Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
MIERCOLES 11 DE ENERO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 8
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1881 Pag. 1
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N 125 Pag. 1

Decreto Nº 1881
Córdoba, 29 de diciembre de 2016
VISTO: el Expediente N 0334-000136/2016 del registro de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M..
Y CONSIDERANDO:
Que desde la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta A.C.I.F. S.E.M. se gestiona la adhesión de la Provincia de Córdoba al Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, aprobado por Decreto N 691/2016 del Poder Ejecutivo Nacional;
ello, en virtud de la invitación efectuada en el artículo 3 de dicho instrumento legal, a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en el ámbito local la Provincia de Córdoba ha dictado un nuevo régimen de redeterminación de precios en materia de obra pública utilizando parámetros y metodología similares a los del sistema nacional, a través del Decreto N 800/2016, excluyendo expresamente aquellos contratos que cuenten con financiación especial arts. 2 y 23 del Anexo I.
Que la adhesión gestionada se fundamenta en la ejecución en el territorio provincial de importantes obras públicas financiadas total o parcialmente con recursos nacionales, cuya documentación licitatoria prevé la aplicación del Decreto del P.E.N. N 1295/2002, resultando necesaria la medida propiciada para la aplicación del nuevo régimen a dichos contratos, teniendo en cuenta especialmente lo dispuesto en sus cláusulas transitorias, lo que posibilitará la continuidad de los procesos y habilitará, en consecuencia, los desembolsos de fondos nacionales para el financiamiento de dichas obras.
Que en definitiva, la adhesión propuesta tendrá alcance exclusivamente a aquellos contratos de obra pública regidos por el régimen estatuido por el Decreto N 1295/2002, o aquéllos cuya fuente de financiamiento total o parcialse constituya con fondos aportados por el Estado Nacional y la documentación licitatoria prevea la aplicación del nuevo régimen de redeterminación.
Por ello, normativa citada, lo informado por la Asesoría Legal de la Agencia
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N 125
Córdoba, 27 de diciembre de 2016.
VISTO:
El expediente N 0104-130951/2016, en que tramita el dictado del Acto AdBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 534 Pag. 2

Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M., lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N 1089/16 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1.- ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 691/2016, por el que se establece el nuevo Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, a efectos de su aplicación a los contratos de obra pública cuya fuente de financiamiento, total o parcial, estuviese constituida por fondos aportados por el Estado Nacional, siempre que la documentación licitatoria prevea la aplicación de dicho Régimen, como así también, a todos aquéllos contratos a los que se les aplique el Decreto Nacional N 1295/2002.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Inversión y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al Ministerio de Finanzas, al Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, al Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y a la Secretaría General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR RICARDO SOSA, MINISTRO DE
INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE
ESTADO

ministrativo pertinente de formalización de las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados a este Ministerio por el Presupuesto General de la Administración Provincial en el Ejercicio 2016
Ley N 10.322.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1966/09 modificatorio del Anexo I del Decreto N
150/04, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupues-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/01/2017 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/01/2017

Page count3

Edition count4177

First edition01/02/2006

Last issue12/07/2024

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