Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 11 de febrero de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVII - Nº 28
CORDOBA, R.A. LUNES 11 DE FEBRERO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
Decretos
Resoluciones
PODER EJECUTIVO

CAPILLA DEL MONTE - DEPARTAMENTO PUNILLA

DECRETO Nº 2192

Constituyen la Junta Participación Ciudadana para la prevención integral MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCION Nº 4
Córdoba, 30 de Enero de 2008.
VISTO: El Expediente N 0524-030549/07 en el que se tramita el reconocimiento e inscripción de la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad Capilla del Monte, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en estas actuaciones el Acta Constitutiva de la Junta de Participación Ciudadana debidamente suscripta el día 03 de Octubre de 2007, por vecinos e instituciones de la localidad de Capilla del Monte.

Córdoba, 10 de diciembre de 2007.-

de Jurisdicción Delegaciones Regionales - Interior -, en el Registro creado al efecto.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del entonces Ministerio de Seguridad bajo el N 1175/07;
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE :
Artículo 1º.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación Ciudadana para la Prevención Integral de la Localidad de Capilla del Monte, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba y por DESIGNADOS a los señores Luis Héctor QUINTEROS M.I.
Nº14.343.203 y Dora CARDOZO M.I. Nº 10.079.607 como Coordinadores.
Artículo 2º.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.

Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 12, 13
y 14 de la Ley 9235 y la Resolución Ministerial N 151/06.

Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción por la Sub Dirección
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO

MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 138
Córdoba, 18 de mayo de 2007.Expediente Nº 0045-013335/05VISTO:
Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00144/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra: "MEJORAMIENTO DE LAS
REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº
15 - DEPARTAMENTO: RÍO CUARTO", la Dirección Provincial de Vialidad, como a cargo del Consorcio Caminero Reasimismo solicita se desafecte la suma de $
-21.796,70, debido a la menor inversión, por gional Nº 15.
lo que se ha emitido Documento de Contabilidad a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº Y CONSIDERANDO:
1347/07 - Compromiso 552/07.
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción ProviQue lo propiciado por la Dirección Provincial sional, de fecha 9 de febrero de 2007, la de Vialidad es posible en virtud de los informes medición final y la Planilla Comparativa técnicos obrantes en autos y de las previsiones según la cual se ha ejecutado la obra, de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas por un monto total de $ 1.483.140,80, Nº 8614, 45 y 46 primer párrafo del Decreto arrojando una diferencia en menos de $ - Reglamentario Nº 4757/77 y 79 del Decreto 21.796,70, el Certificado Nº 9 Final de Nº 4758/77.
Precios Contractuales por el mes de enero de 2007, que asciende a la suma de $ Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gene35,00 que será liquidado oportunamente ral de Asuntos Legales de este Ministerio con mediante Orden de Pago Directa, según el Nº 190/06 caso similar, proveído de fecha Informe Nº 25/07 del Departamento I 13-04-07, Administración y Personal dependiente de CONTINÚA EN PÁGINA 2

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S U
M A
R I
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VISTO: La decisión de este Poder Ejecutivo de proponer la creación de una Comisión Consultiva de Expertos, para abordar la temática relacionada con la reforma políticoelectoral, en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que se propicia mediante el presente la conformación de una Comisión Consultiva de Expertos, conformada por ciudadanos destacados junto a expertos en la materia, la cual gozará de plena autonomía e independencia de todo Poder del Estado Provincial, y cuyos miembros actuarán a título individual y "ad honorem".
Que la Comisión tendrá por objeto realizar, mediante un proceso amplio y plural de consulta, un diagnostico sobre las fortalezas y debilidades del sistema electoral de la Provincia de Córdoba y, con base en el mismo, formular una propuesta de reforma políticoelectoral dirigida a la modernización y fortalecimiento de dicho sistema.
Que la Comisión Consultiva de Expertos no constituirá un órgano de asesoramiento político del Gobierno Provincial, ni se pretende con su creación sustituir o arrogarle funciones que le competen a la Legislatura Provincial, única institución con facultades y atribuciones constitucionales para aprobar una reforma políticoelectoral.
Que, por el contrario, será función de la misma coadyuvar a la insustituible tarea que en esta materia, por mandato constitucional, le compete únicamente al Poder Legislativo Provincial, aportando a tal fin el conocimiento y la experiencia de sus miembros en el estudio de este tipo de instituciones.
Que la Comisión Consultiva de Expertos llevará a cabo sus labores guiada por los siguientes principios rectores y todo otro que favorezca a la concreción de su objetivo: 1 Plena autonomía e independencia funcional del Poder Ejecutivo y de cualquier otra instancia del Gobierno Provincial; 2 Pluralismo; 3 Imparcialidad;
4 Transparencia; 5 Idoneidad; 6 Compromiso y responsabilidad social; 7 Conciencia ética.
Que para el cumplimiento de sus fines, la Comisión Consultiva de Expertos realizará un proceso amplio de consulta con los partidos políticos de la Provincia de Córdoba, en especial con la totalidad de las fuerzas políticas representadas en el seno de la Legislatura Provincial; con las diversas autoridades electorales tanto del ámbito CONTINÚA EN PÁGINA 2

PRIMERA SECCIÓN
G OBIERNO PÁGS. 1 A 4

TERCERA SECCIÓN
CIVILES Y COMERCIALES PÁGS. 23 A 30

SEGUNDA SECCIÓN
J UDICIALES PÁGS. 5 A 22

CUARTA SECCIÓN
OFICIALES Y LICITACIONES .. PÁG. 30 A 32

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/02/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date11/02/2008

Page count4

Edition count4173

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