Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/02/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

el cual podrá reeditarse la pretensión en proveimiento a los fines de un nuevo análisis sobre su procedencia.
Haciéndole saber que debe cesar en forma inmediata con todo acto de perturbación o intimidación contra el denunciante. Ello, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de Desobediencia, previsto y penado por el art. 239 del Código Penal. Notifiquese esta providencia en el día de la fecha al imputado; debiendo asimismo el Titular de la Comisaría de Dolores dejar debida constancia de las presentaciones que efectúe la denunciante poniendo en conocimiento la eventual violación de la misma y se las eleve al Juzgado. A fin del acabado; cumplimiento de lo dispuesto, adjúntese al oficio a librar copia auténtica de este despacho.-Regístrese y notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 27 de enero de 2017. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Vieyra Alberto Antonio en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado de la resolución dictada, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 27 de enero de 2017.
Natalia Tisnes, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.689 / feb. 14 v. feb. 20


POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en el marco de la I.P.P. N PP-03-00-004877-99/00 seguida a MARQUEZ, MIGUEL ÁNGEL s/ Abuso sexual con acceso carnal - Art.119 párr. 3ro, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio se desconoce, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 13 de diciembre de 2016, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos:
Resuelvo: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a Miguel Ángel Marquez, por haber operado la prescripción, en relación al delito Abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, previsto por el 119 inc. 3 y 42 Arts. 59, inc. 3; 62 inc.
2, y 323, inc. 1 del C.P.P.; 119 inc. 3 y 42 del Código Penal. Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 20 de enero de 2017. Autos y Vistos: Atento el estado de la presente, no contando con el domicilio actual del prevenido Miguel Ángel Márquez, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra.
Laura Inés Elías Juez de Garantías N 1. Dolores, 20 de enero de 2017. Lis G. Brestolli, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.691 / feb. 14 v. feb. 20
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Ana María Fernández, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata sito en calle Alte.
Brown 2046, 6 piso, Mar del Plata, Tel. 0223 4956666
int. 304/5, CP 7600, en Causa N 9710 seguida a CISNEROS JULIÁN MARTÍN por los delitos de "Robo en Grado de Tentativa; Robo en Grado de Tentativa; Hurto Agravado; Encubrimiento; Hurto", a los fines de solicitarle tenga bien publicar por el término de cinco días y sin cargo alguno art. 129 del C.P.P. la notificación que a continuación se transcribe: Señora Juez: Cumplo en informar a V.S. que en la presente causa debe presupuestarse como costas del proceso la suma de Pesos ciento cuarenta y tres $ 143, como correspondiente a gastos y tasa de justicia. Es todo cuanto puedo informar a V. S.
Secretaría, 27 de diciembre de 2016. Fdo. Dr. Gastón Francisco Andrieu, Auxiliar Letrado. Mar del Plata, 27 de diciembre de 2016. Autos y Vistos: Habiendo quedado firme el pronunciamiento dictado a fs. 470/477, ordénase la realización de las siguientes medidas: 3 Teniéndose presente lo informado por el Sr. Actuario y lo dispuesto por los arts. 530, 533 y ccdtes. del Cód. Proc. Penal, art.
7º de la Ley 4.552 y normativa fiscal vigente -Ley 14.653, fijase la suma de Pesos ciento cuarenta y tres $ 143 en concepto de costas del proceso, intimándose al obligado al pago en el término de cinco 5 días de notificado, bajo apercibimiento de Ley. Líbrese oficio. Fdo. Ana María Fernández, Juez". Mar del Plata, 1º de febrero de 2017.
María L. Villalba, Secretaria.
C.C. 1.702 / feb. 14 v. feb. 20

