Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2017 - Primera Sección

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Primera Sección
Jueves 16 de marzo de 2017

Que resulta procedente señalar que la firma licenciataria ha presentado la documentación técnica definitiva del servicio, la cual ha sido aprobada por la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES mediante TRECNC 16177/2008, de fecha 16 de mayo de 2008.
Que se ha dado debido cumplimiento a las prescripciones contempladas por la Resolución Nº2423-SC/99, modificada por su similar N1619-SC/99, modificada esta última por Resolución Nº407-SC/00.
Que por TRECNC 16177/2008, de fecha 21 de septiembre de 2012, la mencionada ex COMISIÓN
NACIONAL ha comunicado que, analizado el Certificado de Inspección Técnica, el mismo resulta de aceptación.
Que la licenciataria deberá cumplimentar lo dispuesto por la Resolución Nº3690-CNC/04, respecto de la presentación de mediciones de radiaciones no ionizantes.
Que consecuentemente, deviene procedente habilitar el servicio en cuestión, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 84 de la Ley N26.522.
Que ello así, resulta procedente requerir la intervención del área competente a efectos de devolver la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constituida.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 12, inciso 6, y 84 de la Ley Nº26.522 y lo acordado en el Acta Nº17, de fecha 17 de febrero de 2017.
Por ello, EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 HABILÍTANSE las instalaciones correspondientes al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRK 958, de la localidad de FERNANDEZ, provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, cuya licencia fuera adjudicada por Resolución Nº192- COMFER/07 a la firma PRODUCCIONES Y MEDIOS UNIVERSAL SOCIEDAD ANÓNIMA, integrada por los señores Roberto CURA D.N.I. Nº17.438.427 titular de CINCUENTA MIL 50.000.-
acciones, y Ramón Alejandro VALDEZ D.N.I. N24.346.772, titular de CINCUENTA MIL 50.000.-
acciones, de un total de CIEN MIL 100.00.- acciones que componen el capital social, en la frecuencia 89.7 MHz., canal 209, categoría E, cuyos estudios y planta transmisora se encuentran emplazados en el domicilio sito en la calle Godoy Cruz S/Nº, de las citadas localidad y provincia, correspondiendo las coordenadas geográficas Latitud Sur: 27º 55 17 y Longitud Oeste: 63º 53 57.
ARTÍCULO 2 Establécese que la licenciataria deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº3690-CNC/04.
ARTÍCULO 3 Procédase a la devolución de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constituida.
ARTÍCULO 4 Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Miguel Angel De Godoy.
e. 16/03/2017 N15197/17 v. 16/03/2017

ENTE NACIONAL DECOMUNICACIONES
Resolución 1623-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017
VISTO el Expediente Nº2.381/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes Nº4.043/1999, 4.162/2007, 4.149/2012 del Registro de la entonces COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes N153/2017, 156/2017, 596/2017, 631/2017, 632/2017, 633/2017, 634/2017, 635/2017, 636/2017, 637/2017, 789/2017, 1156/2017, 1310/2017, 1691/2017, 2267/2017, 2269/2017, 2342/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES,y
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.586

DOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02794505-APNDNAYRTENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2 Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO
DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02794498-APN-DNAYRTENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3 Otórgase la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a los solicitantes cuyos detalles se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO IF-2017-02794486-APN-DNAYRTENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4 Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente Resolución, deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.
ARTÍCULO 5 Déjase establecido que las inscripciones otorgadas por los Artículos 1º y 3º tienen una validez de TRES 3 años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA 30
días corridos previos al vencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I de la Resolución Nº729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE
COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 6 Déjase establecido que las inscripciones otorgadas por el Artículo 2º tienen una validez de TRES 3 años contados a partir de la fecha de la presente resolución, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA 30 días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.
ARTÍCULO 7 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Miguel Angel De Godoy.
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones Expediente EXPENACOM
631/2017
EXPENACOM
632/2017
EXPENACOM
633/2017
EXPENACOM
634/2017
EXPENACOM
635/2017
EXPENACOM
636/2017
EXPENACOM
637/2017
EXPENACOM
1691/2017

Marca
Modelo
MEDTRONIC

ACTIVA PC

MEDTRONIC

PrimeAdvanced
MEDTRONIC

RestoreSensor SureScan MRI

MEDTRONIC

ACTIVA RC

MEDTRONIC

37602

MEDTRONIC

8637-40

MEDTRONIC

8637-20

MATRIX

SARVAM /
ETERNITY GENX

Que mediante Resolución Nº729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del Registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y modificatoria, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones RAMATEL y se aprobó su Reglamento.
Que mediante Resolución Nº784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones RAMATEL la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.
Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado el otorgamiento de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones RAMATEL.
Que los requirentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N267/2015
y el Acta N1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello, EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Otórgase la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERA-

ERICNET S.A.,
H-17372

H-17318
H-17439
H-17430
H-17431
H-17432
H-17433
H-17434

Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones Expediente EXPENACOM
153/2017
EXPENACOM
156/2017
EXPENACOM
596/2017
EXPENACOM
789/2017
EXPENACOM
1156/2017
EXPENACOM
1310/2017
EXPENACOM
2267/2017
EXPENACOM
2269/2017

Marca CISCO
CISCO

Modelo AIR-AP2802EA-K9
AIR-AP3802EA-K9

GoPro
KWBH1

SIGFOX

SBS-T-902 v2.2

REALTEK

RTL8188EE

CISCO

Z1-HW

LG

LG-M400AR

LG

LG-X230AR

Solicitante CISCO SYSTEMS
ARGENTINA S.A., CISCO SYSTEMS
ARGENTINA S.A., DISTECNA.COM
S.A., VELOCOM
ARGENTINA S.A., KODAK ALARIS
S.A.I.C., CISCO SYSTEMS
ARGENTINA S.A., ELECTRONIC
SYSTEM S.A., BRIGHTSTAR
FUEGUINA S.A.,
NºRegistro C-17269
C-17286
C-17326
C-17438
C-17415
C-17367
C-17427
C-17428

IF-2017-02794498-APN-DNAYRTENACOM

Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N1088.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

NºRegistro
ANEXO

Que los Informes vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.

Que finalmente cabe tener presente que mediante Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº2 de fecha 1 de febrero de 2016 se delegó en su Presidente la firma de las inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

Solicitante MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC., MEDTRONIC LATIN
AMERICA INC.,
IF-2017-02794505-APN-DNAYRTENACOM

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO
DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nº27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y la ex AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

55

ANEXO
Inscripciones en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones Expediente
Documento
Solicitante
EXPCNC E 4043/1999

CUIT 30-65998023-8

EXPCNC 4162/2007

CUIT 30-64722711-9

EXPCNC 4149/2012

CUIT 30-51742430-3

EXPENACOM 2342/2017

CUIT 30-70997078-6

PLANEX S.A., FINNING
ARGENTINA S.A., SCANIA
ARGENTINA S.A., TERMOMETRIA
ARGENTINA S.A.,
Reg.
Comercialización 30-2285
30-2286
30-2288
30-2287

IF-2017-02794486-APN-DNAYRTENACOM
e. 16/03/2017 N15528/17 v. 16/03/2017

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/03/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/03/2017

Conteggio pagine56

Numero di edizioni9414

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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