Boletín Oficial de la República Argentina del 11/06/2013 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Martes 11 de junio de 2013
Suplentes:
1º: Diaz, Mónica Silvia 2º: Tolosa, Luis Alfredo
DNI Nº16.753.066
DNI Nº20.683.959

ComitE Central Titulares:
1º: Ballestero, Sergio 2º: Guitián, Hilda Noemí 3º: Gómez, Cecilia tesorera
DNI Nº16.321.819
DNI Nº22.785.116
DNI Nº28.750.928

Comision de disciplina Titulares:
1º: Silva, Mario Eduardo 2º: Chalup, Sara Ermelinda 3º: Poma, Mario
DNI Nº30.186.780
DNI Nº28.261.134
DNI Nº30.402.673

Suplente:
1º: Huertas, Hugo César
DNI Nº25.064.960
ComisiOn Fiscalizadora
Titulares:
1º: Gómez, Cecilia 2º: Daza, César Augusto 3º: Lencina, Florencia Luján
DNI Nº28.750.928
DNI Nº26.031.919
DNI Nº33.696.570

Suplente:
1º: Guitián, Cristina Anselma
DNI Nº13.844.509
Congresales Nacionales
1º: Ballestero, Sergio Enrique 2º: Gómez, Cecilia 3º: Guitan, Hilda Noemí 4º: Silva, Mario Eduardo 5º: Santillán, Carlos Humberto 6º: Lencina, Florencia Luján
DNI Nº16.321.819
DNI Nº28.750.928
DNI Nº22.785.116
DNI Nº30.186.780
DNI Nº21.319.261
DNI Nº33.696.570

Secretaría Electoral, 5 de junio de 2013.
Adolfo Aráoz Figueroa, Secretario Electoral, Distrito Salta.
e. 11/06/2013 Nº42219/13 v. 11/06/2013

PARTIDO ACUERDO FEDERAL
Distrito Tucumán
Resolución Nº944
38126/2013 PARTIDO ACUERDO FEDERAL, RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD JURI
DICOPOLITICA.
SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 31 DE MAYO
DE 2013.
Y VISTOS: para resolver en estos autos ca ratulados:
PARTIDO ACUERDO FEDERAL DISTRITO
RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD JU
RIDICO POLITICA, Expte. nº 038126/2013, de lo que, RESULTA:
A fs. 118 se presenta la Dra. Sofía Peyrel invo cando la condición de apoderada de la agrupa ción autodenominada Partido Acuerdo Federal y solicita que se le conceda la personería jurídi copolítica para su representada. Acompañan a fs. 1/16 Acta de Fundación y Constitución don de se designan Junta Promotora y apoderada, Declaración de Principios, Bases de Acción Po lítica y Carta Orgánica de la entidad.

ge que se ha superado el número de firmas de ciudadanos adherentes exigidos, esto es, cua tro mil 4000 firmas de ciudadanos inscriptos en el Padrón de Distrito y refrendadas por au toridad certificante partidaria. El Juzgado tiene por presentada a la apoderada y por iniciado los trámites tendientes al reconocimiento de personería, ordena los oficios, publicaciones y notificaciones que manda la ley, y convoca a la audiencia que establece el art. 62 de la ley or gánica de los partidos políticos.
Se encuentra agregada en autos: a fs. 245
oficio a la Excma. Cámara Nacional Electoral; a fs. 247/273, las notificaciones a los partidos po líticos actuantes en la jurisdicción; y, a fs. 246, la publicación en el Boletín Oficial de la Nación que determina el art. 14 de la Ley 23.298.
Realizada la audiencia convocada, solo se presenta la apoderada del partido de autos, ra tificando la solicitud de reconocimiento de per sonería provisoria efectuada fs. 274.
A fs. 275/276 obra dictamen fiscal que mani fiesta que corresponde conceder la personali dad solicitada por el partido de autos.
CONSIDERANDO:

A fs. 120/240 obran planillas de adhesiones.

Que presentada la Dra. Sofía Peyrel invocan do la condición de apoderada de distrito de la agrupación autodenominada Partido Acuerdo Federal solicita el reconocimiento de la perso nalidad jurídicopolítica de la misma.

