Boletín Oficial de la República Argentina del 14/11/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 14 de noviembre de 2016
Alcance: Título III Operaciones Especiales - Zona 1
Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

Promedio de las Remuneraciones $11.554,63
$12.103,72

Tope indemnizatorio Resultante $34.663,89
$36.311,16

Promedio de las Remuneraciones $15.916,85
$16.673,38

Tope indemnizatorio Resultante $47.750,55
$50.020,14

Alcance: Título III Operaciones Especiales - Zona Marina Sur Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

Promedio de las Remuneraciones $17.658,81
$18.498,21

Tope indemnizatorio Resultante $52.976,43
$55.494,63

Alcance: Título IV Exploración Geofísica - Zona 5
Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

Promedio de las Remuneraciones $6.082,69
$6.472,33

Tope indemnizatorio Resultante $18.248,07
$19.416,99

Promedio de las Remuneraciones $10.197,85
$10.682,55

Tope indemnizatorio Resultante $30.593,55
$32.047,65

Promedio de las Remuneraciones $14.044,52
$14.711,87

Tope indemnizatorio Resultante $42.133,56
$44.135,61

Alcance: Título IV Exploración Geofísica - Zona Marina Sur Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

ARTÍCULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL LABORALES N439 del 30 de junio de 2016 y registrado bajo el N473/16 suscripto entre el SINDICATO OBREROS DE RECOLECCIÓN Y BARRIDO, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE LIMPIEZA Y AFINES ADEL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO IF-2016-01974482-APN-SECTMT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para la intervención correspondiente.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3 Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ANEXO
Partes Signatarias: SINDICATO DE OBREROS DE RECOLECCIÓN Y BARRIDO c/ASOCIACIÓN
DE EMPRESAS DE LIMPIEZA Y AFINES
CCT N576/10
Fecha de entrada en vigencia 01/07/2016
01/09/2016

Alcance: Título IV Exploración Geofísica - Zona Marina Norte Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

EL SECRETARIO
DE TRABAJO
RESUELVE:

Expediente N224-564255/16

Alcance: Título IV Exploración Geofísica - Zona 1
Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

43

Por ello,
Alcance: Título III Operaciones Especiales - Zona Marina Norte Fecha de entrada en vigencia 01/12/2015
01/01/2016

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.503

Promedio de las Remuneraciones $11.261,22
$12.212,44

Tope indemnizatorio Resultante $33.783,66
$36.637,32

IF-2016-01974482-APN-SECTMT
Expediente N564.255/16
Buenos Aires, 18 de octubre de 2016

Promedio de las Remuneraciones $15.558,60
$16.298,03

Tope indemnizatorio Resultante $46.675,80
$48.894,09

IF-2016-01764873-APN-SECTMT
Expediente N1.702.966/15
Buenos Aires, 04 de Octubre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N 562/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 449/16 T. LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 643 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2016
VISTO el Expediente N224-564.255/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N439 del 30 de junio de 2016, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 92/95 del Expediente N224-564.255/16 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO OBREROS DE RECOLECCIÓN Y BARRIDO, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE LIMPIEZA Y AFINES ADEL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N576/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución Ss.R.L
N439/16 y registrado bajo el N473/16, conforme surge de fojas 128/129 y 132, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 140/140 vta. y 141/142, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto N357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N 643/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 473/16 T. LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/11/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data14/11/2016

Conteggio pagine44

Numero di edizioni9389

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione07/07/2024

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