Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/5/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 145
La Rioja, 14 de enero de 2005
Visto: la necesidad de adoptar las acciones que permitan adecuar en tiempo y forma la infraestructura escolar en los establecimientos diseminados en todo el territorio provincial;
y,
Viernes 13 de mayo de 2005

Artículo 4.- El presente decreto será refrendado en Acuerdo General de Ministros de conformidad con lo establecido en el Art. 14 -in finedel Decreto Ley N 21.323/63.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador Catalán, R.C., S.G. y L.G. a/c M.H. y O.P. a/c M.I.C. y E. Busto, R.R., M.E. Paredes Urquiza, A.N., M.G. y D.H.

Considerando:
DECRETO N 168
Que dicha situación surge como consecuencia de la necesidad de armonizar la infraestructura de los servicios educativos relevados por el Ministerio de Educación, con la matrícula registrada por dicha Jurisdicción.
Que de tal relevamiento surge de carácter impostergable y urgente la ejecución de los trabajos en los establecimientos sugeridos por dicho Ministerio.
Que se hace indispensable que las acciones sean llevadas a cabo en un marco de celeridad y eficiencia teniendo presente para ello que resulta imprescindible realizar ampliaciones, refacciones y reparaciones acorde a los requerimientos de la población escolar.
Que, a la fecha, se han realizado, de los relevamientos oportunamente ordenados, los respectivos anteproyectos por lo que, en este contexto es imprescindible hacer uso de las normas de excepción contenidas en la legislación aplicable en la materia.
Que a estos efectos es oportuno instruir a la Administración Provincial de Obras Públicas hacer uso de las normas contenidas en los Artículos 5, 14 y 15 del Decreto Ley N 21.323/63 para llevar a cabo, sin dilaciones, la concreción de los trabajos señalados en los considerandos anteriores en vista a la inminente iniciación del ciclo lectivo escolar previsto para el corriente año.
Que, por otra parte, resulta pertinente instruir al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a producir, por acto administrativo expreso, las modificaciones presupuestarias que sean menester a los efectos de la consecución del objetivo propuesto.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Destínase la suma de Pesos Tres Millones $ 3.000.000, para la ejecución, a través de la Administración Provincial de Obras Públicas, de los trabajos de ampliación, refacción y/o reparación de los establecimientos escolares de la provincia cuya nómina y ubicación se ajustará al relevamiento efectuado por el Ministerio de Educación, en los términos del Artículo 5 -último párrafodel Decreto Ley N 21.323/63
Ley de Obras Públicas.
Artículo 2.- La contratación de los trabajos autorizados por el artículo anterior, se llevarán a cabo en la condición y modalidad previstas en los Artículos 14 inc. c y 15
del Decreto Ley N 21.323/63 -Ley de Obras Públicascuyos pliegos de bases de condiciones deberán prever el tope máximo que se abonará por obra a contratar.
Artículo 3.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a realizar, por acto administrativo expreso, las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la consecución de lo dispuesto en el presente acto administrativo.

La Rioja, 28 de enero de 2005
Visto: los términos de la Ley N 7.557 que declara Zona de Desastre Agropecuario para la actividad ganadera bovina y caprina, prorrogada su vigencia por imperio de la Ley N 7.717; y,Considerando:
Que dicha declaración tiene su fundamento en la angustiosa situación que viven los productores rurales por la escasez de agua como consecuencia de la falta de precipitaciones pluviales en el ámbito provincial.
Que esta Función Ejecutiva ha tomado la decisión de acudir en ayuda de los dichos productores, destinando recursos específicos asignados a la Provincia por el Estado Nacional, en virtud del Convenio de Asistencia Financiera para paliar la crisis hídrica; para la adquisición de bienes y servicios necesarios para afrontar la situación.
Que, no obstante ello, se hace necesario profundizar las acciones que aporten soluciones de mayor significación, como lo es la adquisición de bienes de capital hormigoneras para los trabajos de readecuación de obras hídricas existentes y construcción de nuevas obras, moldes para canales que impidan la infiltración de agua en los sistemas de conducción destinados a la Administración Provincial del Agua, órgano específico en la materia.
Que, la Administración Provincial del Agua ha descentralizado las funciones de operación, mantenimiento y reparación de las obras públicas hídricas de captación, conducción y distribución en Organizaciones de Usuarios legalmente constituidas.
Que los bienes antes descriptos permitirán ejecutar las acciones de optimización de obras existentes, mediante la reparación y mejoramiento de los canales para disminuir las pérdidas de agua en conducción y distribución.
Que, atento a la notoria escasez de este tipo de bienes, motivada por la sequía que asola una vasta región de nuestro país, se ha obtenido el ofrecimiento de provisión en forma inmediata de éstos, de marcas reconocidas, a través de firmas de las provincias de La Rioja, Buenos Aires y Santa Fe por lo que, tratándose de una situación de emergencia, corresponde autorizar el uso de las normas de excepción contempladas en la legislación aplicable en la materia que permita materializar sin dilaciones la compra de dichos bienes.
Que procede instruir al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, en su condición de Organismo responsable de la Administración de Hacienda Pública, para efectuar las modificaciones presupuestarias que sean oportunas para la concreción del objetivo propuesto.
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 123 de la Constitución Provincial,

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/5/2005

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date13/05/2005

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