Boletín Oficial de la República Argentina del 13/04/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 13 de abril de 2016

BOLETIN OFICIAL Nº 33.356

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

la República Argentina. Su domicilio legal queda constituido en la calle Richieri n553 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, República Argentina.

SUPERINTENDENCIA DERIESGOS DELTRABAJO
La Superintendencia de Riesgos de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo 19.549, Decreto 1759/72 Art. 42 y concordantes, notifica a los siguientes beneficiarios y/o damnificados, que deberán presentarse dentro de los cinco 5 días posteriores a la presente publicación, en los domicilios que más abajo se detallan, con el objeto de obtener nuevos turnos para la realización de estudios complementarios o informes realizados por especialistas, necesarios para completar el trámite iniciado. Se deja constancia que ante la incomparecencia se procederá al estudio de las actuaciones con los informes obrantes en ellas, disponiendo la RESERVA y archivo de las actuaciones o la emisión del DICTAMEN MEDICO, según corresponda. Publíquese durante tres 3 días en el Boletín Oficial.
TITULAR
BARBONA FORTUNATO

C.U.I.L.

NEXPEDIENTE

CM

20-12871454-6

030-P-00441/15

030

CAUSA
DIRECCIÓN
INEXISTENTE

40

DOMICILIO DONDE
DEBERÁ PRESENTARSE
BUENOS AIRES 1456 CORRIENTES

Cdor. FERMIN JOSE RICARTE, A/C Gerencia de Administración de Comisiones Médicas.
JUAN PABLO RODRIGUEZ, Coordinador de Enlace, CCMM de Interior.
e. 12/04/2016 N21737/16 v. 14/04/2016

Artículo 2: La finalidad y objetivos de la asociación, son los siguientes: A Lograr, sostener y defender las reivindicaciones morales, intelectuales y/o culturales de sus afiliados, facilitando la unión y agremiación de todos los trabajadores del gremio. B Bregar para terminar con la explotación de los trabajadores, incorporando al sindicato y a sus hombres en la misión histórica que desempeña el movimiento obrero organizado en la construcción de una sociedad más justa y solidaria. C Adoptar las medidas de lucha que el sindicato crea conveniente y que las circunstancias aconsejen en defensa de sus fines y objetivos. D Propiciar y concretar convenciones colectivas de trabajo y proponer a la sanción de leyes y normas legales que tiendan al mejoramiento de las condiciones laborales, sociales, económicas, técnicas y culturales de los afiliados. E Desarrollar la organización sobre la base de los principios de unidad, solidaridad y democracia sindical. F
Promover la implantación del servicio médico y odontológico; colonias y campamentos para vacaciones y recreación, instituir seguros colectivos, subsidios por enfermedad, servicios mutuales, cooperativas, bibliotecas, etc. G Adherir a federaciones y confederaciones o desafiliarse cuando así lo resuelva la asamblea de afiliados. H Defender los intereses profesionales de los trabajadores que agrupa y representarlos ante sus empleadores, autoridades y demás personas o entidades ante las cuales es menester ejercer dicha representación. I Destinar un porcentaje de la recaudación de la cuota sindical para implementar un fondo de huelga permanente. J Luchar por la unidad efectiva entre trabajadores ocupados y desocupados.
Artículo 14: el Sindicato será dirigido y administrado por una comisión directiva compuestas por ocho 8 miembros titulares, que desempeñaran los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Actas, 4 Secretario Administrativo Tesorero, dos 2 Vocales Titulares. Se completara de dos 2 Vocales Suplentes que solo integraran la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares.
Artículo 16: El mandato de los miembros de la Comisión Directiva es de cuatro 4 años.
Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

ASOCIACIONES SINDICALES

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA UNIÓN DE EDUCADORES DE FLORENTINO
AMEGHINO, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T. E. Y S.S. N1080/15.
ARTÍCULO 1: UNION DE EDUCADORES DE FLORENTINO AMEGHINO adherido/a a la Federación de Educadores Bonaerense Domingo Faustino Sarmiento Personería Gremial N1311/72, fundado/a en la ciudad de Ameghino el 05/02/2002, es una asociación sindical de primer grado, con domicilio legal en la calle 5 N533 de la ciudad de Ameghino, Provincia de Bs. As.
ARTÍCULO 2: Su zona de actuación comprende el partido de Florentino Ameghino agrupando al personal docente de todas las ramas y jerarquías de la enseñanza que se desempeñe en relación de dependencia en establecimientos oficiales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.-

SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS
MUNICIPALES DE VILLA ELISA A.O.E.M.V.E., APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T.E. Y
S.S. N1331/15.
ARTÍCULO 1 En la Ciudad de Villa Elisa, Departamento Colon, Provincia de Entre Ríos, se constituye la Asociación Gremial de primer grado y que se denominara ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE VILLA ELISA A.O.E.M.V.E., que agrupará a los trabajadores en relación de dependencia con el Municipio de Villa Elisa, Provincia de Entre Ríos, que realicen tareas en general, en funciones técnicas, administrativas, obreras y de servicio, cualquiera sea su situación de revista o categoría dentro del estatuto del empleado municipal y/o demás normativa laboral municipal.
ARTÍCULO 2 La Asociación sindical tiene Domicilio legal en la ciudad de Villa Elisa, Provincia de Entre Ríos, República Argentina.

