Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 05/06/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.725
Salta, miércoles 5 de junio de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

DECRETOS
SALTA, 28 de Mayo de 2024
DECRETO Nº 331
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Expediente Nº 0110328-193470/2022-0 y agregados.
VISTO el recurso jerárquico interpuesto por la firma Minera del Altiplano S.A. en contra de la Resolución Nº 5/2023 de la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros, organismo dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Resolución se determinó la deuda que mantiene la firma Minera del Altiplano S.A. en adelante MDA en concepto de regalías mineras correspondientes a la explotación de las minas Litio I" y Litio II, por los períodos comprendidos entre el mes de agosto de 2019 hasta septiembre del 2022, en la suma de $215.745.576,50 pesos doscientos quince millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos setenta y seis con cincuenta centavos en concepto de capital más recargo del artículo 17 de la Ley Nº 6294 e intereses del artículo 17 de la Ley Nº 8229, calculados hasta el 28 de diciembre del 2022;
Que en contra de la resolución señalada, la empresa interpuso un recurso jerárquico directo en legal tiempo y forma, por lo cual resulta pertinente proceder a su tratamiento;
Que, en primer lugar, la recurrente sostiene que la deuda que se pretende exigir mediante la resolución impugnada resulta improcedente ante la falta de jurisdicción de la Provincia de Salta para efectuar la determinación de las regalías adeudadas por MDA por la explotación de las minas "Litio I" y "Litio II". Para fundar su agravio invoca la ausencia de determinación del límite interjurisdiccional con la Provincia de Catamarca en la zona donde se encuentran ubicadas las minas en cuestión;
Que tal como fuera señalado en las diversas resoluciones recaídas en actuaciones análogas a las de referencia, la pretensión de la recurrente resulta inadmisible;
Que de los antecedentes obrantes en autos, y de las referencias que en aquellos se realiza a otros expedientes administrativos, surge que la firma efectuó ante el Juzgado de Minas de la Provincia de Salta la manifestación de descubrimiento de las minas Litio I Expte.
Nº 14.629/1993 y Litio II Expte. Nº 14.630/1993, señalando en forma expresa que las mismas se encontraban ubicadas en el Salar del Hombre Muerto, Departamento de Los Andes de esta Provincia;
Que con posterioridad, en tales actuaciones judiciales, la empresa realizó numerosas presentaciones que daban cuenta sobre la ubicación de las mismas en el territorio de la Provincia de Salta;
Que de esta manera, la postura de la recurrente resulta manifiestamente contraria a la doctrina de los actos propios, por haber reconocido desde el primer momento la jurisdicción de la Provincia de Salta sobre el territorio donde se encuentran ubicadas las minas en cuestión;
Que es de advertir que la Provincia de Salta posee y ratifica su jurisdicción sobre el territorio en el cual se ubican las minas previamente mencionadas y que, no existe norma alguna que sustente los dichos de la firma al sostener que, frente a reclamos de una provincia vecina, la Provincia de Salta debe "suspender" las potestades que derivan de su
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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 05/06/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data05/06/2024

Conteggio pagine74

Numero di edizioni2022

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione12/07/2024

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