Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/02/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

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VIENE DE TAPA
RESOLUCION N 263

VIENE DE TAPA
RESOLUCION N 257

DEPARTAMENTO: RÍO PRIMERO, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 6.

DEL EJE, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 1.
Y CONSIDERANDO:

Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Definitiva de fecha 15 de marzo de 2007 y la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nº 1 Parcial de Precios Contractuales al Nº 23 Final de Precios Contractuales por la suma de $ 20.985,99 y se autorice a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 6 el Fondo de Reparo de que se trata, el que fue constituido en efectivo según Informe Nº 105/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.

Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Definitiva de fecha 8 de marzo de 2007 y la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nros. 1
Parcial de Precios Contractuales al 2 Final de Precios Contractuales por la suma de $ 9.368,52 y se autorice a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 1 el Fondo de Reparo de que se trata, el que fue constituido en efectivo según Informe Nº 86/07 del Departamento I
Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.

Que lo propiciado por la mencionada Dirección es posible en virtud de los informes técnicos referenciados y de las previsiones de los artículos 53 y 57 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, 46
del Decreto Nº 4757/77 y 81 del Decreto Nº 4758/77.

Que lo propiciado por la mencionada Dirección es posible en virtud de los informes técnicos referenciados y de las previsiones de los artículos 53 y 57 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, 46
del Decreto Nº 4757/77 y 81 del Decreto Nº 4758/77.

Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el Nº 330/06 caso similar, su proveído de fecha 25-07-07,
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el Nº 330/06 caso similar, su proveído de fecha 23-07-07,
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Definitiva de fecha 15 de marzo de 2007, correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES
VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 6 - DEPARTAMENTO:
RÍO PRIMERO, a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 6.

ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Definitiva de fecha 8 de marzo de 2007, correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES VIALES
SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 1- DEPARTAMENTO: CRUZ DEL
EJE a cargo del Consorcio Caminero Regional Nº 1.

ARTÍCULO 2º.- APROBAR la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nº 1 Parcial de Precios Contractuales al Nº 23 Final de Precios Contractuales que asciende a la suma de PESOS VEINTE MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y CINCO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS $ 20.985,99
el que se encuentra constituido en efectivo, según Informe Nº 105/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad y consecuentemente AUTORIZAR a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 6 el Fondo de Reparo de que se trata.

ARTÍCULO 2º.- APROBAR la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nros. 1 Parcial de Precios Contractuales al 2 Final de Precios Contractuales que asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS $
9.368,52 el que se encuentra constituido en efectivo, según Informe Nº 86/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad y consecuentemente AUTORIZAR a la citada Dirección para que devuelva al Consorcio Caminero Regional Nº 1 el Fondo de Reparo de que se trata.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio a sus efectos y archívese.

