Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/10/2022 - Legislativo

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Periódico Oficial
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Victoria, Tam., miércoles 26 de octubre de 2022

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consumación del término de caducidad por inactividad procesal y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero. Las personas designadas conforme a la primera parte de este párrafo, deberán acreditar encontrarse legalmente autorizadas para ejercer la profesión de abogado, debiendo proporcionar los datos correspondientes de su cédula profesional o en su caso del registro del título profesional ante el Tribunal Superior de Justicia; en el entendido que el autorizado que no cumpla, perderá la facultad a que se refiere este punto en perjuicio de la parte que lo hubiese designado, y únicamente tendrá las que se indican en el párrafo tercero de este punto.
En caso de considerarlo necesario, el presunto responsable, podrá revocar la autorización a que se refiere el párrafo anterior.
Las partes podrán autorizar personas con capacidad legal solamente para oír y recibir notificaciones e imponerse de los autos, y no gozarán de las demás facultades a que se refieren los párrafos anteriores.
En los procedimientos de responsabilidad administrativa, ningún presunto responsable podrá ser representado por servidor judicial del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas.
En caso de que la parte que deba ser notificada haya autorizado a varias personas, bastará notificar a cualquiera de ellas.
Las notificaciones podrán hacerse personalmente, por lista, oficio, mensajería, telegrama o medio electrónico, como el fax o vía comunicación procesal; en cualquiera de esos casos deberá agregarse la constancia respectiva en el expediente.
Las notificaciones personales surtirán sus efectos al día hábil siguiente en que se realicen. Cuando la notificación se realice en día inhábil, surtirán sus efectos al día hábil siguiente en que se realicen.
Las notificaciones se tendrán por hechas a partir del día hábil siguiente en que surtan sus efectos.
Los servidores judiciales deberán informar cualquier cambio de domicilio, presentando el comprobante respectivo.
El Departamento de Personal deberá actualizar el expediente personal, en caso de que el servidor judicial dé aviso de un cambio de domicilio.
La notificación personal del emplazamiento al presunto responsable, tratándose de un servidor judicial, se hará en el órgano jurisdiccional o área administrativa en que se encuentre adscrito; salvo que haya dejado de laborar en el Poder Judicial del Estado de Tamaulipas o no esté en servicio activo por licencia, supuestos en los cuales la notificación se practicará en el último domicilio señalado por el servidor judicial, que conste en su expediente personal.
En el supuesto en que el presunto responsable sea un particular, el emplazamiento se realizará en el domicilio registrado en el expediente administrativo o jurisdiccional en el que el particular lo hubiere señalado. De no tenerse su domicilio o se ignore donde se encuentra el particular presunto responsable, la notificación se hará por edictos, que contendrán una relación sucinta de la materia del procedimiento de responsabilidad administrativa, y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el Estado, haciéndosele saber el plazo con el que cuenta para desahogar vista o dar contestación dentro del término de treinta días, a partir de la fecha de la última publicación, ante la autoridad substanciadora que la motive. Se fijará, además, en la oficina de la autoridad substanciadora, el mismo aviso, por el mismo tiempo. Si, transcurrido el plazo no comparece por sí o por persona que lo represente, se seguirá el procedimiento en rebeldía, haciéndosele las ulteriores notificaciones por lista, las cuales deberán contener, en síntesis, la determinación que ha de notificarse.
El quejoso, denunciante y el presunto responsable, según sea el caso, designarán, en su primera actuación, un domicilio para oír y recibir notificaciones, y en caso que no lo haga, las subsecuentes notificaciones serán por medio de los estrados de la Secretaría Ejecutiva.
Para que el emplazamiento se entienda realizado se les deberá entregar copia certificada del informe de presunta responsabilidad administrativa y del acuerdo por el que se admite; de las constancias del expediente de presunta responsabilidad administrativa integrado en la investigación, así como de las demás constancias y pruebas que hayan aportado u ofrecido las autoridades investigadoras para sustentar el informe de presunta responsabilidad administrativa.
Se notificará por lista conforme a lo previsto en el punto 15 de estos Lineamientos, aun cuando deban ser personales:
I. El emplazamiento, en caso de que el servidor público presunto responsable no sea encontrado en el último domicilio que conste en su expediente personal en el Departamento de Personal, y de ser así, además, el resto de las notificaciones; y II. Las notificaciones posteriores al emplazamiento, cuando por cualquier circunstancia las personas a que se refiere el tercer párrafo de este punto, no realicen la designación, cambien de domicilio sin dar aviso, o señalen uno falso.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/10/2022 - Legislativo

TitoloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaeseMessico

Data26/10/2022

Conteggio pagine15

Numero di edizioni4087

Prima edizione02/01/1999

Ultima edizione02/08/2024

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