Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/6/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO N 456
La Rioja, 02 de abril de 2004
Visto: el Expediente Código D11 N 00107-6/03, por el cual la firma Naindo S.A. beneficiaria del régimen promocional de la Ley N 22.021, solicita la prórroga del plazo para denunciar la puesta en marcha de su proyecto promovido mediante Decreto N 1.550/96 y Resoluciones M.D.P. y T. Ns. 1.171/98 y 570/99 y sus modificatorias Resoluciones M.D.P. y T. N 612/99 y M.P. y T. N 237/00;
y, Considerando:
Que la referida empresa solicitó prórroga hasta el 15
de febrero de 2004, en la cual estimaba la conclusión de la obra, situación ésta que resultaba probable de acuerdo a la inspección técnica realizada oportunamente.
Que con posterioridad a dicha petición, y encontrándose el trámite pendiente de resolución administrativa, la firma Naindo S.A., solicita la ampliación de la prórroga en cuestión hasta el 30 de abril de 2004, fundamentando la misma en el retraso existente en la habilitación de los servicios de energía eléctrica y la provisión de gas natural, por razones no imputables a la empresa.
Que, asimismo, al no haber dado cumplimiento la empresa a su obligación de concluir la obra dentro del plazo establecido por el Artículo 2 del Decreto FEP N 311/03, correspondería la ampliación de la multa estipulada en el Artículo 3 del precitado acto administrativo; no obstante ello se advierte la conveniencia de dejar provisoriamente en suspenso la misma, en razón de que la obra continúa su ejecución resultando muy probable su finalización.
Que de la intervención competente de la Dirección General de Promoción Económica dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo surge opinión favorable respecto a la gestión interpuesta en las actuaciones referidas en el visto del presente acto de gobierno.
Que la Asesoría Letrada de la ex Secretaría de Producción y Turismo actual Ministerio de Industria, Comercio y Empleo Decreto 1.004/03 t.o. Ley N 6.846, mediante Dictamen N 96/03, se expide favorablemente al respecto encuadrando la gestión en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 19 de la Ley Nacional N 22.021
y Artículo 24 del Decreto Nacional N 3.319/79.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 123 inc. 1 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Otórgase plazo hasta el 30 de abril de 2004, para que la empresa Naindo S.A., beneficiaria del régimen promocional de la Ley Nacional N 22.021, denuncie la puesta en marcha de su proyecto promovido mediante Decreto N 1.550/96 y Resoluciones M.D.P. y T.
Ns. 1.171/98 y 570/99 y sus modificatorias Resoluciones
Viernes 04 de junio de 2004

M.D.P. y T. N 612/99 M.P. y T. N 237/00, acorde a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Artículo 2.- Déjase en suspenso la ejecución de la multa aplicada por el Artículo 3 del Decreto N 311/03, quedando sin efecto la misma si la empresa Naindo S.A., denuncie la puesta en marcha dentro del plazo fijado por el Artículo 1 del presente decreto.
Artículo 3.- En caso de no cumplirse con el compromiso resultante del nuevo plazo, quedará expeditada la vía de apremio para la ejecución de la multa aplicada precedentemente.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Industria, Comercio y Empleo.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Maza, A.E., Gobernador Bengolea, J.D., M.I.C. y M.
RESOLUCIONES AÑO 2003
RESOLUCION D.G.P.E. N 058
La Rioja, 02 de diciembre de 2003
Visto: El Expte. D 1.1 N 00110-9-Año 2003, por el que la firma Tenax S.A. beneficiaria de la Ley Nacional N
22.021 mediante Decreto N 1.765/93; modificado por Decreto N 1.322/95 y por Resolución M.D.P y T. N 686/99, solicita prórroga para denunciar la puesta en marcha de su proyecto agrícola destinado al cultivo de olivo; y, Considerando:
Que mediante Resolución D.D.E. N 124/94 se aprueba la iniciación de actividades a partir del 21 de octubre de 1994.
Que, tratándose de un proyecto agrícola destinado al cultivo de olivo, conforme al Decreto N 1.998/81, la puesta en marcha debía operar al 9 año desde la iniciación de actividades.
Que de acuerdo con las normas citadas precedentemente el plazo para que la empresa Tenax S.A.
denuncie la puesta en marcha de su proyecto promovido mediante Decreto N 1.765/93, modificado por Decreto N
1.322/95 y Resolución M.D.P. y T. N 686/99 se extiende hasta el 21 de octubre de 2003
Que la empresa gestiona una ampliación de los plazos mencionados, exponiendo los motivos que fundamentan su petición.
Que del análisis técnico, económico y legal surge opinión favorable para hacer lugar a lo solicitado.
Por ello y de conformidad a las normas de los Arts.
2 inc. 15 y 3 del Decreto N 181/95,
EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCION
ECONOMICA
RESUELVE:
1.- Ampliar hasta el 21 de abril de 2006 el plazo para que la empresa Tenax S.A. denuncie la puesta en

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Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 4/6/2004

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

CountryArgentina

Date04/06/2004

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