Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
LEY 9463

ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

CONSEJO GENERAL DE TASACIONES
DE LA PROVINCIA
RESOLUCION Nº 8207

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS TRECE DÍAS
DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL OCHO.
HÉCTOR OSCAR CAMPANA
VICEGOBERNADOR
PRESIDENTE
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 145
Córdoba, 15 de febrero de 2008
Téngase por Ley de la Provincia Nº 9463 cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVCIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

D ECRETOS

SINTETIZADOS
PODER EJECUTIVO

DECRETO Nº 99 - 1/02/08 - Rectifícase el artículo 1º del Decreto Nº 2428, de fecha 21 de diciembre de 2007, donde dice: Ing. Lucía del Valle Vazquez M.I.
12.746.530 debe decir: Ing. Lucía del Valle Vasquez s/ Expte. Nº 0451-051903/08.DECRETO Nº 2361 - 21/12/07 - Asígnase la suma de Pesos Cincuenta Mil $ 50.000, recibidos por la Provincia en concepto de Aportes del Tesoro Nacional, a la Comuna de San Vicente, destinada a atender desequilibrios financieros, s/ Expte. Nº 0040-036262/
2007.DECRETO Nº 2325 - 14/12/07 - Autorízase la transferencia de la suma de Pesos Ochocientos Dos Con Ochenta y Cuatro Centavos $ 802,84, a favor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, en concepto de cargos por contribución patronal, en virtud del reconocimiento de servicios efectuado a la señora Lidia María Burzi DNI Nº 4.426.807, por el período comprendido entre el 01 de agosto de 2002 hasta el 30
de diciembre de 2002, s/ Expte. Nº 0027-035834/2007.-

RESOLUCIONES

SINTETIZADAS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 820 - 7/12/07 - AUTORIZAR a la Empresa ECOGAS Distribuidora de Gas Del Centro S.A., a efectuar el cruce de cañería, por debajo del cauce del Canal de Riego perteneciente al Sistema del Río de Los Sauces, en continuación de la calle Hipólito Irigoyen, entre calles Río de Los Sauces y P. Ruiz de la localidad de San Pedro, para la obra: Provisión de Gas Natural DC Nº 02960 - San Pedro Amanecer S.A. - Provincia de Córdoba, conforme a la documentación técnica obrante
Córdoba, 1º de Febrero de 2007
Ref. Expte. Nº 0378-072342/05
VISTO: El expediente de referencia por el que el Ministerio de Desarrollo Social solicita una nueva tasación de los inmuebles declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación por Ley Nº 9261/05, prorrogada por Ley 9425/07, sancionadas por el Poder Legislativo y Decretos Nº 1198/05 y Nº 1574/07 del Poder Ejecutivo, con destino a la ejecución de infraestructura básica, servicios y construcción de viviendas sociales para la relocalización in situ y urbanización del asentamiento General Savio de esta Ciudad.
Y CONSIDERANDO: Que el caso se encuentra dentro de lo previsto en las Leyes 5330 y 6394;
El Dictamen Nº 613/07 de Fiscalía de Estado, obrante a fs.
215/218, de las presentes actuaciones;
Que en las condiciones de ocupación que presentan partes de las fracciones a tasar, quedan excluidas de la generalidad del mercado inmobiliario;
Que en las condiciones de ocupación referidas, no resultan aplicables las metodologías y técnicas valuatorias usuales para obtener un Valor Venal cierto de la tierra;
Que los costos de un desalojo resultan imponderables;
Que las restantes áreas que conforman el inmueble afectado, cuentan con disponibilidad de uso por encontrarse libre de ocupantes;
Que la Dirección General de Catastro ha discriminado en informe y croquis de fs. 229/230 las superficies correspondientes a cada situación;
El informe que obra a fs. 254/269 elaborado por integrantes del Directorio;
Por ello: y atento al Dictamen Nº 07/2008 de Asesoría Técnica Legal;
EL DIRECTORIO DEL CONSEJO
GENERAL DE TASACIONES
En ejercicio de sus atribuciones RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER en esta etapa administrativa, para cada una de las fracciones baldías, partes de mayor superficie, propiedad de Caja Mutual de Ayuda Recíproca para Obreros y Empleados de la Industria del Metal y Afines de la Provincia de Córdoba, los valores a Febrero de 2008 que se detallan a continuación:
Parcela 002 con una superficie baldía de 80.139,40m2
Ochenta Mil Ciento Treinta y Nueve Metros Cuadrados Cuarenta Decímetros Cuadrados parte de una superficie original de 198.349,40 m2 Ciento Noventa y Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Nueve Metros Cuadrados Cuarenta Decímetros
en estas actuaciones y bajo las siguientes condiciones:
A La obra propuesta no interrumpirá el escurrimiento natural de las aguas.- B Se deberá profundizar el enterramiento del conducto de 1,50 m. medidos por debajo de la solera del canal. C Se deberán colocar la señalización donde quede claramente indicado el tipo, diámetro y material del conducto, fluido que conduce y profundidad a la que se encuentra. D Las obras de cruce se ejecutarán de acuerdo a las especificaciones y respetando los planos que obran en el expediente. ESTABLECER que ECOGAS
Distribuidora de Gas Del Centro S.A. será la única responsable por los daños y/o perjuicios que pudieren ocasionarse a terceros y/o instalaciones existentes, con motivo de la ejecución de la obra de referencia. La Empresa recurrente deberá coordinar con el Consorcio de Riego, de manera que no obstaculice el servicio de riego y pueda realizarse la obra sin inconvenientes.
La firma ECOGAS deberá notificar a la DIPAS con una anticipación de una semana sobre el inicio de los trabajos y una vez terminadas las obras un inspector destacado hará constar en el expediente su conformidad, s/ Expte. Nº 0416-047539/00.-

