Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 152

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 142

Y CONSIDERANDO:

VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 165

Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 11 de diciembre de 2009, por vecinos e instituciones de Barrio Estación Ferreyra de la ciudad de Córdoba.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14
de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N 03/09.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales -Capital -, en el Registro creado al efecto.
Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N
182/2010,
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 29 de Marzo de 2010, por vecinos e instituciones de la Localidad citada.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14
de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio Gobierno N 03/09.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales - Interior -, en el Registro creado al efecto.
Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N
257/2010,
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Ameghino Sur de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Domingo A. RICHINI M.I. Nº 7.990.055 y Guillermo MEÑEZ M.I. Nº 11.191.069
como Coordinadores.

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Estación Ferreyra de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS al señor Daniel Roberto TAPIA
M.I. Nº 17.159.464 y a la señora Silvia Alejandra ARCE M.I. Nº 17.155.662
como Coordinadoras.

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la localidad de Tancacha, Departamento Tercero Arriba, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Favio Alejandro BRUNO M.I. Nº 28.249.123 y Víctor Hugo VERA M.I. Nº 21.979.909 como Coordinadores.

ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

ARTÍCULO 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

Córdoba, 14 de junio de 2010

VISTO: Los Expedientes N 0129-67198/2010, 0129-67254/
2010, 0129-66261/2009, 0129-64863/2009 y 0129-66563/2010
del Registro de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo del Automotor eleva para su aprobación propuestas de acuerdos extrajudiciales que como Anexo I, compuesto de cinco 5 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
Que obra propuesta efectuada por el señor Eduardo BRACAMONTE, D.N.I. N 8.531.987, en el siniestro N 012967198, de fecha 17 de marzo de 2010, con la intervención del
Resolución Nº 259

Y CONSIDERANDO:

Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta, por vecinos e instituciones de Barrio Ameghino Sur de la ciudad de Córdoba.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13 y 14
de la Ley 9235 y la Resolución del Ministerio de Gobierno N 03/09.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección de Jurisdicción de Delegaciones Regionales -Capital -, en el Registro creado al efecto.
Que en el marco de la Ley de Seguridad Ciudadana, la Junta de Participación, como auxiliar del sistema Provincial de Seguridad Pública, se constituye como ámbito de encuentro comunitario donde se desarrollarán los programas, subprogramas, proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan Estratégico Provincial para la prevención integral, debiendo atender las específicas problemáticas locales y/o regionales.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio de Gobierno bajo el N
183/2010,
Resolución Nº 324

CÓRDOBA, 24 de junio de 2010

Córdoba, 27 de mayo de 2010
VISTO: El expediente N 0165-084698/2010 del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto Nº 150/04
Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N 1966/
2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 6, 7 y 8, que como Anexo I, compuesto de cuatro 4 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

señor Walter David Pecoraro, D.N.I. N 29.252.087 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por el señor Aldo Gabriel BESSONE, D.N.I. N 17.386.414, en el siniestro N 0129-67254, de fecha 18 de marzo de 2010, con la intervención de la señora Silvina Gabriela Loforte, D.N.I. N 21.627.486 conduciendo el vehículo particular y el señor Claudio Roberto Romero, D.N.I.
N 23.979.856 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por el señor Antonio Bernabé PEREYRA, D.N.I. N 13.513.295, en el siniestro N 0129-66261, de fecha 7 de noviembre de 2009, con la intervención del señor Ezequiel Matías Pereyra, D.N.I. N 27.088.834, conduciendo el vehículo particular y la señora María Celeste Brusa, D.N.I. N
30.507.945, al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.

CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Que obra propuesta efectuada por el señor Francisco Eduardo TORRES, D.N.I. N 20.998.466, en el siniestro N 0129-64863, de fecha 19 de septiembre de 2008, con la intervención del reclamante conduciendo el vehículo particular y el señor Juan Manuel Carrizo, D.N.I. N 29.208.146 al mando del automóvil asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por el señor Darío Germán ESPINDOLA, D.N.I. N 27.671.656, en el siniestro N 0129-66563, de fecha 27 de diciembre de 2009, con la intervención del reclamante conduciendo el vehículo particular y el señor Juan Rubén Durán, D.N.I. N 11.039.137 al mando del automóvil asegurado de propiedad de la Municipalidad de Malvinas Argentinas.
Que a resultas de la evaluación técnica practicada por la División Inspecciones y Siniestros del Seguro de Vida y Resguardo del Automotor, se estima oportuno acceder al reclamo interpuesto.
Que el Departamento Jurídico de la nombrada dependencia ha emitido opinión respecto a la conveniencia de la propuesta de arreglo extrajudicial para los intereses de la Provincia.
Que se encuentran incorporados los Documentos de Contabilidad - Nota de Pedido N 2010/000508, N 2010/000509, N 2010/
000507, N 2010/000517 y N 2010/000527 para atender a la erogación.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32
inc. 24 de la Ley N 9454 y por el artículo 3 del Decreto N 1431/
2006, modificado por Decreto N 1065/2008, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo de Automotores bajo los N 573/2010, N 564/2010, N 576/2010, N 575/2010 y 553/2010 y por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación bajo los N 313/2010, N 314/2010, N 318/2010, N 319/2010 y N
312/2010;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/06/2010 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date24/06/2010

Page count5

Edition count4177

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Last issue12/07/2024

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