Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/12/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XII - Ushuaia, Miércoles 17 de Diciembre de 2003 - Nº 1773

"1904 - 2004 Centenario de la Presencia Argentina Ininterrumpida en el Sector Antártico"

Nº 1773

AÑO XII

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Ushuaia, Miércoles 17 de Diciembre de 2003
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Carlos Manfredotti Gobernador
C.P. Daniel Oscar Gallo Vicegobernador
C.P. Alberto Carlos Revah Ministro Coordinador de Gabinete
Dn. Carlos Claudio Carrera Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia
Dn. Héctor Gaspar Cardozo Ministro de Economía, Obras y Servicios Públicos Dra. María Angélica Santoro Ministro de Educación Dña. Liliana C. Manfredotti Secretaria General
Dr. Raúl Miguel Paderne Secretario Legal y Técnico
Dra. María Rosa Sahad Secretaria de Salud Pública
Dña. Lucía del C. Vichi Romero Secretaria de Acción Social
Dn. Guillermo Jorge Lindl Secretario de Seguridad
Dn. Guillermo Eduardo Torre Secretario de Turismo
Dn. Abel Eduardo Ibarra Secretario de Relaciones Institucionales
Dña. Carmen Nilda Dragicevic Representante Oficial del Gobierno de la Provincia en
Capital Federal
Boletín Oficial de la Provincia Casa de Gobierno Avda. San Martín Nº 450
1er. Piso - CP 9410 Ushuaia Tel.: 0290142-1101/05Int. 1356
Fax 02901 44-1110 Int. 1110

LEY PROVINCIAL N 594
Sancionada el día 27 de Noviembre de 2003.Promulgada el día 04 de Diciembre de 2003.LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
ARTICULO 1- Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a contraer un empréstito por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES
MIL SETECIENTOS DIEZ $
4.683.710.-, de acuerdo y en los términos de la Ley nacional N 24.855
de Desarrollo Regional y Generación de Empleo y su Decreto reglamentario N 924/97. En función de lo establecido en el artículo 2 de la Ley provincial N 487, facúltase al Poder Ejecutivo provincial a afectar en garantía la Coparticipación Federal de Impuestos, hasta la cancelación definitiva del convenio de mutuo a suscribirse.
ARTICULO 2- El endeudamiento dispuesto en el artículo anterior se destinará a financiar la obra denominada: "AZUD COTA 176 - PRIMERA ETAPA "A" - USHUAIA TDF" cuyo organismo ejecutor es la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios.
ARTICULO 3- Autorízase al Poder Ejecutivo provincial a realizar las gestiones y a suscribir los acuerdos necesarios para la obtención del empréstito, así como a acordar las modificaciones que fueran necesarias para adecuarlas a las condiciones sustanciales del crédito. El Poder Ejecutivo provincial podrá incorporar en el ejercicio en vigencia, una vez sancionada y promulgada la presente Ley, los créditos presupuestarios y las cuentas de financiamiento que se derivan de dicho Plan de inversiones y las operaciones de crédito enunciadas.
ARTICULO 4- El Poder Ejecutivo provincial, a través de la Dirección
Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, elaborará el proyecto, pliego, bases y condiciones de la obra, acorde a la modalidad de contratación, financiamiento y pago que establece la normativa vigente y las condiciones de los pliegos de financiación.
ARTICULO 5- El préstamo aprobado por la presente Ley, quedará exento de todo impuesto provincial que pudiera aplicársele en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley provincial N 487.
ARTICULO 6- Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA
DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DE
2003.
GUZMAN
---0--DECRETO N 2505

04-12-03

POR TANTO:
Téngase por Ley N 594, Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MANFREDOTTI
Héctor G. CARDOZO
LEY PROVINCIAL N 595
Sancionada el día 06 de Noviembre de 2003.Promulgada el día 04 de Diciembre de 2003.LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
CAPÍTULO I
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE
ARTICULO 1- Créase en el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur el Colegio de Profesionales Técnicos,
con alcance al ejercicio de las profesiones de los matriculados egresados de las escuelas Técnicas e institutos Técnicos Superiores, los que estarán sujetos a lo prescripto en la presente Ley y a las reglamentaciones que en consecuencia se dicten a futuro.
CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 2- El Colegio de Profesionales Técnicos estará integrado exclusivamente por los profesionales matriculados que hayan cumplido con las exigencias impuestas por la presente Ley.
ARTICULO 3- El Colegio de Profesionales Técnicos tendrá como jurisdicción todo el ámbito territorial de la provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de su participación activa en entes y/o entidades afines regionales, nacionales, internacionales y/o mundiales.
ARTICULO 4- El Colegio de Profesionales Técnicos tendrá como asiento natural la ciudad de Ushuaia, pudiendo crearse Delegaciones en la cantidad y lugares a determinar según la necesidad, conveniencia, importancia de la actividad y/o número de profesionales Técnicos matriculados.
ARTICULO 5- Las Delegaciones serán órganos auxiliares del Colegio, las que ejercerán las atribuciones conferidas por el Cuerpo, en las calidades y denominaciones que correspondan.
ARTICULO 6- El Colegio de Profesionales Técnicos tendrá por finalidad principal:
a Velar por el fiel cumplimiento de esta Ley y de las disposiciones que rijan el ejercicio de las profesiones técnicas;
b establecer las normas de ética profesional a las que deberán atenerse sus matriculados, dictando el Código Ético respectivo;
c proponer al Poder Ejecutivo los reglamentos necesarios para la aplicación de la presente Ley;
d firmar convenios especiales con entidades nacionales, y/o provinciales, y/o municipales, y/o privadas,
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/12/2003

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

CountryArgentina

Date17/12/2003

Page count30

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Last issue23/01/2024

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