Boletín Oficial de la República Argentina del 14/09/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 14 de septiembre de 2016

Primera Sección
Concursos Oficiales Nuevos 8

Avisos Oficiales Nuevos 8
Anteriores 34

Convenciones Colectivas de Trabajo 34

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.461

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Que en el escrito de mejora de fundamentos la sociedad NOTARIA S.C.A. reitera el planteo de inconstitucionalidad de la Decisión Administrativa cuestionada e invoca el efecto expansivo y vinculante de las sentencias de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, concluyendo que los actos impugnados deben ser revocados en base a la doctrina del fallo de ese Tribunal recaído en la causa Selcro S.A. c/Jefatura de Gabinete de Mos., Decisión 55/00 Dto. 360/95 y 67/96 s/amparo Ley 16.986.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN se ha expedido con posterioridad respecto de casos análogos en Dictámenes 262:176 y 280:143, destacando que en el sistema constitucional argentino las sentencias que dictan los jueces carecen de efectos erga omnes.
Sus alcances se circunscriben, por vía de principio, al caso concreto sobre el cual han recaído v. Fallos 12:372, 95:51, 115:163 y 306:1125 y no obligan sino en las causas para las cuales se han dictado v. Fallo 304:898, advirtiendo que, tal como lo ha sostenido nuestro más Alto Tribunal, la declaración de invalidez constitucional no supone la derogación de una ley, sino tan solo la imposibilidad de aplicarla al caso que ha sido materia de juzgamiento v. Fallos 319:1524.
Que cabe concluir que el fallo de nuestro más Alto Tribunal que invoca la peticionante en abono a su derecho carece de efectos vinculantes o de valor de cosa juzgada respecto del caso de que aquí se trata.
Que en consecuencia, y ante la inexistencia de nuevas constancias o argumentaciones que permitan desvirtuar la decisión adoptada por conducto de la Decisión Administrativa antes citada, el recurso jerárquico implícito en el de reconsideración deducido en las actuaciones citadas en el Visto, debe ser desestimado.

Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete en los términos del artículo 92 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

Decreto 1011/2016

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

JUSTICIA
Acéptase renuncia.
Buenos Aires, 13/09/2016

Que el presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991.

VISTO el Expediente NºEX-2016-00593556-APN-DDMIPMJ del registro del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
Por ello,
CONSIDERANDO:
Que el señor doctor Héctor Alberto ZUCCHI, ha presentado su renuncia, a partir del 1º de octubre de 2016, al cargo de JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N1 DE
ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE.
Que es necesario proceder a su aceptación.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Acéptase, a partir del 1 de octubre de 2016, la renuncia presentada por el señor doctor Héctor Alberto ZUCCHI D.N.I. Nº 7.600.960, al cargo de JUEZ DEL JUZGADO
FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N1 DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE.
ARTÍCULO 2º Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Germán C. Garavano.

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Desestímase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto indirectamente a través del cuestionamiento a la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la boleta de pago de la tasa anual correspondiente al período 2009 emitida por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, por la firma NOTARIA S.C.A., contra la Decisión Administrativa Nº46 del 24 de abril de 2001.
ARTÍCULO 2º Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por el artículo 100.
ARTÍCULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. MACRI. Germán C. Garavano.

SECRETARÍA GENERAL
Decreto 1012/2016

Prorrógase designación en la Dirección Museo Casa Rosada.

Decreto 1013/2016

Buenos Aires, 13/09/2016

Desestímase recurso.

VISTO el Expediente NºS04:0006527/2011 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
VISTO el Expediente CUDAP-S01:0131506/2016 del registro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Decretos Nros. 648 del 26 de mayo de 2004 y sus modificatorios, 1314 del 1 de agosto de 2012, 2098 del 3 de diciembre de 2008, y sus modificatorios, 1290
del 3 de julio de 2015, 227 del 20 de enero de 2016 y 692 del 18 de mayo de 2016, las Resoluciones S.G. Nros. 56 del 28 de enero de 2005 y sus modificatorias y 1278 del 20 de septiembre de 2011 y la Resolución Conjunta ex S.G. y C.A. - S.H. N5 y N24 del 29 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que a través de los Decretos Nros. 360 del 14 de marzo de 1995 y 67 del 24 de enero de 1996, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó sendos regímenes de tasas por la prestación de servicios a cargo de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del ex MINISTERIO DE
JUSTICIA, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que mediante el Decreto N1314/12 se designó, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a la Museóloga Adriana Marta MARE en el cargo de Coordinadora de Curaduría de la DIRECCIÓN MUSEO CASA ROSADA de la SUBSECRETARÍA GENERAL
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el artículo 59 de la Ley Nº25.237 Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2000 ratificó lo dispuesto en los artículos 8º, 9º y 12 del Decreto Nº360/95, como así también hasta la fecha de promulgación de dicha Ley, lo preceptuado en el Decreto Nº67/96.

Que por el Decreto N1290/15 se prorrogó en último término dicha designación, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles.

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS

Buenos Aires, 13/09/2016

Que asimismo, la referida norma legal facultó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a establecer los valores o escalas a aplicar para la fijación del importe de las tasas a percibir por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, para determinar los procedimientos relacionados con su pago y fijar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
Que en ejercicio de dicha facultad, fueron dictadas las Decisiones Administrativas Nros. 55 del 18 de mayo de 2000 y 46 del 24 de abril de 2001.
Que la firma NOTARIA S.C.A. ha impugnado por vía indirecta las disposiciones de la Decisión Administrativa N46/01, a través del cuestionamiento de la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la boleta de pago de la tasa anual emitida por la INSPECCIÓN GENERAL DE
JUSTICIA, correspondiente al período 2009.
Que el respectivo recurso de reconsideración, que lleva implícito el jerárquico en subsidio, fue tramitado en el marco de las previsiones de los artículos 73 y 75 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, y desestimado por conducto del artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº1027 del 18 de noviembre de 2013.
Que corresponde encuadrar la impugnación interpuesta como recurso jerárquico implícito en el de reconsideración interpuesto en forma directa contra el acto de aplicación de la Decisión Administrativa Nº46/01, e indirectamente contra dicho acto de alcance general, en los términos de los artículos 73 y 83 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O.
1991, cuya resolución compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL en base a las previsiones de los artículos 73, 88 y 90 segunda parte del mismo reglamento.

Que por el Decreto N648/04 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político, modificándose la misma por el Decreto N692/16.
Que por la Resolución S.G. N56/05 se aprobó la estructura organizativa del segundo nivel operativo de la jurisdicción citada en el párrafo precedente.
Que a través de la Resolución S.G. N1278/11 se aprobó la Coordinación de Curaduría en el ámbito de la DIRECCIÓN MUSEO CASA ROSADA de la SUBSECRETARÍA GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por la Resolución Conjunta mencionada en el Visto se incorporó en el nomenclador de Funciones Ejecutivas cargos de dicha Secretaría entre los que se encuentra la Coordinación de Curaduría.
Que, por otra parte, el Decreto N227/16 delimitó las competencias de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en dicho sentido, el mencionado Decreto estableció, en su artículo 10 que: Toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/09/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data14/09/2016

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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