Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/5/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XV - Ushuaia, Viernes 26 de Mayo de 2006 - Nº 2144

como premisa utilizar el deporte como herramienta de hermandad entre pueblos, resulta procedente dictar el instrumento legal correspondiente.
Que es premisa del Gobierno Provincial promover toda aquella actividad en pos de la contención y unión de la comunidad juvenil.
Que en el marco de los mencionados juegos será necesario cubrir diversos gastos.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el Artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1- Declarar de Interés Provincial el desarrollo de los XV
JUEGOS BINACIONALES DE LA
ARAUCANÍA, EDICIÓN 2006, a llevarse a cabo en la 12 Región de Chile, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- El gasto que genere el desarrollo de los juegos mencionados en el Artículo 1, será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2047

18-05-06

VISTO, el Expediente N 6503-MJ/
06 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la declaración de Interés Provincial de los Juegos de la Pre-Araucanía 2006 a realizarse en nuestra Provincia.
Que resulta procedente dictar el presente instrumento legal, ante la premisa del Gobierno de la Provincia de fomentar y promover el deporte.
Que para el desarrollo de los mismos será necesario cubrir diferentes gastos.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Declarar de Interés Provincial la realización de los Juegos de la Pre-Araucanía 2006 a realizarse en nuestra Provincia, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- El gasto que genere el desarrollo del evento mencionado en el artículo 1 será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio
económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2048

18-05-06

ARTICULO 1- Otorgar a la Secretaría de Seguridad la suma de PESOS
TREINTA MIL $ 30.000 mensuales, durante el segundo trimestre de 2006, la que será destinada al desenvolvimiento de las investigaciones que realice la Policía de la Provincia.
ARTICULO 2- Los gastos efectuados deberán ser rendidos ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, de acuerdo a la reglamentación que a tal efecto ha dictado el referido organismo.
ARTICULO 3- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2049

18-05-06

ARTÍCULO 1- Reconocer la Comisión de Servicios a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día cinco 5 de abril de 2006, a la señora Ministro de Educación y Cultura, Prof. María Isabel CABRERA de URDAPILLETA.
ARTÍCULO 2- La presente comisión devengó gastos de pasajes y la liquidación de viáticos correspondientes.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico en vigencia.
ARTÍCULO 4- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2050

18-05-06

VISTO el expediente N 03151-EM/
06 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Ministro de Educación y Cultura, Prof. María Isabel CABRERA de URDAPILLETA y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación.
Que dicho Convenio ha sido registrado bajo el número 10945, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:

ARTÍCULO 1- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio Marco celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Ministro de Educación y Cultura, Prof. María Isabel CABRERA de URDAPILLETA y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, registrado bajo el N 10945, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3- De forma.

18-05-06

por la señora Ministro de Educación y Cultura, Prof. María Isabel CABRERA de URDAPILLETA y la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata, registrado bajo los número 11251; por las razones expuestas en los considerandos y que forman parte del presente.
ARTICULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la partida presupuestaria 1.1.1.03.13.105.3.4.5.000.3.4.1.16.00.00.00.00.1.11 y 1.1.103-13-105-3-9-1-0-00-3-4-1-16-0000-00-00-1-11, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.

VISTO el expediente N 000888/2005
del registro de esta Gobernación; y
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS

COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2051

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita los Protocolos Adicionales al Convenio Marco registrado bajo el N 9208 y ratificado por Decreto Provincial N
1304/04, celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Universidad Nacional de La Plata, la Universidad Nacional de Córdoba y la Universidad de Buenos Aires, respectivamente.
Que en el marco del Convenio citado precedentemente se suscribió el Protocolo Adicional VII, celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, representada por la señora Ministro de Educación y Cultura, Prof. María Isabel CABRERA de URDAPILLETA y la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata, en atención a la necesidad de establecer los mecanismos previstos para brindar continuidad en el dictado de los cursos de la unidad académica para la obtención de los títulos de Licenciatura en Comunicación Social y Profesorado en Comunicación Social.
Que dicho Protocolo Adicional ha sido registrado bajo el número 11251;
resultando procedente su ratificación.
Que se cuenta con la correspondiente reserva de crédito presupuestaria.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratifíquese en todos sus términos el Protocolo Adicional VII, celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada
DECRETO N 2052

18-05-06

ARTÍCULO 1- Designar en Planta Permanente - Jurisdicción 14 - Ministerio de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto - Unidad Ejecutora 200 - Secretaría de Seguridad, a la señora Palmenia Mireyra TRIVIÑO GUENEL, D.N.I. N
18.793.430, como agente categoría 19 P.A. y T., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación de los certificados de aptitud psicofísica definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A.2. y de antecedentes penales extendido por el Registro Nacional de Reincidencia.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1.1.1.03.14.200.
ARTÍCULO 3- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS
DECRETO N 2053

18-05-03

ARTICULO 1- Rectificar el Artículo 1 del Decreto Provincial N 1332/
06, el que quedara redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1Destacar en comisión de servicio a los pilotos dependientes de la Dirección de Aeronáutica, Alberto Ricardo MARCHESE, Legajo N 4994639/00
y Carlos Eduardo LAVADO, Legajo N 20709997/00, a la ciudad de Santiago República de Chile, durante el periodo comprendido entre el veintiuno 21 de mayo de 2006 y hasta el treinta 30 de mayo de 2006.
ARTICULO 2- De forma.
COCCARO
Enrique H. VALLEJOS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/5/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date26/05/2006

Page count39

Edition count3738

First edition02/01/2002

Last issue23/01/2024

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