Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 17/08/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.294
Salta, miércoles 17 de agosto de 2022

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

el área de salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;
Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial;
Que de las constancias de autos surge que el paciente Chávez Bruno ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose el estado de necesidad y la objetiva razonabilidad para el otorgamiento del mismo;
Que la Dirección de Asistencia Médica, la Dirección General de Administración y Finanzas, la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud Pública, tomaron la intervención previa de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente Matías Simón Chávez Bruno, D.N.I Nº 38.652.198, por la suma de pesos ciento tres mil setecientos trece con cincuenta centavos $103.713,50, destinado a cubrir el costo de tratamiento médico, debiendo tomar intervención la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el correcto destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse al Curso de Acción: 081013000100 Gestión de Pacientes, Cuenta Objeto: 415123, Auxiliar:
1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - López Morillo Fechas de publicación: 17/08/2022
OP N: SA100042528

SALTA, 12 de Agosto de 2022
DECRETO Nº 628
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 0100261-29722/2022-0 y agregados VISTO el subsidio que se gestiona a favor de la paciente Inés Eudocia Marisol Ortega; y, CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de tratamiento médico para la mencionada paciente;
Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el área de salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos,
Pág. N 11

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 17/08/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data17/08/2022

Conteggio pagine92

Numero di edizioni2022

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione12/07/2024

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