Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/08/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 6242 LA PLATA, VIERNES 11 DE AGOSTO DE 2017

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - El Señor Presidente de Tribunal en lo Criminal N 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Elisa B. López Moyano, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a LUIS
ALBERTO CABRERA, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N
2784-14, seguidas al nombrado en orden al delito de Abuso Sexual con acceso Carnal Calificado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 13 de julio de 2017. En atención a lo que surge de los informes de fojas 215 y 224 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129
del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Luis Alberto Cabrera, por el término de cinco días, a estar a derecho. Secretaría, 13 de julio de 2017.
Paula Florencia Verrina, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.126 / ago. 8 v. ago. 14


POR 5 DÍAS El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a CRISTIAN VERI, en causa N PP-07-00-002571-17/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 06 de junio de 2017
Resuelvo: I. Sobreseer en forma parcial a Cristian Verni, de las demás condiciones personales en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de receptación de cosa mueble procedente de un delito, por el cual fuera formalmente imputado. Arts. 323 inciso tercero del C.P.P. y 45, 55 y 277 inciso 10 apartado c, del Código Penal. Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 12 de julio de 2017. Atento lo informado a fojas 7 del incidente de excarcelación que corre por cuerda a la presente, notifíquese a Cristian Verni de la resolución de fojas 82/84, mediante la publicación de edicto , a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129
del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López y Juez de Garantías.
C.C. 9.127 / ago. 8 v. ago. 14
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora Descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a MARCOS DAMIÁN
FERNÁNDEZ DNI 38.666.972 en el PP-07-03-007398-16/00 UFlyJ N
2 Esteban Echeverría la resolución que a continuación se transcribe:
Monte Grande, 14 de junio de 2017. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: I Sobreseer parcialmente a Marcos Damián Fernández, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de disparo de arma de fuego con herida por el cual fuera formalmente imputado Arts. 321, 322 y 323, inciso 5 del CPP y 34 Inc. 6 del CP Fdo.: Javier L. Maffucci Moore, Juez, Ante mí: Silvia Paradiso, Secretaria.
C.C. 9.128 / ago. 8 v. ago. 14
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector D, Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a RUIZ DÍAZ RAFAEL ALEJANDRO, poseedor del DNI N
39.918.898; nacido el 23/07/1985 en Lanús, hijo de Ramón Rafael Ruiz Díaz y de Nelly Esther Sequeira, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa N 07-878103-08 Registro Interno N 6650, caratulada Ruiz Díaz Rafael Alejandro s/ Robo. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 24 de julio de 2017. En atención a lo que surge del informe de fs. 181 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art.
129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del digesto adjetivo.
Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Dr. Luciano Barila. Lomas de Zamora, 24 de julio de 2017.
C.C. 9.129 / ago. 8 v. ago. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N 25.644, caratulada: Wang, Jianxi y Wang Zongmei s/ Inf. Art.
3 Ley 11.825. Notifíquese a JIANXI WANG y ZONGMEI WANG; de nacionalidad china; sin domicilio fijo; mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 31 de
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

mayo de 2017. Autos y Vistos Considerando Fallo: 1 Declarando -de Oficiola nulidad del Acta de Procedimiento -ConstataciónN 9198 de la Municipalidad de Merlo, anexada -en copia fiela fs. 3, que fundare la causa. Nulidad, de igual índole, que debe extenderse a todas las pruebas colectadas consecutivamente, de índole cargosa para con Jianxi Wang y Zongmei Wang, como actos concatenados en forma consecutiva con la prealudida; al no aparecer en ella volcada -debidamentepor los Preventores de la especie, la naturaleza y circunstancia de la Falta hipotéticamente prevenida, a fin de encuadrarla dentro de los presupuestos previstos para la punición en el artículo apuntado en presunto obrar como originante de ésta. Rigen artículos 3 y 7, ambos, a contrario sensu, 16 y ccdtes. de la Ley 11.825; artículos 3, 122, apartado I, inciso b, y ccdtes. del Decreto Ley 8.031/73, y artículos 201, 203 segundo párrafo, 206 a contrario sensu, 207 y ccdtes. del C.P.P. 2 Absolviendo a Jianxi Wang y Zongmei Wang He con mayores datos aportados en la causa, libremente y sin costas, de las presuntas coautorías de la Infracción tipificada en el artículo 3 de la Ley 11.825 reprimida en su artículo 7;
ambos según la Ley N 13.178; concorde lo prevenido -municipalmenteel día catorce del mes de julio del año Dos Mil Dieciséis, a las diez horas con quince minutos; en el comercio del rubro Mercado ubicado en la calle Betinotti N 1113 de la Ciudad de Parque San Martín del Distrito de Merlo de la Provincia de Buenos Aires. Respecto a los efectos secuestrados bebidas con contenido alcohólico en estos actuados, corresponde ante lo predescripto, notificar a los enjuiciados de las previsiones de los párrafos cuarto y quinto del artículo 13 del Decreto Ley 8.031/73, a sus fines. 3 Regístrese. Notifíquese el Decisorio a los encausados, para ello líbrese los Edictos correspondientes por vía Actuarial, y -por la Instrucción policiala su Defensa Oficial actuante, al igual que a la Policía de esta Provincia, a sus efectos registrales. Pase -en su tiempola causa a la Comisaría interviniente, a tales fines y efectos, por el lapso de siete días.
Oportunamente, Archívese. Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra.
Ana María Vinci, Secretaria. Dado en Merlo Bs. As., a los 11 días del mes de julio de 2017. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.169 / ago. 9 v. ago. 15


