Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/02/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

da rebelde y ordenar su comparendo, conforme lo normado en los Arts. 129 y 303 del C.P.P. Se transcribe el auto que lo ordena: Polvorines, 25 de noviembre de 2016. Atento a lo requerido por el Sr. Defensor Oficial interviniente, procédase de conformidad con lo normado en el Art. 219 del C.P.P., a la citación de la ciudadana Mónica Sandra Cortez por edictos, los que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca dentro del quinto día de finalizada su publicación a esta Fiscalía, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su comparendo. Fdo.
María Alejandra Burges, Agente Fiscal. Los Polvorines, a los 3 días del mes de febrero del año 2017. Mariela A. Paladino, Instructora Fiscal C.C. 1.585 / feb. 13 v, feb. 17


POR 5 DIAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a VALLARIO
ESTEBAN ARIEL, argentino, No Informado 25952346, hijo de José Vallario y de Susana Hayde Igarzabal, con último domicilio conocido en calle 615 e/ 122 y 122 bis de La Plata, en causa N 5659-3 seguida al nombrado por los delitos de Tenencia Simple de Estupefacientes para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1 Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 17 de noviembre de 2016.
Atento el informe policial de fs. 145, 147, 162, 164 que da cuenta que el imputado Vallario Esteban Ariel se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 55/56 vta. y 29 del incidente de excarcelación, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional N 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención art.
151, 179 y 189 inc. 1 del C.P.P. .. Fdo.: Graciela M.
Buscarini, Juez. María Florencia Chiramberro, Secretaria.
C.C. 1.631 / feb. 14 v. feb. 20
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos "Espinosa Miguel Ángel c/ Davison Ernesto Felipe s/
Desalojo excepto por falta de pago" N de Expediente: SI18006-2014 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: "San Isidro, 6 de diciembre de 2016 Por las consideraciones expuestas y normas citadas, Fallo: 1 Haciendo lugar a la demanda interpuesta por Miguel Ángel Espinosa contra Ernesto Felipe Davison, y en su mérito se reputa definitiva la tenencia recuperada mediante el mandamiento obrante a fs. 32/3 respecto al inmueble de la calle Martín y Omar 129, Oficina 113 del primer piso, de la localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, 2 Las costas de la presente se imponen al demandado en su condición de vencido art. 68 del C.P.C.. Difiérese la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes para una vez indicadas las pautas para hacerlo art. 40
del Dec. Ley 8.904. Regístrese y notifíquese mediante cédula que se librará por secretaría art. 483 del C.P.C..
Oportunamente, archívense. Fdo. Dra. Estela Robles.
Juez". Se deja constancia que los datos del demandado resultan: ERNESTO FELIPE DAVISON, con último domicilio conocido en "Albarellos 748 depto. 2 de Acassuso" Pdo. de San Isidro. San Isidro, 3 de febrero de 2017. María del Rosario González Lonzieme, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.632 / feb. 14 v. feb. 15
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de San Isidro, interinamente a cargo de la Sra. Jueza, Dra. Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 1 Piso de San Isidro, cita y emplaza a CRISTIAN ALEJANDRO LEMOS, con último domicilio en Corrientes 2126 localidad de Presidente Derqui, partido de Pilar, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5
días a contar desde la publicación del presente, a compa-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 15 DE FEBRERO DE 2017

recer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N
4613 que se le sigue por Hurto bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 3 de febrero de 2017. En atención a los informes policiales obrantes a fs. 70, 73 cuyo original obra a fs. 77 y de fs. 107, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Cristian Alejandro Lemas, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Hágase saber a la Defensa Técnica." Fdo. Andrea C. Pagliani, Juez. Ante mí: Paula G.
Marzocchi, Secretaria. Secretaría, 3 de febrero de 2017.
C.C. 1.633 / feb. 14 v. feb. 20


