Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2023 - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 35.310 - Primera Sección
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Viernes 1 de diciembre de 2023

implementar, los cuales deberán -entre otrosgarantizar la correcta identificación del cliente, la inalterabilidad, trazabilidad y disponibilidad de la información relativa a las órdenes impartidas, los procedimientos de resguardo de la información y planes de contingencia, así como el cumplimiento de requisitos que aseguren la seguridad y continuidad operativa de los sistemas informáticos empleados en las distintas modalidades de contacto.
Que ello resulta fundamental a fin que el inversor posea un adecuado conocimiento de las pautas y condiciones al momento de efectuar una operación y/o transacción, si la misma se encuentra regulada por esta CNV, así como también una clara identificación de las partes intervinientes.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 19, incisos d, g, s y u y 47
de la Ley N26.831 .
Por ello, LACOMISIÓN NACIONAL DEVALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Establecer la aplicación del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, aprobado por el Decreto Nº 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre PROYECTO REGLAMENTACIÓN DEL TITULO VII DE LAS NORMAS
CNV EN LO RELATIVO A MODALIDADES DE CAPTACIÓN DE ÓRDENES, MODALIDADES DE CONTACTO CON
LOS CLIENTES Y ACCIONES DE PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS POR LOS AGENTES Y
TITULO XV DE LAS NORMAS CNV N.T. 2013 Y MOD., tomando en consideración el texto contenido en el Anexo I IF-2023-141867392-APN-GALCNV, que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- Designar a la Dra. Elizabet Geraldine MARTÍNEZ para dirigir el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas conforme al Decreto N1172/2003.
ARTÍCULO 3.- Autorizar a ingresar las opiniones y/o propuestas y a tomar vista del Expediente N EX-2023139601360- -APN-GAYMCNV a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 4.- Aprobar el Formulario que como Anexo II IF-2023-141868606-APN-GALCNV forma parte integrante de la presente Resolución, como modelo para ingresar las opiniones y/o propuestas a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 5.- Fijar un plazo de QUINCE 15 días hábiles para realizar la presentación de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.
ARTÍCULO 6.- Publíquese la presente Resolución General por el término de DOS 2 días en el Boletín Oficial de la República Argentina, cuya entrada en vigencia será a partir del día siguiente al de su última publicación.
ARTÍCULO 7.- Regístrese, publíquese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv y archívese.
Mónica Alejandra Erpen - Martin Alberto Breinlinger - Jorge Berro Madero - Sebastián Negri NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.
boletinoficial.gob.are. 30/11/2023 N97631/23 v. 01/12/2023

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2023 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data01/12/2023

Conteggio pagine214

Numero di edizioni9387

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione05/07/2024

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