Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/2/2008

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AÑO XVII -

de Seguimiento Legislativo del Juicio de Residencia prevista en los arts. 5 y 6 de la Ley Provincial 264, modificada por su similar 619, con copia íntegra y certificada de las actuaciones; notificando también del acto administrativo que se dicte al nombrado, al Auditor Fiscal interviniente y al Secretario Contable, así como a la Prosecretaría Contable a los efectos de su anotación en el Registro de Investigaciones Especiales y Juicios de Residencia creado por la Resolución Plenaria N 103/07. Es mi voto..
Abierto el debate, toma la palabra el Sr. Vocal Legal, manifestando su postura de adherir a los fundamentos expuestos por el Sr. Vocal de Auditoría, e impulsando su voto en el mismo sentido.
Por las consideraciones expuestas, este Cuerpo Plenario de Miembros, en el marco de las facultades conferidas por la Ley Provincial 264, modificada por su similar 619, y la Resolución Plenaria N 51/04, aprobada por la Resolución N 02/04 de la Comisión de Seguimiento Legislativo del Juicio de Residencia, RESUELVE:
ARTICULO 1º- Dar por concluido el procedimiento del Juicio de Residencia sustanciado al Sr. Juan Eduardo GALEGO por su desempeño en el cargo de Subsecretario de Compras, en el período comprendido desde el 20/07/06 hasta el 01/08/06.
ARTICULO 2- Aprobar el Informe Letra: T.C.P .- S.C. N
301107 del Auditor Fiscal C.P.N. Daniel Alberto MALDONES, por el que concluye que, de acuerdo a la documental colectada en las actuaciones, no existen elementos que permitan presumir la existencia de perjuicio fiscal como consecuencia del desempeño del nombrado en el citado cargo durante el período analizado.
ARTICULO 3- Hacer reserva que en caso de detectarse y comprobarse posteriormente a la conclusión de las presentes actuaciones, la existencia de presunto perjuicio fiscal originado en la actuación del enjuiciado en el cargo y período mencionados, éste quedará sometido al enjuiciamiento previsto en el Capítulo XIII de la
Ushuaia, Viernes 29 de Febrero de 2008 - Nº 2398

Ley Provincial 50 y art. 3 de la Ley Provincial 264, modificada por su similar 619.
ARTICULO 4- Informar de todo lo actuado a la Comisión de Seguimiento Legislativo del Juicio de Residencia prevista en los arts. 5 y 6 de la Ley Provincial 264, modificada por su similar 619, con copia íntegra y certificada de las actuaciones.
ARTICULO 5- Notificar, con copia certificada del presente, al Sr. Juan Eduardo GALEGO, a la Comisión de Seguimiento Legislativo del Juicio de Residencia con copia íntegra y certificada de las actuaciones, al Secretario Contable y Auditor Fiscal interviniente, así como a la Prosecretaria Contable a los efectos de su anotación en el Registro de Investigaciones Especiales y Juicios de Residencia creado por la Resolución Plenaria N 103/07.
Por Secretaría Privada del Cuerpo Plenario de Miembros se registrará, notificará y publicará el presente Acuerdo Plenario en el Boletín Oficial de la Provincia y se realizará la tramitación administrativa de rigor.
No siendo para más, se da por finalizado el acto en el lugar y fecha indicados ut supra. Fdo: VOCAL DE AUDITORIAA CARGO
DE LA PRESIDENCIA: C.P.N.
Dr. Claudio Alberto RICCIUTI VOCAL LEGAL: Dr. Rubén Oscar HERRERA.ACUERDO PLENARIO Nº 1477
En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, siendo las 11:30 horas del día 21 de Agosto de 2007, se reúnen los Miembros del Tribunal de Cuentas, contando con el quórum previsto en el arto 27 de la Ley Provincial 50, a fin de dar tratamiento plenario al Expediente N
474/06 del registro de este Tribunal de Cuentas, caratulado:
S/JUICIO DE RESIDENCIA
SR. OSCAR RUBÉN NUÑEZ DNI N M-5.512.067 - DECRETO N 4323/06.
Habiendo analizado las actuaciones en primer término el Sr. Vocal de Auditoría C.P.N. Dr. Claudio Alberto RICCIUTI, seguidamente se transcribe su Voto:
Viene a este Vocal de Audito-

