Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 12 de noviembre de 2015

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.255

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gremial y JOCKEY CLUB ASOCIACIÓN CIVIL por el sector empleador, ratificado a foja 57 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N1.676.580/15, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido el incremento de los salarios básicos, establecer un monto mensual de Adicional por Jornada, la creación de un Adicional Jockey Club y la creación de un Adicional Reestructuración de Categorías, a ser aplicados al personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N133/75 E del cual son signatarias, cuya vigencia opera a partir del día 1 de Junio de 2015, con las prescripciones y demás consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo se corresponde con la actividad de la Entidad empleadora signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 54 / 56, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPÓDROMOS ARGENTINO, SAN
ISIDRO Y SUS ANEXOS y JOCKEY CLUB ASOCIACIÓN CIVIL, ratificado a foja 57 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N1.676.580/15, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 54/56 y el Acta de ratificación de foja 57 que lo integra, del Expediente N1.676.580/15.
ARTICULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, conforme a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N133/75 E.
ARTICULO 4 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N1.676.580/15
Buenos Aires, 07 de septiembre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1260/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 54/56 y 57 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1052/15. Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de julio del 2015, siendo las 15.00 horas, se reúnen, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPODROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y SUS ANEXOS los señores Adolfo DESVARD, Secretario General, Antonio GRIMALT, Secretario Adjunto, Héctor Félix CABRERA, ProTesorero, José Ricardo MONSALVO, Secretario de Intersindicales, Héctor Oscar CHIQUÉ, Vocal y Adalberto RAMIREZ, Hugo MACIEL, Victor Javier FERREIRA, Emiliano Lucas Damián DICOSTA, estos últimos 4 en carácter de Delegados de Personal y por el JOCKEY CLUB ASOCIACION CIVIL
los señores Gustavo WELSCH, Gerente de RRHH, Juan Maximino FERNANDEZ, Jefe de Personal, y del Doctor Fernando PANSINI T 77 F 148.-

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 1260/2015
Bs. As., 04/09/2015

VISTO el Expediente N1.676.580/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y CONSIDERANDO:
Que a fojas 54/56, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPÓDROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y SUS ANEXOS por la parte
Abierto el acto y luego de un intercambio de información las partes expresan que han arribado al acuerdo cuyas condiciones a continuación exponen, que resulta de aplicación al personal comprendido en el ámbito de aplicación del CCT 133/75 E y al personal mensualizado perteneciente HIPÓDROMO DE SAN ISIDRO, CAMPO DE ENTRENAMIENTO Y POLO:
PRIMERO: Que las representaciones negociadoras de ambas partes para la negociación de la pauta salarial junio 2015/mayo 2016 ya fue presentada e integrada por las personas identificadas en el encabezado de la presente acta, la que es aceptada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL conforme personería gremial y representaciones invocadas y acreditadas a todos sus efectos.
SEGUNDO: Las partes acuerdan incrementar los salarios básicos vigentes al mes de mayo de 2015 en el CCT 133/75 E y los básicos de la estructura salarial del personal perteneciente al HIPÓDROMO DE SAN ISIDRO, CAMPO DE ENTRENAMIENTO Y POLO vigentes también al 31 de mayo de 2015 en un 29,5 por ciento conforme la siguiente escala y en forma no acumulativa y de acuerdo a lo que se detalla debajo:
1.- 17,5 por ciento con vigencia a partir del 1 de junio de 2015, y 2.- el 12 por ciento restante con vigencia a partir del 1 de diciembre de 2015.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 12/11/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data12/11/2015

Conteggio pagine80

Numero di edizioni9386

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione04/07/2024

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