A fs. 241 el Actuario informa que del análisis de las planillas de adhesiones presentadas sur
Acompaña a la petición la Declaración de Principios, Bases de Acción Política, Carta Or
BOLETIN OFICIAL Nº 32.658

gánica, Acta de Fundación y Constitución y pla nilla de adherentes con sus respectivas fichas.
El Actuario informa que del análisis de las planillas de adhesiones presentadas surge un total que supera el número de firmas de ciu dadanos adherentes exigidos, esto es, cuatro mil 4000 firmas de ciudadanos inscriptos en el Padrón de Distrito refrendadas por miembros de la Junta Promotora partidaria de acuerdo a las exigencias de ley para todos los partidos en formación en observancia de los arts. 6º y 61 de la Ley 23.298, Decreto 937/10 y 44 inc. 2. a y b del Código Electoral Nacional.
Examinadas las constancias de autos y se gún lo informado por el Actuario, el partido en formación ha cumplimentado con todos los re quisitos que establecen el art. 7, 13, 14 y 61 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos y De creto 937/10 para el reconocimiento provisorio de la personería jurídicopolítica.
Consecuentemente, atendiendo a las dispo siciones de la ley y a los fines de la obtención de la personería jurídico política definitiva, la agrupación deberá en un plazo de ciento cin cuenta 150 días, a partir de la fecha de reco nocimiento provisorio, acompañar la afiliación de un número de electores no menor a cuatro mil 4000 adjuntadas con las copias de docu mentos cívicos de identidad certificadas por autoridad partidaria, Juez de Paz o escribano público art. 7º bis inc. a y Decreto 937/10. Asi mismo en un plazo de ciento ochenta 180 días el partido deberá convocar y realizar elecciones definitivas de sus autoridades de acuerdo a su Carta Orgánica, en base a un padrón partidario cuyo número de afiliados no podrá ser inferior al cuatro por mil de los ciudadanos inscriptos en el padrón del distrito al momento de la convo catoria art. 7º bis inc. b de la Ley 23.298.
En consonancia con lo que dispone el inc. c del art. 7º bis de la Ley 23.298 dentro de los sesenta 60 días de haber obtenido el recono cimiento el partido deberá presentar los libros a que se refiere el art. 37 de mencionada ley a los fines de su rúbrica.
Los datos y las firmas de las fichas de afilia ción que se presenten para la confección del padrón partidario que se utilizará en el primer comicio interno deberán estar debidamente certificados por escribano público, juez de paz o ciudadanos designados por la autoridad par tidaria en el carácter de Certificantes. En este último caso, la nómina de Certificantes debe ser remitida al Juzgado con suficiente antela ción a la presentación de las fichas y los desig nados deberán apersonarse ante la Secretaría Actuaría con su documento de identidad, a fin de registrar su firma, datos y domicilio real arts.
23 y 61 Ley 23.298 y Decreto 937/10.
Conforme lo establece el art. 7 de la ley citada y el Pto. IV Anexo Acordada nº 25/11 C.N.E. los partidos con personería provisoria serán consi derados en formación por lo que no correspon de, hasta obtener la definitiva, la asignación de un número de identificación partidaria en tanto que el fin del número es la identificación de la agrupación en las boletas electorales al presen tar candidatos a cargos electivos lo que en esta etapa no está permitido.
Por lo expuesto, celebrada la audiencia con forme lo dispuesto por el art. 62 de la ley cit., no habiéndose efectuado observaciones en el transcurso de la misma, examinadas las cons tancias de autos y con conformidad del Minis terio Público, corresponde hacer lugar al reco nocimiento de la personalidad jurídicopolítica provisoria solicitada en autos.
Por todo ello, y oído el Sr. Fiscal Electoral, se RESUELVE:
Iº RECONOCER la personería jurídicopolí tica provisoria al Partido Acuerdo Federal art.
63 ley cit.
IIIº HACER SABER a la autoridades de la Junta Promotora que a los fines de la obten ción de la personería definitiva deberán presen tar: a dentro de un plazo de 60 días los libros a que se refiere el art. 37; b dentro de un plazo de ciento cincuenta 150 días, la afiliación de un número de electores no menor a cuatro mil 4000 acompañadas con copias de documen tos cívicos de identidad certificadas por autori dad partidaria, Juez de Paz o escribano público
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art. 7º bis inc. a y Decreto 937/10; y c dentro de un plazo de ciento ochenta 180 días haber realizado elecciones internas para constituir au toridades definitivas del partido.
IVº PUBLICAR por un 1 día en le Boletín Ofi cial de la la Nación el presente auto y la Carta Orgánica Partidaria art. 63 Ley 23.298
HAGASE SABER.
Dr. Raúl Daniel Bejas, Juez Federal de Tucu mán, con competencia electoral.
e. 11/06/2013 Nº42110/13 v. 11/06/2013

MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR
Distrito Catamarca
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMAR
CA, 31 de mayo de 2013.
Fallo Nº: 803
Y VISTO:
El pedido de reconocimiento para actuar como Partido de Distrito formulado por la agru pación política MOVIMIENTO LIBRES DEL
SUR en los autos Nº66/12 caratulados MOVI
MIENTO LIBRES DEL SUR s/rehabilitación de la personalidad política.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 10, se presenta el ciudadano Jorge Rubén Carrizo DNI nº 14.058.891, quien ha sido designado en conjunto con el ciudadano Ro berto Raimundo Vargas DNI nº 29.010.629 en el carácter de Apoderado de la agrupación polí tica MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR Acta de Fundación punto e solicitando la rehabilita ción de la personería política de la menciona da agrupación. Acompaña el Acta Fundacional agregada a fs. 1 donde figuran los Miembros del Congreso partidario, que son los siguien tes ciudadanos: Jorge Rubén Carrizo, Felipe Gerardo Zeballos, Verónica Acevedo, Mariela Solohaga, Omar Antonio Herrera, Mario Andrés Carrizo, Cristina Reyes, Luis Tomás Herrera y Juana Elena Herrera. Surge del acta que decide nominar a los integrantes de la Junta Promotora del Partido Movimiento Libres del Sur a los si guientes ciudadanos: Jorge Rubén Carrizo DNI
nº 14.058.891, Roberto Edmundo Vargas DNI
nº 29.010.629 y Carlos Rubén González DNI nº 12.320.984. Constituyen domicilio legal en calle Martín de Moussi nº 367 de esta Ciudad Capital de Catamarca.
Que a fs. 2 y 3 se encuentran agregadas la Bases de Acción Política y la Declaración de Principios, y la Carta Orgánica Partidaria que es agregada a fs. 4/9.
Que a fs. 11 luce informe de Secretaría Elec toral en el que se consigna la fecha, que se produjo la caducidad del Partido que nos ocu pa 27102010, informándose también la can tidad de afiliados con que contaba hasta ese momento, surgiendo la cantidad de trescientas sesenta y seis 366 fichas de afiliación reser vadas en sede de la Secretaría Electoral; Que también obra la certificación de firmas en la do cumentación presentada por los integrantes de la junta promotora y la ratificación de las firmas de todos los integrantes del Congreso Partida rio del distrito lo cual se encuentran obrantes a fs. 75/80.
Que a fs. 18 se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Nación por tres días del edicto fs. 21/22, cuyas constancias se encuen tran agregadas a fs. 86/87, y la comunicación a la Excma. Cámara Nacional Electoral, en los términos de la Acordada nº 81/90. A fs. 20 se cumple con lo ordenado, Asimismo se comuni ca a todos los Distritos Electorales del País, en contrándose agregados los oficios respectivos a fs. 23/45, y la notificación a los Sres. apodera dos de todos los partidos políticos reconocidos y en formación del Distrito a los efectos de la oposición que pudieran formular sobre la pre sentación de esta agrupación política, obran do las respectivas cédulas de notificación a fs.
46/74.
Que a fs. 81/83 corre agregada la designación y aceptación al cargo del certificador partidario,

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/06/2013 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data11/06/2013

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione10/07/2024

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