA
DNI 10.683.759
110117933318
2008
2011
100
08/07/2008
0045982
GOZZI ANA LUISA
DNI 5.210.294
30/06/2008
0043466
MURADO JOSE ALBERTO
DNI 6.427.473
300210503335
2008
2011
100
13/10/1993
11/06/2008
33980
DNI 0.767.563
DNI 7.027.930
300204334467
110123973950
2001
2006
2007
100 FIN POR FALLECIMIENTO
0034573
ELSA ROSA RAYNERO
GONGORA VIRGILIA SATURNINA
2006
100 SIGUE RESOL. R-206/2008
25/03/2008
0044576
ALMADA MARTHA ISABEL
DNI 5.262.304
110104388019
2008
2011
100
14/05/2008
25/07/2008
0046509
0034231
BRITOS VICENTA DEL VALLE
MONSERRATE AMADEO
DNI 5.431.581
DNI 6.383.907
110104131531
110104109063
2008
2008
2011
100
2011
100
11/06/2008
0046511
CORONEL HAYDEE LEONA
DNI 4.527.262
110120104748
2008
2011
100
10/07/2008
0043710
BASALDELA RODOLFO LUIS
DNI 6.300.216
110121948176
2008
2011
100
03/02/1997
0005292
MARTINEZ HERNAN MARIA
L.E 4.321.561
310605788741
2001
2007
100 FIN POR FALLECIMIENTO
10/07/2008
0049101
CATIVELLI ROBERTO BERNABE
DNI 6.513.560
110112016520
2008
2011
100
DNI 6.496.298
110121886413
1995
2011
100
10/05/1999
Nombre
Períodos
Fecha de Solic.
56313 Y 0051013 ONTIVERO RAIMUNDO
desde
hasta
110118315545
110116098580
2008
2007
2011
100
2011
100
DNI 4.230.556
110110263279
2008
2011
DNI 6.514.404
110109940551
2008
2011
100
DNI 1.061.126
1998
2006
2011
100
LE 6.417.287
110116404257
300625127665
2011
100
DNI 6.385.847
110117488381
2008
2011
100
110115961497
2008
2011
Observacion
100
100
5 das - 31382 - 26/03/2010- s/c.SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS
EXPEDIENTE Nº 0416-054663/08: Atento el requerimiento de aprobación de Línea de Ribera efectuado por la Sra. VILMA DAGATTI: "Se comunica a los colindantes del inmueble, ubicado en Dpto. Río Cuarto, Pedanía Río Cuarto, Localidad de Río Cuarto, con denominación catastral nº 24-05-52-05- 01-038-003-007, para que en un plazo de TREINTA 30 días, se presente ante esta Subsecretaría de Recursos Hídricos, Dpto. Explotación del Recurso Sector Tierras, 5to. Piso, en su carácter de colindante, a los efectos de manifestar su conformidad o formular las objeciones técnicas que consideren pertinentes Fdo. Ing. Jorge Abdel Masih, Subsecretario de Recursos Hídricos.5 días - 4829 - 26/03/2010 - s/c
LICITACIONES
MUNICIPALIDAD DE RÍO CUARTO
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE