Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 90
CORDOBA, R.A. MARTES 15 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA

Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.

Artículo 1.- IMPÓNESE el nombre de PABLO GAITÁNal Instituto Provincial de Educación Media N 311 de Barrio Cabildo -Departamento Capital-, dependiente de la Dirección General de Educación Secundaria del Ministerio de Educación.

Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

Decreto N 1672
Córdoba, 20 de octubre de 2017
VISTO: el Expediente Nº 0620-099304/2013 del registro de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se gestiona la aceptación y agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de Adelia María a favor de la Provincia de Córdoba, de un inmueble de su propiedad ubicado en la mencionada localidad, Pedanía La Cautiva, Departamento Río Cuarto para ser destinado a la construcción de un edificio para el I.P.E.A. N 292 Agr. Liliam Priotto Anexo Urbano de la Localidad de Adelia María.
Que el inmueble de que se trata se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia, en relación a la Matrícula N 1553874 a nombre de la mencionada Municipalidad de Adelia María, identificado con la Nomenclatura Catastral N 24-06-279671-405031, Cuenta N 24-06-4023390-8, y con una superficie total de 6.189 m2.
Que obran copias de la Ordenanza Municipal N 1039/2013, y de su Decreto Promulgatorio N 21/2013, ratificada por su similar N 1223/2017 y promulgada por Decreto Municipal N 14/2017, por la cual el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Adelia María dona a favor del Gobierno de la Provincia de Córdoba el inmueble de que se trata, con cargo de ser destinado a la construcción del citado edificio escolar.
Que toma intervención de su competencia la Dirección de Patrimonial del entonces Ministerio de Administración y Gestión Pública y emite Informe Nro. 214/2013, haciendo lo propio la entonces División Planes y Programas de la Dirección General de Arquitectura del entonces Ministerio de Infraestructura.
Que la Contaduría General de la Provincia del Ministerio de Finanzas produce Informes Nros. 11-480/2013, 11-241/2015, 11-742/2016; obrando documentación registral y parcelaria actualizada del inmueble involucrado.
Que Escribanía General de Gobierno procederá a la inscripción directa del inmueble donado en los términos del artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia de Córdoba artículo 236, inciso e de dicho Código; y la Dirección General de Rentas, en caso de corresponder, cancelará las deudas que existieran por períodos anteriores y de titularidad del donante, en concepto de Impuesto Inmobiliario, incluidos recargos, intereses y multas, conforme lo establecido en el artículo 176 del Código Tributario Provincial Ley Nº 6006 - T.O. Decreto N 400/2015.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los artículos 1542, 1545, 1562, correlativos y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, artículo 135 de la Ley N 7631 y su Decreto Reglamentario N 525/1995, lo dictaminado por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales del Ministerio de Educación con el N 1583/2017, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 1054/2017, y en uso de atribuciones constitucionales;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º.- ACÉPTASE y AGRADÉCESE la donación efectuada por la Municipalidad de Adelia María C.U.I.T. N 30-99905129-0, con domicilio en Av. San Martín N 260 de dicha localidad, mediante Ordenanza N
1039/2013, ratificada por su similar N 1223/2017, promulgadas por Decretos Municipales Nros. 21/2013 y 14/2017, respectivamente, a favor de la Provincia de Córdoba, de un lote de terreno de su propiedad ubicado en la localidad de Adelia María, Pedanía La Cautiva, Departamento Río Cuarto, de la Provincia de Córdoba que se designa como: Parcela 279671-405031
afecta la forma de un polígono regular que en su costado Norte punto B1B2 mide ochenta y tres metros treinta y tres centímetros, en su costado Este, punto B1-C mide setenta metros, en su costado Sur, punto C-C1 mide ochenta y ocho metros, cuarenta y seis centímetros y en su costado Oeste punto B2-C1 mide setenta metros, lo que hace una superficie total de seis mil ciento ochenta y nueve metros cuadrados, linda al Norte con Parcela 279733-404970, al Este con parcela 38365-3073 de Magallanes Gregorio Alejo, al sur con calle L. Torres y al Oeste con Parcela 279733-404970, inscripto en el Registro General de la Provincia, en relación a la Matrícula N
1553874 a nombre de la mencionada Municipalidad de Adelia María, identificado con la Nomenclatura Catastral N 24-06-279671-405031, Cuenta N 24-06-4023390-8, para ser destinado a la construcción del edificio del I.P.E.A. N 292 Agr. Liliam Priotto Anexo Urbano de la mencionada localidad.
Artículo 2º.- FACÚLTASE a Escribanía General de Gobierno a efectuar la inscripción en forma directa del inmueble descripto en el artículo 1 del presente Decreto conforme lo establecido en el artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación; ingresando el mismo al dominio privado de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas para que cancele las deudas que existieran en concepto de Impuesto Inmobiliario, como así también recargos, intereses y multas, en proporción a la superficie donada, conforme a lo establecido por el artículo 176 del Código Tributario Provincial, Ley N 6006 T.O. Decreto N 400/2015.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación, Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO OSVALDO
GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/05/2018 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date15/05/2018

Page count9

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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