ría el Expediente N 474/06 del registro de este Tribunal de Cuentas, caratulado: S/JUICIO DE RESIDENCIA SR. OSCAR RUBÉN NUÑEZ - DNI N
M - 5.512.067 - DECRETO N
4323/06, en un total de 167 fojas, procediendo a su análisis a los fines de fundar mi voto.
Habiendo presentado el Sr. Oscar Rubén NUÑEZ la Declaración Jurada por Cese de Funciones prevista en el Anexo I de la Resolución Plenaria N 51/04 -reglamentaria del procedimiento para articular el Juicio de Residencia, por haber cesado en el cargo de Presidente de la Dirección Provincial de Puertos, cargo en el que se desempeñó por el período comprendido desde el 30/01/06
hasta el 20/11/06, según surge de los Decretos Provinciales N
238/06 Y 4323/06; mediante Resolución Plenaria N 018/07 se designó a la Auditora Fiscal C.P.N. Claudia CHAVEZ para sustanciar el procedimiento previsto en la citada norma.
Analizada la Declaración Jurada presentada por el nombrado y habiendo producido las diligencias del caso previstas por la norma procedimental, la Auditora Fiscal emite a fs. 153/155 el Informe Letra: T.C.P. N 232/07, señalando que, acorde las constancias agregadas a las actuaciones, se libraron oficios a los Juzgados de la Provincia y la Fiscalía de Estado, se solicitó la publicación de edictos por dos 2 días en el Boletín Oficial de la Provincia y en los diarios El Diario del Fin del Mundo y El Sureño, y se circularizó a los Secretarios Contable y Legal, Auditores Fiscales y Abogados de este Tribunal.
Indica que como resultado de tales diligencias, estos últimos informaron que no poseían causas o investigaciones especiales que involucraran patrimonialmente al funcionario saliente durante la vigencia de su mandato; destacando que, acorde lo informado por el Sr. Secretario Contable fs.
150 y la Auditora Fiscal C.P.N.
Susana DEL VALLE fs. 152, el enjuiciado se encuentra vinculado a una investigación tramitada por el Expediente TCPSC N
410/06 del registro de este Tribunal, caratulado: INVESTIGACIÓN EXPTE. DPP N 234/05, CARATULADO: S/LOGISTICA

TOPO BARIMETRIA. Agrega que, por su parte, el Cuerpo de Relatores de este Tribunal informa que el enjuiciado ha sido sancionado con una multa aplicada mediante el Acuerdo Plenario N
1165. fs. 128.
Expresa, asimismo, que no se ha recepcionado como consecuencia de la publicación de edictos ninguna denuncia sobre apartamientos a la legalidad por parte de éste en dicho período, indicando que las constancias de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia se agregan a fs. 143/
146, en tanto que la publicación de edictos en el diario El Diario del Fin del Mundo se acredita a fs. 141/142.
Señala, también, que los Juzgados oficiados y la Fiscalía de Estado respondieron que no registran causas en la que se involucre patrimonialmente al Sr. NUÑEZ, excepto el Juzgado de Instrucción de Segunda Nominación y el Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad, ambos del Distrito Judicial Sur, así como el Juzgado de Instrucción de Segunda Nominación del Distrito Judicial Norte, que no respondieron los requerimientos efectuados. Agrega la Auditora Fiscal que a través de las Notas Letra: T.C.P. N 315/
07 fs. 85 y 548/07 fs. 137 solicitó información al Presidente de la Dirección Provincial de Puertos acerca de si el enjuiciado manejó fondos en dicho ente durante el período analizado, informando éste mediante la Nota Letra: D.P.P. N 508/07 fs. 151
que el nombrado no recibió fondos por ningún concepto en dicho período.
Conforme tales antecedentes, indica que no resulta posible concluir acerca de la inexistencia de perjuicio patrimonial, en atención a lo informado por el Secretario Contable y la Auditora Fiscal C.P.N. Susana DEL VALLE a fs.
150 y 152, en torno a la investigación tramitada por el Expediente TCP - SC N 410/06, que involucra al enjuiciado.
Posteriormente, a través de las Notas Internas N 354/07 y 374/
07 la Auditora Fiscal adjunta copia de las respuestas a los requerimientos efectuados al Juzgado de Instrucción de Segunda Nominación y el Juzgado de Primera Instancia de Familia y Minoridad

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 29/2/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date29/02/2008

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