Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2018 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 86
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 9 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

18 de la Ley N 10.155, y aprobar el modelo de contrato ut supra referido, correspondiendo facultar a la señora Secretaria General de la Gobernación a suscribir el mismo en representación de la Provincia de Córdoba, debiendo observarse el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 del Anexo Único -Condiciones Particulares-, relativo a la póliza de praxis médica; asimismo, corresponde autorizar a la Dirección General de Administración de la mencionada Secretaría General a realizar los ajustes contables que resulten necesarios para atender las posibles variaciones en la nómina de agentes de la Provincia de Córdoba, y encomendar a la contratista para que ponga en conocimiento de las autoridades nacionales correspondientes lo aquí instrumentado, facultándola para realizar la gestiones necesarias para el cumplimiento de dicho fin.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N 10.155 y su Decreto Reglamentario N 305/2014, modificado por su similar N 676/2016, por el artículo 41 de la Ley N 10.507, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación al N 134/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N 272/2018 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1: CONTRÁTASE en forma directa con Asesores de Córdoba S.A. ASECOR, C.U.I.T. N 30-66322438-3, la provisión del servicio de organización, coordinación, asesoramiento y administración, por cuenta y orden de la Provincia de Córdoba, de los servicios y prestaciones previstos en las Leyes Nros. 24.557, 26.773, sus modificatorias y complementarias, por el período comprendido entre los días 1 de abril de 2018 y 31
de marzo de 2020, con opción a prórroga por idéntico plazo, a un precio unitario de Pesos Cuarenta y Siete $ 47, por agente y por mes, resultando un monto total para la contratación de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Noventa y Dos $142.857.992,00, IVA incluido.
Articulo 2: APRUÉBASE el texto, los términos y condiciones del modelo de contrato a celebrar con Asesores de Córdoba S.A. ASECOR, en el marco de la contratación directa dispuesta en el artículo precedente, el que como Anexo I, compuesto de doce 12 fojas útiles, forma parte integrante del presente Decreto y, en consecuencia, FACÚLTASE a la señora Secretaria General de la Gobernación a suscribirlo en representación de
Decreto N 600
Córdoba, 27 de abril de 2018
VISTO: el Expediente N 0723-138038/2017del registro de la Dirección General de Educación Inicial D.G.E.I., dependiente de la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se propicia la designación en diecinueve 19 cargos vacantes de Director Enseñanza Inicial, en virtud de la convocatoria a Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición oportunamente dispuesta por Resolución N 46/2017 de la Dirección General referida, convalidada por Resolución del Ministerio de Educación N 379/2017, en los términos del artículo 10 de la Ley N 10.237.

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la Provincia de Córdoba.
Artículo 3: FACÚLTASE a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación a realizar los ajustes contables que resulten necesarios para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el este instrumento legal.
Articulo 4: ENCOMIÉNDASE a Asesores de Córdoba S.A. ASECOR
poner en conocimiento de las autoridades nacionales de aplicación, Superintendencia de Seguros de la Nación y Superintendencia de Riesgos del Trabajo, lo dispuesto en el presente instrumento legal, y FACÚLTASE
a la misma a que efectúe en nombre y representación de la Provincia de Córdoba las gestiones necesarias para el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias pertinentes, en el marco del autoseguro previsto en el artículo 3, inciso 2 de la Ley N 24.557, modificatorias y complementarias.
Articulo 5: IMPÚTASE el egreso que demanda lo aquí dispuesto por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Novecientos Noventa y Dos $ 142.857.992,00, discriminado de la siguiente manera: a la suma de Pesos Cincuenta y Tres Millones Quinientos Setenta y Un Mil Setecientos Cuarenta y Siete $ 53.571.747 a Jurisdicción 1.70, Programa 710-000, Partidas 3.14.00.00 -ART para Personal de la Administración Pública-, del Presupuesto Vigente; y b la suma de Pesos Ochenta y Nueve Millones Doscientos Ochenta y Seis Mil Doscientos Cuarenta y Cinco $ 89.286:245,00 a Importe Futuro, conforme lo indica el Documento Contable, Nota de Pedido N 2018/000524.
Articulo 6: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 7: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO ROBERTO SOSA , MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO - SILVINA RIVERO , SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
ANEXO

Que obra Resolución N 47/2017 de la D.G.E.I., modificada por su similar N 88/2017, por la cual se establecieron los requisitos para la inscripción en el concurso de que se trata, las etapas del mismo y la asignación de puntajes.
Que de conformidad a lo dispuesto por los artículos 6 y 7 de la citada Ley N 10.237 y concordantes del Decreto Reglamentario N 930/2015, mediante Resoluciones Nros. 155/2017y 273/2017, todas de la Secretaría de Educación, fueron designados los miembros del Jurado del Concurso.
Que una vez notificada a los postulantes inscriptos la Lista de Orden de Mérito Definitiva, se incorporan en autos diversas Actas elaboradas por el aludido Jurado, que certifican el efectivo desarrollo de las distintas etapas concursales.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/05/2018 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date09/05/2018

Page count14

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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