Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/2/2008

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AÑO XVII - Ushuaia, Lunes 04 de Febrero de 2008 - Nº 2387

Nº 2387

AÑO XVII

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Carlos Domingo BASSANETTI
Vicegobernador
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU

C.P.N.EugenioCésarSIDERIS

Arq.DanielRubénLEPEZMACIAS

Dr.JorgeOscarRABASSA

MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO

Lic. Silvia Cristina FOSSINI

Dr.AngelJavierDA FONSECA

Sr.Adrián AlbertoCAMERANO

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr.Daniel AlejandroLEON

Dr.EduardoRaúlOLIVERO

Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA

Dr.NicolásJuanLUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 04 de Febrero de 2008
DECRETO Nº 057

14-01-08

VISTO los Decretos Provinciales N 81/07, 08 y 010/08; y CONSIDERANDO:
Que mediante los mismos se establecieron las escalas de remuneraciones de los Funcionarios y Personal de Gabinete.
Que al respecto, se ha detectado un desatino en los anexos fijados en los actos administrativos enunciados en el visto.
Que por lo expuesto es necesario dejar sin efecto los mismos, y establecer la nueva escala de remuneraciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en los artículos 128 y 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
LA PROVINCIA DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTARTIDA E

ISLAS DELATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1- Dejar sin efecto los Decretos Provinciales N 81/
07, N 08/08 y N 010/08, en virtud de lo dispuesto en los considerandos.
ARTICULO 2- Establecer a partir del día primero 1 de Enero de 2008, la escala de remuneraciones de las Autoridades Superiores y personal de Gabinete dependiente del Poder ejecutivo Provincial, la que como Anexo I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 3- Dejar establecido que los porcentajes determinados en el Anexo I del presente, se establece en base a la remuneración fijada para el señor Gobernador por Ley Provincial 732.
ARTICULO 4- De forma.
BASSANETTI
Eugenio C. SIDERIS

15-01-08 creados por las normas anteriormente mencionadas, respetando las VISTO la Ley Provincial N 752 y previsiones presupuestarias vigenel Decreto Provincial N 3637/07; tes tal como lo indica la Ley 752, y art. 6.
Que el Poder Ejecutivo Provincial considera oportuno destacar que la CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley se estacreación de cargos de esta naturaleblecieron los Ministerios y Secreza debe obedecer a criterios raciotarías de Estado, cuyos titulares nales, homogéneos, de eficiencia y han sido designados y puestos en austeridad, dentro del marco de funciones.
discrecionalidad legítima atribuidos Que el artículo 6 c inc 13. de la al Poder Ejecutivo, guardando una Ley Provincial 752 faculta al Ponecesaria coherencia con las neceder Ejecutivo a reglar la existencia sidades funcionales de cada una de y el funcionamiento de las Secretalas Jurisdicciones que integran la rías y Subsecretarías en el ámbito Administración Pública Provincial.
de los Ministros y Secretarías de Que para el cumplimiento adecuaEstado, lo que ha sido cumplimendo de dichas funciones se requiere tado conforme lo normado por el la conformación de un plantel de Decreto N 3637/07 de referencia, nivel político que se desempeñará cuyos titulares también han sido asistiendo a las autoridades de nivel superior en tareas administratipuestos en funciones.
Que la Ley Provincial 723 prevé vas, consultivas y ejecutivas en las las asignaciones presupuestarias distintas áreas en las que sean depertinentes, resultando necesaria la signados, conforme las misiones y creación de los cargos corresponfunciones que la Ley de Ministedientes a la estructura política no rios le acuerda a los respectivos DECRETO Nº 063

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/2/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date04/02/2008

Page count47

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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