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Examinado el expediente incoado a instancia de D. José Luis Morales
Morales, solicitando la inscripción de la "Fundación Paraíso sin Fronteras",
en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo)
y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29),
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por D. Manuel
Aniceto Marzabal y Doña Elisabeth Marie-Louise Aurore Mestre, en Barcelona,
el 9 de abril de 2002, según consta en la escritura pública número mil
setecientos treinta y ocho, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio
de Cataluña D. Vicente Pons Llacer, completada y subsanada en las
escrituras números cinco mil novecientos dieciséis, y cuatro mil trescientos
ochenta y siete, autorizadas por el mismo notario el 6 de noviembre de
2002 y el 1 de septiembre de 2003, respectivamente.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en 08025 Barcelona,
calle Cartagena, n.o 254 - 256 bajos, y su ámbito es estatal.
Tercero. Dotación.
Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta
mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido
totalmente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.
Cuarto. Fines de la Fundación.
En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la
escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero,
figuran como fines de la Fundación los siguientes: "La investigación,
desarrollo, estudio e implantación de técnicas y métodos relacionados con
el ámbito asistencial sanitario".
Quinto. Patronato.
El gobierno, representación y administración de la Fundación se
encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono
gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.
Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: D. Manuel
Aniceto Marzabal, Vicepresidentes: Doña Elisabeth Marie-Louise Aurore
Mestre y D. Amadeu Calvo Casal, Secretario: D. José Luis Morales Morales.
En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos
indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho
a fundar para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por
Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (B.O.E. de 6 de marzo).
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de
marzo).
La Orden de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, de 1 de
febrero de 2001 (B.O.E. del 9), en virtud de la cual se delegan en el Secretario
General Técnico del Departamento las competencias relativas al
Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.
Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del
Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las
Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la
idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional,
procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de
Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de
competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro,
subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción
de la "Fundación Paraíso sin Fronteras" en el Registro de Fundaciones
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:
Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento
de la denominada "Fundación Paraíso sin Fronteras", de ámbito estatal,
con domicilio en 08025 Barcelona, calle Cartagena, n.o 254 - 256 bajos,
así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los
antecedentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 20 de octubre de 2003.-P.D. (O. 1-Febrero-2001, BOE del 9),
el Secretario general técnico, José Luis Cádiz Deleito.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 283 del Miércoles 26 de Noviembre de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Educación, Cultura Y Deporte.