Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 4
CORDOBA, R.A., JUEVES 5 DE ENERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 6º.- Modifcase el artículo 195 de la Ley Nº 8102 y sus modificatorias -Orgánica Municipal-, el que queda redactado de la siguiente manera:
Término de los mandatos.
Artículo 195.- Los miembros de la Comisión duran cuatro años en sus funciones. Pueden ser reelegidos en forma consecutiva sólo por un período.
Si han sido reelectos pueden ser nuevamente candidatos mediando un intervalo mínimo de un período.

Artículo 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A UN DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
FDO.: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO - JOSÉ EMILIO ORTEGA, PROSECRETARIO LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO
Artículo 7º.- A los fines de la aplicación de la presente Ley, el actual mandato de legisladores, integrantes del Tribunal de Cuentas de la Provincia, concejales, intendentes, miembros del Tribunal de Cuentas de municipios, miembros de la Comisión Comunal y del Tribunal de Cuentas de las comunas será considerado como primer período.
Artículo 8º.- Invítase a los municipios que prevean en su Carta Orgánica Municipal un criterio distinto al que establece esta Ley en materia de reelección de autoridades municipales, a armonizar su normativa con lo dispuesto en el presente plexo legal.

Decreto N 1585
Córdoba, 16 de Noviembre de 2016
VISTO: El expediente N 0661-129347/2016 del registro del Ministerio de Inversión y Financiamiento Y CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Córdoba adjudicó por Decreto N 80/2016, ratificado por Ley N 10.339, a las empresas Electroingeniería S.A. - China Petroleum Pipeline Bureau - UTE, en compromiso de constitución, con provisión de financiamiento, la ejecución de los Sistemas Regionales Norte y Sur de la obra Programa Integral de Gasoductos Troncales de la Provincia de Córdoba.
Que asimismo, se adjudicó a la firma IECSA S.A. - China Communications Construction Company Ltd. Sucursal Argentina CCCC - UTE, en compromiso de constitución, con provisión de financiamiento, los Sistemas Regionales Este y Centro II
Que ambas ofertas contemplaron dos fuentes de financiamiento: a la emisión de títulos en el mercado de capitales, destinado a afrontar el 15% del costo de los sistemas adjudicados; y b el financiamiento del Bank of China Ltd., en relación a la primera firma citada, y del Industrial and Comercial Bank of China ICBC, para la segunda empresa referenciada.
Que el artículo 4 del mencionado Decreto establece que los contratos de obra en cuestión quedan sujetos a la aprobación de las condiciones de financiamiento ofrecidas, de conformidad a lo estipulado en los pliegos pertinentes; mientras que, por otro lado, el Art. 6 de la citada Ley N 10.339
autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar la jurisdicción a tribunales extranjeros, a elegir la ley aplicable a los mismos y a acordar otros compromisos habituales para operaciones en mercados internacionales.
Que dichas ofertas determinan que los contratos con las entidades financieras chinas serán regidos por la ley inglesa.
Que el señor Subsecretario de Financiamiento del Ministerio de Inversión y Financiamiento solicita la contratación directa con el Banco de la Provincia de Córdoba S.A., para el suministro y coordinación del asesoramiento legal BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Decreto N 1752
Córdoba, 14 de diciembre de 2016
Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.406, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

financiero, en función de la complejidad de la operatoria y teniendo presente que surgirán aspectos vinculados a prácticas comunes en el mercado intercambiario de Londres, así como otras contingencias y vicisitudes en el proceso de sindicación de créditos, desembolsos y transferencias.
Que luce incorporada a autos la cotización efectuada por el Presidente del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. para las tareas de asistencia, asesoramiento financiero nacional e internacional, entre otras, la cual asciende a la suma de Dólares Estadounidenses Doscientos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta u$s 253.250,00, por cada negociación, pagaderos en pesos al tipo de cambio vendedor billete publicado por el Banco de la Nación Argentina a la fecha de presentación de la factura correspondiente.
Que el señor Subsecretario de Financiamiento certifica que el monto cotizado se encuentra a valores de mercado, resultando necesario para una exitosa negociación.
Que acompaña el Documento de Contabilidad, Nota de Pedido N
2016/000010, para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, normativa citada, las previsiones de los artículos 10, inciso 18 y 11 de la Ley N 10.155, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales y Administración del Ministerio de 1nversión y Financiamiento con el N 17/2016 y por Fiscalía de Estado al N 921/2016, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144, inciso 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1. CONTRÁTASE en forma directa con el Banco de la Provincia de Córdoba SA. para la realización de tareas de asesoramiento y asistencia durante las tratativas en materia financiera internacional bajo el régimen legal de Inglaterra, a desarrollarse con las entidades Bank of China Ltd. e Industrial and Commercial Bank of China ICBC, por un monto de hasta Dólares Estadounidenses Doscientos Cincuenta y Tres Mil Doscientos Cincuenta u$s 253.250,00, por cada negociación; autorizando a dicha institución bancaria a contratar con agentes financieros, asesores legales y/o cualquier otra entidad que fuera necesaria, como así también a sus-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/01/2017 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/01/2017

Page count14

Edition count4198

First edition01/02/2006

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