Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/10/2010 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 5 de octubre de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLIX - Nº 187
CORDOBA, R.A., MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO DE EDUCACION

Programa Construcción de Aulas Nuevas Ley 9702
DUMESNIL
Departamento Colón
CABANA
Departamento Colón
Resolución N 347

Resolución N 388
Córdoba, 2 de agosto de 2010.-

Córdoba, 24 de agosto de 2010.-

VISTO: El expediente N 0620-044354/2010, por el cual tramita la construcción de Dos Aulas en el establecimiento educativo donde funciona el IPEM N302 "Ingeniero Dumesnil", de la localidad de Dumesnil, departamento Colón, en el Marco del Programa Construcción de Aulas Nuevas Ley 9702.

VISTO: El expediente N 0620-044443/2010, por el cual tramita la construcción de Un Aula en el inmueble donde funciona la escuela Juan Bautista Alberdi, de la localidad de Cabana - Unquillo, Departamento Colón, en el Marco del Programa Construcción de Aulas Nuevas Ley N 9702.

Y CONSIDERANDO:
Que en base al relevamiento edilicio efectuado por la Dirección de Infraestructura Escolar, organismo técnico competente, resulta de imperiosa necesidad ampliar los espacios físicos para el correcto funcionamiento del Establecimiento Educativo IPEM N302 "Ingeniero Dumesnil", de la Localidad de Dumesnil, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, a cuyo fin, ha confeccionado la documentación técnica para proceder a la ejecución del Proyecto mencionado, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos Trescientos Cuarenta y Un Mil $341.000,00.
Que mediante Ordenanza N39 de fecha 15 de julio de 2010, el Consejo Deliberante de la Ciudad de La Calera, autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir los Convenios Individuales de Adhesión y Asignación de Fondos para la ejecución de la obra que se trata, de conformidad al Proyecto elaborado por la Jefatura de Área Técnica de la Dirección de Infraestructura Escolar de este Ministerio.
Que resulta conveniente encomendar la ejecución de la obra en cuestión, a la Municipalidad de La Calera, por el referido importe, conforme el contrato de obra suscripto.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el articulo 28
de la Ley N 9702; articulo 6 de la Ley N 9191; articulo 7
inciso e de la Ley N 8614 y Decretos Reglamentarios;
Resolución de esta Cartera de Estado N 69/2010, Documento Contable de Reserva de Crédito Nota de Pedido N 2010/
000846 confeccionada por la Jefatura del Área Contrataciones de la Dirección General de Administración de este Ministerio y su informe de fs. 61, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo el N 124 /10;

Y CONSIDERANDO:
Que en base al relevamiento edilicio efectuado por la Dirección de Infraestructura Escolar, organismo técnico competente, resulta de imperiosa necesidad ampliar los espacios físicos para el correcto funcionamiento del Establecimiento Educativo Juan Bautista Alberdi, de la Localidad de Cabana-Unquillo, Departamento Colón, Provincia de Córdoba, a cuyo fin, la Jefatura de Área Técnica de la mencionada Dirección, ha confeccionado la documentación técnica para proceder a la ejecución del Proyecto mencionado, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos Ciento Cincuenta y Ocho Mil Doscientos $158.200,00.
Que mediante Ordenanza N 651 de fecha 12 de Agosto de 2010, el Consejo Deliberante de la Municipalidad de Unquillo, autoriza al Señor Intendente Municipal a suscribir Convenio con el Ministerio de Educación para la ejecución de la obra que se trata, de conformidad al Proyecto elaborado por la Jefatura de Área Técnica de la Dirección de Infraestructura Escolar de este Ministerio.
Que resulta conveniente encomendar la ejecución de la obra en cuestión, a la Municipalidad de Unquillo, por el referido importe, conforme el contrato de obra suscripto.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el articulo 28
de la Ley N 9702; articulo 6 de la Ley N 9191; articulo 7
inciso e de la Ley N 8614 y Decretos Reglamentarios;
Resolución de esta Cartera de Estado N 69/2010, Documento Contable de Reserva de Crédito Nota de Pedido N 2010/
001149 confeccionada por la Jefatura de Área Contrataciones de la Dirección General de Administración de este Ministerio y su informe de fs.68, lo dictaminado por la Dirección de
CONTINÚA EN PÁGINA 2

CONTINÚA EN PÁGINA 2

Resolución N 452
Córdoba, 22 de setiembre de 2010.VISTO: El Decreto N 1249/08, a través del cual se establece el Consejo Provincial de Educación Técnica y Trabajo como ámbito de participación para la formulación y coordinación de las políticas y estrategias jurisdiccionales en materia de educación técnica de los niveles medio y superior y de formación profesional, a los efectos de fortalecer, en términos de calidad y pertinencia, la formación técnico profesional de los jóvenes y adultos y su enlace con el mundo productivo.
Y CONSIDERANDO:
Que por el art. 5 del citado decreto se instituye el Consejo Asesor como órgano interno del Consejo Provincial de Educación Técnica y Trabajo, cuyos integrantes deben ser representativos de los sectores más relevantes para el desarrollo educativo, económico y social de la Provincia, siendo sus funciones: 1 gestionar la colaboración y conciliar los intereses de los sectores productivos y actores sociales en materia de educación técnico profesional; 2 promover la vinculación de la educación técnico profesional con el mundo laboral a través de las entidades que cada miembro representa;
3 asistir respecto de las tendencias del desarrollo regional y las necesidades de capacitación de los distintos sectores; 4 orientar respecto de las nuevas tecnologías incorporadas a la producción; 5 participar activamente en la elaboración y validación de los perfiles profesionales y en la evaluación de las competencias adquiridas en el ámbito laboral, social y educativo.
Que con el fin de desarrollar eficientemente tales cometidos, resulta necesario disponer una desconcentración operativa del Consejo Asesor, a través de la habilitación de Consejos Asesores Regionales que posibiliten replicar en todo el territorio provincial las acciones emprendidas por el Consejo Asesor, vinculando dinámicamente a las escuelas con los sectores que reflejen las realidades y requerimientos de cada región productiva, de modo que se establezca un concreto acercamiento a los centros educativos que permita interactuar eficazmente en el análisis de sus demandas y en la programación de las medidas a adoptar en consecuencia.
Por ello y en su carácter de Presidente del Consejo Provincial de Educación Técnica y Trabajo, CONTINÚA EN PÁGINA 2

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/10/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date05/10/2010

Page count6

Edition count4196

First edition01/02/2006

Last issue08/08/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2010>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31