Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/10/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO DI - Nº 185
CORDOBA, R.A. LUNES 30 DE

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

OCTUBRE DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Establecen normas a contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESOLUCIÓN GENERAL N 1473
Córdoba, 20 de Octubre de 2006.
VISTO: El Decreto Nº 707/02 B.O. 18/06/02, la Resolución del Ministro de Producción y Finanzas Nº 642 B.O. 04-11-02 y la Resolución Normativa Nº 1/2004 -Sección 2 Capítulo 3 del Título IVB.O.
24/09/04 y modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
QUE las Entidades Financieras reguladas por la Ley Nº 21526 y modificatorias que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para esta Provincia, están obligadas a actuar como Agentes de Recaudación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 3º del citado Decreto.

QUE resultarán pasibles de la recaudación quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes en la Provincia de Córdoba, de acuerdo a la nómina que será comunicada mensualmente a los Agentes de Recaudación.
QUE es necesario actualizar la nómina de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 335 de la Resolución Normativa Nº 1/2004 y modificatorias, dando las altas y bajas de aquellos contribuyentes designados como sujetos pasivos del régimen de recaudación.
QUE según lo establecido en el Decreto Nº 1112/
04 se excluye de la nómina de Sujetos Pasivos del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02 y la Resolución del Ministerio de Producción y Finanzas Nº 642/02, a aquellos contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Córdoba incluidos en el SIRCREB.

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 338
Córdoba, 15 de Septiembre de 2006
Expediente Nº 0045-013093/05.VISTO: Este expediente en el que obra la Resolución Nº 00759/06 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, relacionada con los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 13 DEPARTAMENTO: CALAMUCHITA.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Provisional, de fecha 27 de abril de 2006, la medición final y la Planilla Comparativa Final de Obra, según la cual se ha
ejecutado la obra por un monto total de $ 615.619,92 arrojando una diferencia en menos de $ - 13.836,93, dejar establecido que el Certificado Nº 4
Parcial de Precios Contractuales por abril de 2006 que asciende a la suma de $
18.274,86 sea considerado como Certificado Final por haberse finalizado los trabajos, y que fuera liquidado mediante Orden de Pago Directa Nº 663/
06, según Informe Nº 123/06 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad, como asimismo solicita se desafecte la suma de $ -13.836,93, debido a la menor inversión, por lo que se ha emitido documento de contabilidad a nivel de Afectación Preventiva Negativa Nº 4351/06 - Compromiso Nº 1157/06.
Que lo propiciado por la Dirección Provincial de Vialidad es posible en virtud de los informes técnicos obrantes en autos y de las previsiones de los artículos 52 de la Ley de Obras Públicas y
QUE se encuentra a disposición de los Agentes Recaudadores, desde el día 18 de Octubre del corriente año, la nómina de contribuyentes pasibles de recaudación según el Decreto Nº 707/02 vigente para el mes de Noviembre/2006, en la página WEB
del Gobierno de la Provincia de Córdoba, apartado Dirección de Rentas www.cba.gov.ar.
QUE por los Artículos 4º y 14 del Decreto Nº 707/
02 se faculta a esta Dirección a dictar las normas reglamentarias e instrumentales necesarias a los fines de su aplicación.
POR TODO ELLO, atento las facultades acordadas por el Artículo 18 del Código Tributario, Ley Nº 6006, T.O. 2004 y sus modificatorias.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

se incorporan a la nómina de Sujetos Pasivos del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02 y la Resolución del Ministerio de Producción y Finanzas Nº 642/02, revistiendo tal carácter a partir del mes de Noviembre de 2006.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que se nominan en el Anexo II de la presente Resolución, quedarán excluidos a partir de la fecha que se indica en cada caso, del Régimen de Recaudación normado por el Decreto Nº 707/02.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de los Sectores pertinentes y archívese.

ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER que los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que se nominan en el Anexo I de la presente Resolución,
artículos 45 y 46 primer párrafo del Decreto Reglamentario Nº 4757/77 y 79
del Decreto Nº 4758/77 Recepción Provisoria - con devolución del depósito de garantía de cumplimiento de contrato.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 190/06 caso similar, su providencia de fecha 17 de agosto de 2006, EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.-APROBAR el Acta de Recepción Provisional, de fecha 27 de abril de 2006 correspondiente a los trabajos de la Obra: MEJORAMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y
TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO
CAMINERO REGIONAL Nº 13 DEPARTAMENTO: CALAMUCHITA.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la medición final efectuada y la Planilla Com-

parativa Final de Obra, según la cual se ha ejecutado la Obra por un monto total de Pesos Seiscientos Quince Mil Seiscientos Diecinueve Con Noventa y Dos Centavos $ 615.619,92, arrojando una diferencia en menos de Pesos Trece Mil Ochocientos Treinta y Seis Con Noventa y Tres Centavos $ - 13.836,93.
ARTÍCULO 3º.- DEJAR establecido que el Certificado Nº 4 Parcial de Precios Contractuales por el mes de abril de 2006, que asciende a la suma de Pesos Dieciocho Mil Doscientos Setenta y Cuatro Con Ochenta y Seis Centavos $ 18.274,86, sea considerado como final por haberse finalizado los trabajos y que fuera liquidado oportunamente mediante Orden de Pago Directa Nº 663/
06, según Informe Nº 123/06 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 4º.- DESAFECTAR la suma de Pesos Trece Mil Ochocientos Treinta y Seis Con Noventa y Tres Centavos $ -13.836,93, debido a la menor inversión por lo que se ha emitido
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
CONTINÚA EN PÁGINA 2

Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Negativa Nº 4351/06 - Compromiso Nº 1157/06, con cargo a Jurisdicción 1.25, Sub-Programa 265/6, Proyecto 52, Partidas: Principal 12, Parcial 10, Obra 3101 del P.V., según Informe Nº 123/06 del Departamento I Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad de este Ministerio a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/10/2006 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date30/10/2006

Page count3

Edition count4189

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