ARTÍCULO 22: Rigen los destinos del sindicato:
a Las Asambleas.

ARTÍCULO 3 La asociación tiene establecida como ZONA DE ACTUACION todo el ámbito del municipio ciudad de Villa Elisa, Provincia de Entre Ríos.

b La Comisión Directiva.

ARTÍCULO 4 El objeto y propósito de la ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE VILLA ELISA A.O.E.M.V.E., son los siguientes:

c La Comisión Revisora de Cuentas.
ARTÍCULO 24: La Comisión Directiva estará integrada por ocho 8 miembros titulares, que se desempeñarán en los siguientes cargos:
Secretario general.

a Reunir en su seno a todos los trabajadores Municipales en relación de dependencia del Municipio de VILLA ELISA, Provincia de Entre Ríos.
b Defender y representar los intereses colectivos ante el Estado, en cualquiera de sus dependencias, ya sean nacionales, provinciales o municipales y ante todo organismo privado y empleadores.

Secretario adjunto.

c Fomentar la agremiación de los trabajadores municipales y estimular solidaridad social.

Secretario administrativo.

d Defender y representar los intereses gremiales individuales y laborales de los afiliados ante las autoridades judiciales de cualquier fuero o jurisdicción, las autoridades de aplicación, organismos de seguridad social, de previsión social y todo otro Organismo del Estado Nacional, Provincial o Municipal.

Secretario gremial. Tesorero y 1tres vocales titulares.
Habrá además tres 3 vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en los casos de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares.

e Peticionar ante las autoridades públicas y colaborar en el perfeccionamiento de la legislación laboral y previsional, que interesen especialmente al personal municipal.

ARTÍCULO 25: Los miembros de la Comisión Directiva, durarán cuatro 4 años en sus funciones. Se renovarán por mitades, pudiendo ser reelectos.

f Colaborar con los organismos oficiales, técnicos o consultivos, de ordenación del trabajo de la actividad municipal y de la seguridad social.

Lic. JORGE A. FARIAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

g Participar en negociaciones colectivas y celebrar convenciones colectivas de trabajo.

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SÍNTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES Y TÉCNICOS DE LA INDUSTRIA ACEITERA Y DE BIODIESEL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
ASIABRA, APROBADO POR RESOLUCIÓN M.T. E. Y S.S. N1324/15.
Artículo I: Bajo la denominación de Asociación de Supervisores y Técnicos de la Industria Aceitera y del Biodiesel de la República Argentina ASIABRA, constituyese el día 15 de mayo del 2014, una organización sindical con carácter permanente, para la defensa de los integrantes gremiales cuya finalidad es la de agrupar en su seno, a todos los Supervisores, Jefes y analistas, dependientes en relación de subordinación laboral de la industria aceitera y del biodiesel. Queda excluido, el personal que dependa directamente de los órganos de dirección de la empresa y/o propietarios. La Asociación Sindical, tiene como ámbito territorial de actuación todo el territorio de
h Propender a la elevación moral, cultural, intelectual, física y material de sus asociados, fomentando el hábito del estudio, de trabajo, de economía, y de previsión, y promoviendo y auspiciando la capacitación profesional, técnica, gremial mediante sistema y métodos y obras adecuadas.
i Promover la formación de Institutos u organismos, especialmente de índole mutual o cooperativo y obras sociales, para brindar servicios sociales tales como centro recreativos, hoteles de turismo, construcción de viviendas, asistencia médica, farmacia, biblioteca y todo otro que se estime necesario para el bienestar de los trabajadores municipales.
j Coadyuvar al engrandecimiento y mejoramiento de la ciudad de Villa Elisa, Entre Rios, dentro del ámbito donde la comuna ejerza su jurisdicción y competencia.
ARTÍCULO 38 La ASOCIACION DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE VILLA ELISA A.O.E.M.V.E. será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesto de nueve 9
miembros titulares y tres 3 vocales suplentes, siendo la duración de sus mandatos de cuatro 4
años, y estará integrado de la siguiente manera:

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/04/2016 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/04/2016

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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