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, en Causa N 25.919, caratulada: Almeida, Juan Leonel s/ Inf. Art. 86 y 87 Inc. b Dec. Ley 8.031/73; notifíquese a JUAN LEONEL ALMEIDA D.N.I. N 36.779.090 y del Prontuario Policial provincial N 829.906, Sección R.C. s/f, con último domicilio en calle Rivarola N 809 de este Distrito de Merlo de la Provincia de Buenos Aires. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, lo que continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 6 de junio 2017 no encontrándose acreditado en autos, que Juan Leonel Almeida halla cumplido con el pago de la sanción de multa que le fuera impuesta en ellos, sin perjuicio de haber sido intimado a tal cumplimiento conforme lo emergente de fojas 41/vta.; y según lo presupuestado por los artículos quinto, sexto, séptimo y concordantes del Decreto Ley 8.031/73 Código de Faltas de esta Provincia, es que resuelvo: Decretar -para ser efectivizado oportunamentela conversión en arresto, de dicha multa impaga, en la pena de arresto de ocho 8 días para con el inculpado prealudido Juan Leonel Almeida, titular del D.N.I. N 36.779.090 y del Prontuario Policial provincial N 829.906, Sección R.C. s/f, con domicilio en calle Rivarola N
809 de este Distrito de Merlo, toda vez que el mismo, no ha cumplido el pago de Multa que le fuera impuesta, por la suma de seis mil novecientos cincuenta con Cincuenta y Tres centavos $ 6.950,53, la que equivalía -a la prevenciónal cuarenta por ciento 40% del haber mensual de la Policía provincial pertinente Oficial de Policía, al momento de la prevención fijado en la suma de $ 17.376,33, a razón de un 1 día por cada cinco por ciento 5 % del sueldo predescripto cfme. artículo 6 del Código de Faltas provincial, Decreto Ley 8.031/73. Pena que deberá cumplirse en la Comisaría de Merlo, Seccional Primera, de la Policía Provincial por ser la dependencia más idónea para ello. Fdo.: Dr. Eduardo A. Diforte. Juez y Merlo Bs. As., 14 de julio de 2017. Atento el estado de autos, y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encartado Juan Leonel Almeida en el domicilio oportunamente denunciado por él; corresponde disponer que se notifique por edictos -los que deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el lapso de cinco díasal mismo lo dispuesto a fs. 50 de éstos, y asimismo anotíciese que deberá comparecer en autos a denunciar su domicilio real actual, dentro del plazo de cinco días, en esta Sede Judicial con apercibimiento de que en caso de no hacerlo en tal plazo conferido, será declarado rebelde artículo 129
del C.P.P., por aplicación del artículo 3 de Código de Faltas provincial.
Asimismo, líbrese oficio al Tribunal de Alzada interviniente para dar cuenta de lo obrado, adjuntándose copia del presente, a sus efectos. Fdo: Dr.
Eduardo A. Diforte. Dado en Merlo Bs. As., a los 14 días del mes de julio de 2017. Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.170 / ago. 9 v. ago. 15
POR 5 DÍAS - Dra. Tamara Vaisman, Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 4 dependiente de la Fiscalía de Cámaras del Departamento Judicial de San Martín, sita en la calle Av. Ricardo Balbín

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/08/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date11/08/2017

Page count12

Edition count3378

First edition02/07/2010

Last issue04/07/2024

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