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo interinamente de la Dra. Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 643 1 Piso de San Isidro, cita y emplaza a JUAN
HERNÁN GÓMEZ o JUAN ARNALDO GÓMEZ, con último domicilio en Pueyrredón N 564, localidad y partido de Tigre, provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5
días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N
4545 que se le sigue por Abuso Sexual bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 30 de enero de 2017. Atento a lo manifestado por el Sr. Fiscal a fs. precedente, las reiteradas citaciones infructuosas cursadas al encausado, sin perjuicio de lo manifestado a fs. 121 por el Sr. Defensor Oficial, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos, cíteselo por edicto que se publicará por 5
cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3
días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo. arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P.
Asimismo, suspéndase la realización del debate designado a fs. 99/100 para el día 8/2/2017 hasta tanto sea habido el encartado Gómez. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y al Sr. Fiscal." Fdo. Andrea C.
Pagliani, Juez. Luciana V. Méndez, Auxiliar Letrada.
Secretaría, 30 de enero de 2017.
C.C. 1.634 / feb. 14 v. feb. 20
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 2 de San Miguel, del Departamento Judicial de Gral. San Martín, sito en calle Pte. Perón 684, Localidad de Muñiz, Partido de San Miguel, Prov. de Bs. As., presidencia a cargo de la Dra. Graciela Alejandra García, Secretaría Única a cargo del Dr. Osvaldo Enrique Ruiz, en los autos caratulados "Migliore Brenda Casiana c/Loyat S.A. y otros s/Despido"
Expte. N 3441/11, que tramitan ante este Tribunal, cita y emplaza a la representante legal de LOYAT S.A. para que en el término de diez días comparezca a contestar la demanda entablada en su contra, bajo apercibimiento de tener por perdido el derecho a contestarla si no lo hicieren en término y declararla en su caso, rebeldeart. 59 y conc.
CPCC, 63 Ley 11.653. "San Miguel, 6 de octubre de 2011.
De la demanda entablada y de la documental acompañada, traslado a Loyat S.A., Villafaña Horacio Darío, Villafaña Sergio David, Fabbri Oscar, Paredes Pamela Natalia y Maciel María Angélica, a quienes se citan y emplazan para que la conteste dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de tener por perdido el derecho a contestarla si no lo hicieren en término y declararla en su caso, rebelde art. 59 y conc. CPCC, 63 Ley 11.653.
Notifíquese por cédula, con copias arts. 16, 17, 28 y conc.
Ley 11.653, Para notificaciones, martes y viernes, o el siguiente día hábil si fuere feriado arts. 16 y 17 Ley 11.653. Para el caso de presentarse la situación jurídica prevista en el 1 er. párr. del art. 53 ter de la Ley 11.653 y de corresponder, sin perjuicio de lo que se decida en el fondo del asunto, intímase a la empleadora para que dentro del plazo de contestación de la demanda, satisfaga los créditos que allí se mencionan, y que en su caso se adeudan, bajo apercibimiento de hacer efectivo lo dispuesto en dicho precepto legal, lo que se merituará en
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el momento procesal oportuno. Intímase a la parte demandada por el término de diez 10 días, para que manifieste si lleva libros de índole laboral y para que en caso afirmativo manifieste el lugar, días y horarios en donde los mismos podrán ser compulsados. Todo ello bajo apercibimiento de considerar que no lleva libros y, eventualmente, estar a lo dispuesto por el art. 39 de la Ley 11.653.
"Artículo 39. Cuando en virtud de una norma legal aplicable exista obligación de llevar libros, registros o planillas especiales de índole laboral, y a requerimiento judicial no se los exhiba o resulte que no reúne las exigencias legales y reglamentarias, incumbirá al empleador la prueba contraria si el trabajador o sus derechohabientes prestaren declaración jurada sobre los hechos que debieron consignarse en los mismos. En los casos en que se controvierta el monto o el cobro de remuneraciones en dinero o en especie, la prueba contraria a la reclamación corresponderá al empleador". Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana L. Lirusso, Juez del Trabajo." El presente trámite goza del beneficio de gratuidad, en los términos del art. 22 Ley 11.653, que se transcribe a continuación:" Los trabajadores o sus derechohabientes gozarán del beneficio de gratuidad. San Miguel, 18 de agosto de 2016. Osvaldo Enrique Ruiz, Secretario.
C.C. 1.638 / feb. 14 v. feb. 15


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado del Partido de Coronel Dorrego, Secretaría Única del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en autos "Andrade Vilma Alejandra c/Baiocco Luis Esteban s/AIimentos", Expte.
7034, cita y emplaza al Sr. BAIOCCO LUIS ESTEBAN por el plazo de cinco días, a fin que comparezca a hacer valer sus derechos en autos, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor de Ausentes que corresponda". Coronel Dorrego, 1 de febrero de 2017. Liliana Amali Faidel, Secretaria.
C.C. 1.640 / feb. 14 v. feb. 15
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a LUCAS DAMIÁN SANSI, DNI W 29.792.285, que en la causa N P-2984 caratulada "Sansi, Lucas Damián s/
Amenazas Calif. x Empleo de Armas en Conc. Real con Lesiones Leves" se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Campana, 4 de enero de 2017 Vistas y Considerando Resuelvo: 1
Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa N P-2984, respecto de Lucas Damián Sansi y en orden a los delitos de Amenazas Calificadas por haberse cometido mediante el empleo de armas, en concurso real con lesiones leves art. 163 inc. 6
C.P. imputado, de conformidad con lo reglado por los arts. 2, 59 inc. 3, 62 inc. 2, 63 y 67 del Código Penal. II
Dictar sobreseimiento total en la presente causa N
P02984, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por el art. 341 del C.P.P. III Dejar sin efecto la declaración de rebeldía dispuesta a fs. 111/112 respecto del aquí nombrado Lucas Damián Sansi y su Averiguación de Paradero y comparendo compulsivo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes.
IV Notificar a Lucas Damián Sansi de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP. Regístrese, notifíquese, y firme que sea cúmplase con las comunicaciones de Ley, y oportunamente archívese. Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez". Secretaría, 1 de febrero de 2017.
Marisa Paola Capurso, Secretaria.
C.C. 1.657 / feb. 14 v. feb. 20
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia N 5 del Departamento Judicial La Plata con domicilio en calle 58
N 822 1 Piso ente 11 y 12 de La Plata, Secretaría a mi cargo cita y emplaza por el término de cinco días a la Sra.
ESTELA ISABEL FAMOSO MARTÍNEZ, C.I. 5.247.022 a fin de que se presente en los autos caratulados "Quintana Norma Beatriz y otro/a c/Famoso Martínez Estela Isabel s/Guarda de Personas" a hacer valer sus derechos y contestar el traslado de la demanda efectuada por los Sres.
Norma Beatriz Quintana y Juan Secundino Ortigoza a los

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/02/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date15/02/2017

Page count14

Edition count3377

First edition02/07/2010

Last issue03/07/2024

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