Córdoba, 22 de febrero de 2008
VIENE DE TAPA
RESOLUCION N 316

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Definitiva de fecha 2 de julio de 2007, correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA
Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 10 - DEPARTAMENTO: TERCERO ARRIBA, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 10.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR el Certificado de Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nros. 1
Parcial al 4 Final de Precios Contractuales que asciende a la suma de Pesos Seis Mil Setenta y Dos Con Treinta y Un Centavos $ 6.072,31, el que se encuentra constituido en efectivo, según Informe Nº 116/07 del Departamento I
Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad y consecuentemente AUTORIZAR a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 10 el Fondo de Reparo de que se trata.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Cuadrados Pesos Un Millón Novecientos Veintitrés Mil Trescientos Cuarenta y Cinco Con Sesenta Centavos $ 1.923.345,60.
Parcela 012 con una superficie baldía de 64.398,40m2 Sesenta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Ocho Metros Cuadrados Cuarenta Decímetros Cuadrados parte de una superficie original de 75.680,40m2 Setenta y Cinco Mil Seiscientos Ochenta Metros Cuadrados Cuarenta Decímetros Cuadrados Pesos Dos Millones Ciento Sesenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Seis Con Veinte Centavos $ 2.163.786,20.
ARTÍCULO 2º.- COMUNIQUESE al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia a los fines establecidos en el Art. 16º de la Ley 5330 y Archívese.ARQ. MIGUEL ÁNGEL ALCALA
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
CONSEJO GENERAL DE TASACIONES
5 días - 25/02/2008.-

RESOLUCION Nº 830 - 7/12/07 - AUTORIZAR EN
FORMA PRECARIA al establecimiento estación de servicios propiedad de la firma Nelio Raúl Pignatta y CIA. S.R.L., A DESCARGAR AL SUBSUELO, A TRAVÉS
DE UN POZO ABSORBENTE, LOS LÍQUIDOS
RESIDUALES CLOACALES, adecuadamente tratados, bajo las condiciones establecidas, s/ Expte. Nº 004654304/92.RESOLUCION Nº 831 - 7/12/07 - CONCEDER el CERTIFICADO DE FACTIBILIDAD DE AGUA a la firma Lomas De La Villa S.A., que como Anexo I forma parte de la presente, para un inmueble de su propiedad que consta de Ciento Setenta y Cinco 175 lotes destinados a viviendas unifamiliares,, situado en calle Isidro Ochoa esquina Vilcapugio, Municipalidad de Villa Allende, Pedanía Calera, Departamento Colón, Folio Real Matrículas nº 479.790; 404.477; 404.478; 404.479;
404.480; 334.602; 681.757; 381.994; Dº 38.331 Fº 44.905
Tº 180 Aº 1950 y Dº 23.310; Fº 29.206; Tº 117 Aº 1962, Propiedades Nºs 13-01-0253095/1; 1946629/7, 1946628/9, 1946627/1, 1946626/2, 0218098/5, 1946617/3, 0228163/3 y 0218097/7, que cuenta con

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date22/02/2008

Page count3

Edition count4177

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