Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/12/2008 (Anexo)

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N 3080 - 18/12/2008

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N 3080
ANEXO - DECRETO N 1.453
ANEXO
Capítulo I
Disposiciones Generales Artículo 1º.- Sin reglamentar.
Articulo 2º.- Sin reglamentar.
Articulo 3º.- El Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte tendrá a su cargo la elección del uniforme que deberán utilizar los agentes al momento de cumplir con sus funciones en la vía publica.
Artículo 4º.- Sin reglamentar.
Capítulo II
Principios Básicos de Actuación Articulo 5º.- Sin reglamentar.
Capítulo III
Funciones y Facultades Artículo 6º.-Sin reglamentar.
Artículo 7º.-Sin reglamentar.
Capítulo IV
Dirección General Artículo 8º.- El Director General del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte deberá acreditar que posee estudios universitarios completos mediante la presentación de título legalizado otorgado por Universidad pública o privada incorporada a la enseñanza oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 9º.-Los extremos de la Ley se acreditarán de la siguiente forma. El postulante al cargo deberá presentar:
a Certificado de Antecedentes expedido por el Registro Nacional de Reincidencias, el cual no podrá tener una antigedad mayor a un 1 mes desde la fecha de su expedición.
b Certificado de Antecedentes expedido por el Registro Nacional de Reincidencias, el cual no podrá tener una antigedad mayor a un 1 mes desde la fecha de su expedición.
c Certificado de Antecedentes expedido por el Registro Nacional de Reincidencias, el cual no podrá tener una antigedad mayor a un 1 mes desde la fecha de su expedición.
d Declaración jurada, conformada y firmada por el solicitante, acreditando el extremo exigido.
e Constancia que acredite que no se encuentra inscripto en el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as.
f Licencia de conductor, vigente, expedida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
g Declaración jurada, conformada y firmada por el solicitante, acreditando el extremo exigido.
h Declaración jurada, conformada y firmada por el solicitante, acreditando el extremo exigido.
Artículo 10.- El Director General podrá:
a Requerir la incorporación de personal de acuerdo a las necesidades operativas del Cuerpo, a la dinámica operacional y/o al aumento de los operativos y controles determinados para ser realizados en la vía pública. Quedará a su cargo la rubrica de
N 1

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/12/2008 (Anexo)

TitleBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

CountryArgentina

Date18/12/2008

Page count18

Edition count3417

First edition14/08/2008

Last issue07/08/2024

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