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Resoluciones Sintetizadas MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 764 - 23/11/07 - PRORROGAR el vencimiento del canon de riego correspondiente al Segundo Semestre del año 2007, hasta el 30 de marzo de 2008, a nombre de la Sucesión de Agustín Humberto Decara, atento las razones antes expresadas, s/Expte. Nº 0416-051060/
07.RESOLUCION Nº 765 - 23/11/07 - DEJAR SIN EFECTO
en todas sus partes la Resolución Nº 215 de esta Direccin, de fecha 04 de julio de 2002 y su similar rectificatoria Nº 097
de fecha 15 de marzo de 2006, atento las razones antes expresadas, s/ Expte. Nº 0416-026699/00.RESOLUCION Nº 766 - 23/11/07 - AUTORIZAR - con carácter Precario, Personal y Extraordinarioal Sr. Agustín Bertola D.N.I Nº 16.154.108, con domicilio en Rivadavia Nº
823 de la localidad de Villa Santa Rosa Río 1º, a dispersar un montículo de tierra y arena ubicado a aproximadamente ciento cincuenta 150 metros aguas arriba del puente ferroviario que cruza el Río Suquía sobre la margen derecha, en los siguientes términos:
a La autorización tendrá vigencia por treinta 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente.b No se fija un volumen máximo a remover ya que las extracciones son beneficiosas para el embalse.
c Deberá respetarse el horario comercial que rija en las localidades de influencia, siendo diez horas diarias el máximo permitido.
d Las tareas de remoción del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas.
e Los trabajos autorizados serán controlados por personal de esta DIPAS.
f La violación o incumplimiento de cualquiera de los
Córdoba, 12 de febrero de 2008
puntos anteriores significará la anulación del permiso otorgado y el decomiso de los equipos, s/ Expte. Nº 0416050941/07.RESOLUCION Nº 767 - 23/11/07 - APROBAR el Padrón de Usuarios del Sistema de Riego San Vicente para la conformación del Consorcio de Regantes, obrante a fs. 3/5 de estas actuaciones, a los fines de la elección de autoridades del mencionado Consorcio, fijando para ello el día 23 de Noviembre de 2007, s/ Expte. Nº 0416-050957/07.RESOLUCION Nº 768 - 23/11/07 - RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolución nº 420 de esta Dirección, de fecha 11 de Julio de 2007, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 1º.- DAR DE BAJA, a partir del año 1994, al Canal XIII Bis de la Zona Norte del Sistema de Riego del Río Primero y consecuentemente a los usuarios del mismo, cuyo Padrón obra a fs. 3/4 de estas actuaciones, s/ Expte. Nº 0416-049124/07.RESOLUCION Nº 769 - 23/11/07 - APROBAR el ACTA
ACUERDO suscripta por la Di.P.A.S. y la Municip. de Córdoba de fecha 13 de junio de 2007, obrante a fs. 2 /3 de autos, la que como Anexo I, compuesta de 2 fojas, forma par-te integrante de la presente, s/Expte. Nº 0416-050044/07.RESOLUCION Nº 770 - 23/11/07 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo Nº 666.330, emitida por Aseguradores de Cauciones S.A. Compañía de Seguros, por la suma de Pesos Catorce Mil Doscientos Diecinueve $ 14.219,00, con vigencia a partir del 16 de octubre de 2007, como medio para sustituir las retenciones en tal concepto correspondientes al Certificado Parcial Nº 9 de la obra: Red De Cloacas, Cloaca Máxima y Planta De Tratamiento de la Localidad De Villa Maria, que ha sido presentada por la Empresa Marinelli S.A.- Hinsa S.A. U.T.E., s/ Expte. Nº 0416-042626/05.RESOLUCION Nº 771 - 23/11/07 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo Nº 000590017, emitida por Chubb Argentina de Seguros S.A., por la suma de Pesos Once Mil Ochocientos Ocho Con Noventa y Nueve $ 11.808,99, con vigencia a partir del 04 de octubre de 2007, como medio para sustituir las retenciones en tal concepto correspondientes al Certificado Nº 13, de la obra Control De Caudales y Alteo Camino Laguna Tigre Muerto - Obras Complementarias, presentada por la Empresa Decavial S.A.I.C.A.C., s/ Expte.
Nº 0416-043459/05.RESOLUCION Nº 772 - 23/11/07 - APROBAR la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo Nº 43974, emitida por SANCOR SEGUROS, por la suma de Pesos Cinco Mil $ 5.000,00, con vigencia a partir del 09 de agosto de 2007, como medio para sustituir las retenciones en tal concepto correspondientes al Certificado Nº 01, de la obra Prolongación Calle Callao - Bº Villa El Libertador - Puente Sobre Canal Maestro, presentada por la Empresa Bases Argentinas S.R.L., s/ Expte. Nº 0416046917/06.RESOLUCION Nº 773 - 23/11/07 - AUTORIZAR EN
FORMA PRECARIA a la firma Formec S.A., a descargar al río Primero Suquia, los líquidos residuales cloacales tratados a través del Canal Industrial.- La presente Autorización considera un caudal total de 4 m3/día de líquidos solo de naturaleza cloacal, de acuerdo a lo declarado en el F.U. 119
del expediente de referencia. La evacuación de nuevos caudales de descarga, deberán ser comunicados con antelación a esta Di.P.A.S. El proyecto de diseño del sistema de tratamiento de efluentes líquidos del establecimiento, es responsabilidad mancomunada del propietario y de la profesional técnico interviniente contratado por esta firma, Ing. Qco. Gladis Morenigo asimismo, el adecuado mantenimiento de dicho sistema es responsabilidad del propietario del establecimiento. Cualquier modificación y/o ampliación que sea necesaria efectuar en las instalaciones de producción y/o de depuración de efluentes, deberá comunicarse a esta Dirección con una antelación de treinta 30 días a la fecha efectiva de su concreción, a los fines de realizar el análisis pertinente, s/ Expte. Nº 0416-32652/02.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/02/2008 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date12/02/2008

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