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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 12/6/2006
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XV 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2295
05-06-06
ARTICULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Cristina del Valle TISERA, D. N.
I. N 17.832.033, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S.L. y T. Nros. 1018/
06 y 1270/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1270/06.
ARTICULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.
L. y T. Nros. 1018/06 y 1270/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90
días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 150 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2296
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Sandra Marina BUFFA, D. N. I.
N 22.599.415, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T.
Nros. 1018/06 y 1212/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo
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Ushuaia, Lunes 12 de Junio de 2006 - Nº 2151
de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1212/06.
ARTÍCULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S. L. y T.
Nros. 1018/06 y 1212/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2297
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Cecilia Gabriela CESPEDES, D. N. I. N
27.038.914, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006
como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1203/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1203/06.
ARTÍCULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S. L. y T.
Nros. 1018/06 y 1203/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N
133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2298
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Olga Susana MAMANI, D. N. I.
N 16.274.835, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho
por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1289/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/06 y 1289/06.
ARTÍCULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S.
L. y T. Nros. 1018/06 y 1289/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2299
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Adriana del Valle BELTRAMO, D. N. I. N 24.368.512, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006
como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T.
Nros. 1018/06 y 1204/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/06 y 1204/06.
ARTÍCULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S. L. y T.
Nros. 1018/06 y 1204/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90 días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en
virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2300
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente María Fresia SALAZAR, D. N. I. N
16.711.235, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006 como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/06 y 1201/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo de 2006, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros.
1018/06 y 1201/06.
ARTICULO 3 - Notificar a la docente con copia autenticada del presente y de los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/06 y 1201/06, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa, y que podrá recurrir a la acción judicial respectiva dentro del plazo de noventa 90
días hábiles judiciales computados a partir de la notificación del presente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 15 y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTICULO 4 - De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2301
05-06-06
ARTÍCULO 1 - No dar tratamiento a la denuncia de ilegitimidad interpuesta por la docente Patricia Graciela LOPEZ, D. N. I. N
18.333.844, entendiendo que por estar excedidas razonables pautas temporales se produjo un abandono voluntario del derecho por parte de la citada docente en cuanto a que se le liquide y pague supuestas diferencias salariales devengadas por el período enero 2004 febrero 2006
como consecuencia del suplemento REPAS, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, y los Dictámenes S. L. y T. Nros. 1018/
06 y 1281/06.
ARTÍCULO 2 - No hacer lugar al reclamo administrativo interpuesto respecto de la liquidación y pago sucesivo del denominado suplemento REPAS a partir del mes de marzo