Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.112 - Primera Sección
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Lunes 13 de mayo de 2019

Nº5364 entre vías del Ferrocarril y Avenida Dorrego, Parada Ministro Carranza, del Ramal GM.1 de la ex línea Mitre, ubicado en una zona estratégica de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que, en otro orden de ideas, el inmueble detallado a continuación fue incluido en la presente en razón de solicitudes efectuadas por Jurisdicciones o Entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo y que requirieron inmuebles para cubrir diversas necesidades edilicias relacionadas con sus funciones.
Que en ese sentido, la Ley Nº5.799 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES dispuso la reurbanización, zonificación e integración social, cultural, ambiental y urbana del Barrio denominado Playón Chacarita; ello basado en los principios de igualdad, de justicia espacial, de integración, de no discriminación y del derecho a la Ciudad, mediante la implementación de medidas que permitan superar las condiciones de vulnerabilidad social de los habitantes del barrio con el fin de lograr una inclusión social plena y permanente.
Que a fin de viabilizar tales propósitos, el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES cuenta con un Permiso de Uso Precario aprobado mediante la Resolución de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO Nº8 de fecha 9 de enero de 2017, respecto del inmueble ubicado en Avenida Elcano N4114 y 4200, calle Guevara, calle Céspedes, calle Fraga, calle Teodoro García, Avda. Federico Lacroze y vías del Ferrocarril Gral. Urquiza, Ramal UA Parte del cuadro de Estación Federico Lacroze de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que en ese contexto, el 22 de agosto de 2017 se suscribió un Convenio Marco de Colaboración Proyecto de Reurbanización Barrio Playón Chacarita, entre el INSTITUTO DE VIVIENDA de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la entonces SECRETARÍA DE VIVIENDA Y
HÁBITAT, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que mediante el mencionado Convenio Marco, las partes se han comprometido a coordinar esfuerzos para lograr la reurbanización del Barrio Playón Chacarita, generando una mejor accesibilidad, construcción de viviendas, mejora de servicios públicos y regularización dominial, todo ello a fin de integrar el barrio al diagrama urbano de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que en función de los antecedentes expuestos, resulta pertinente autorizar a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN
DE BIENES DEL ESTADO a disponer y enajenar los inmuebles del ESTADO NACIONAL detallados en el ANEXO
del presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº2670 del 1º de diciembre de 2015 y sus modificatorios, a disponer y enajenar los inmuebles del ESTADO NACIONAL que se detallan en el ANEXO IF-2019-41809152-APN-AABEJGM que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MACRI - Marcos Peña NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 13/05/2019 N32484/19 v. 13/05/2019

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/05/2019 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/05/2019

Conteggio pagine82

Numero di edizioni9399

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione17/07/2024

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