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 14 DE FEBRERO DE 2017

POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 13.902, I.P.P. N PP-0300-119462-06/00 seguida a MORENO DOMINGO FAUSTINO por el delito de Extorsión, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Víctor Hugo Nº 1065 de la Localidad de Ostende, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 30 de diciembre de 2016, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a Domingo Faustino Moreno, por haber operado la prescripción, con relación al delito de Extorsión Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2, 168 y 323, inc. 1 del C.P.P.. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 26 de enero de 2017. Atento lo que surge de la notificación de Domingo Faustino Sarmiento en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs.
As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P. Fdo.:
Dra. Laura Inés Elias Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 26
de enero de 2017. Natalia Tisnes, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.703 / feb. 14 v. feb. 20


POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a TOLEDO MAURO
MANUEL, poseedor del DNI N 38.950.691; nacido el 10/07/1994 en Avellaneda , hijo de Víctor Hugo Toledo y de Juana Valdez Lezcano, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la Causa Nro. 07-00-6255316 Registro Interno N 7.113, caratulada "Toledo Mauro Manuel s/ Desobediencia". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 29 de diciembre de 2016. En atención a lo que surge del informe de fs. 117 y fs. 120 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts.
129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 29 de diciembre de 2016. Delia M. Palmerini, Secretaria.
C.C. 1.704 / feb. 14 v. feb. 20
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a CISNEROS YANINA ELIZABETH, poseedor del DNI N 32.843.387, nacida el día 18 de enero de 1987 en Buenos Aires, hija de Nélida Elisa Cisnero, con último domicilio en la calle manzana 6, casa 193 del Barrio Obrero de Lomas de Zamora para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la N 07-00049245-16 Registro Interno N 7.008 caratulada "Cisneros Yanina Elizabeth s/ Amenazas Calificada", dejándose constancia que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 28 de diciembre de 2016. En atención a lo manifestado por el Sr. Defensor a fs. 84 y las reiteradas citaciones cursadas a la incusada de autos, sin que haya comparecido por ante esta Sede Judicial o justificado las mismas, cítesela por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su
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rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr.
Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 28
de diciembre de 2016. Romina Felisatti, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.705 / feb. 14 v. feb. 20


POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, Partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a MARTÍNEZ CLAUDIO
ANTONIO, poseedor del DNI N 34.738.875, nacido el día 17 de septiembre de 1989 en la Localidad y Partido de Ramos Mejía, hijo de Antonio Martínez y Silvia Barrera para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la Causa Nro. 07-00-65837-13 Registro Interno N
6.908, caratulada "Martínez Claudio Antonio s/ Robo".
Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lomas de Zamora, 28 de diciembre de 2016. En atención a lo que surge del informe de fs. 270 y lo manifestado por la Sra. Defensora a fs. 272 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará rebeldía arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr.
Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 28
de diciembre de 2016. Romina Felisatti, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.706 / feb. 14 v. feb. 20
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a FRANCO WALTER ELÍAS, Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la Causa Nº 177.717-3 Nº interno 973
seguida al nombrado en orden al delito de Hurto, cuya resolución infra se transcribe: "Banfield, 2 de febrero de 2017. Y Vistos: Esta Causa Nº 177717-00 Nº interno 973
del registro de este Juzgado y Nº 25/2002 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Franco, Walter Elías y Otros s/ Hurto" y Considerando:
Que la causa de referencia se trata un hecho de hurto presuntamente ocurrido el día 17 de noviembre del año 2000
en Avellaneda, hecho del que fuera víctima la Sra. María Elena Bianculli, la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 4 de febrero del año 2002 fs. 227, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338
del Ceremonial. Que a fs. 287 de la presente causa se decretó la rebeldía del imputado Franco Walter Elías. Que a fs. 437 el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, Dr. Jorge Michelini, planteó la prescripción de la acción penal. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la Ley 25.990.- En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en Causa Nº 5.429 caratulada "O.L.A. s/ Recurso de Casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de Orden Público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236;
311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:27?8 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, seto del 14-IV-2004, entre muchas otras". Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocu-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/02/2017 - Sección Judicial

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

CountryArgentina

Date14/02/2017

Page count11

Edition count3401

First edition02/07/2010

Last issue09/08/2024

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