Orden FOM/2872/2007, de 18 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a que se refiere la Orden FOM/1059/2007, de 10 de abril, para la realización de actividades relacionadas con las infraestructuras, sistemas de transportes y demás competencias del Ministerio de Fomento.

De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Convocatoria de subvenciones, Orden FOM/1059/2007, de 10 de abril (B.O.E de 23 de abril), de acuerdo con las Bases Reguladoras (Orden FOM/2434/2004, de 20 de julio, (B.O.E de 22 de julio), según la delegación de competencias de la Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre (B.O.E de 3 de noviembre), y siguiendo la Propuesta de Resolución formulada por la Comisión de Selección reunida el 24 de julio de 2007, Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Distribuir el crédito disponible de 670.700 euros para la concesión de las citadas subvenciones tal y como se indica en la Propuesta de Resolución de la Comisión de Selección.

Segundo.-Conceder las subvenciones que se recogen en el Anexo de esta Resolución, expresadas en euros, por haber sido las actividades reseñadas las que han obtenido una mejor valoración de la Comisión de Selección, según los criterios de valoración establecidos en la base octava de las Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones.Tercero.-Denegar todas las demás subvenciones solicitadas por haber obtenido, las actividades no propuestas, valoración insuficiente, inferior a las propuestas para subvención, o por concederse a la misma entidad otra actividad en la misma convocatoria (apartado tercero de la Orden FOM/1059/2007).Cuarto.-La motivación de la presente Resolución se halla en la valoración efectuada por la Comisión de Selección sobre la base de los informes y propuestas incorporadas al expediente y que han sido elevados a la misma por los representantes de cada uno de los órganos superiores del Departamento.Quinto.-Los adjudicatarios deberán presentar en el plazo indicado en la Convocatoria, hasta el día 20 de noviembre de 2007, la documentación indicada en las Bases reguladoras (Base Undécima de la Orden FOM/2434/2004).Sexto.-La concesión de las subvenciones se realiza sin perjuicio de la exigencia a los adjudicatarios del cumplimiento de cuantos requisitos y obligaciones se recogen en las Bases y en la Convocatoria de subvenciones.Séptimo.-Encomendar a la Secretaría de la Comisión de Selección que, con la colaboración de los diferentes órganos superiores del Departamento, coordine el seguimiento de las actividades subvencionadas y gestione los correspondientes pagos y demás trámites inherentes a la Resolución de la convocatoria de subvenciones.Octavo.-Esta Orden pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Lo que se comunica para conocimiento, cumplimiento y demás efectos.

Madrid, 18 de septiembre de 2007.-La Ministra de Fomento, P.D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria de Fomento, M.ª Encarnación Vivanco Bustos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 238 del Jueves 4 de Octubre de 2007. Otras disposiciones, Ministerio De Fomento.