Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 28 de agosto de 2014

BOLETIN OFICIAL Nº 32.956

63

entre F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la EMPRESA ARGENTINA
DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

NICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA A.S.I.M.R.A., por la parte sindical, y la empresa SIDERAR
SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2 Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 3 Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

ANEXO

Expediente N1.599.514/13

Expediente N1.634.799/14

PARTES SIGNATARIAS
F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES
C/
EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES
SOCIEDAD ANONIMA - ARSAT

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/07/2013

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES
$17.548,27

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE
$52.644,81

PARTES SIGNATARIAS
ASOCIACION DE SUPERVISORES DE
LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA A.S.I.M.R.A.
C/
SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL

PROMEDIO DE LAS
REMUNERACIONES

TOPE
INDEMNIZATORIO
RESULTANTE

01/04/2013

$14.888,10

$44.664,30

01/07/2013

$15.688,25

$47.064,75

01/10/2013

$15.923,35

$47.770,05

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA

CCT N1010/08 E

Expediente N1.599.514/13
Buenos Aires, 06 de Agosto de 2014
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT 142/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 534/14 T. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1251/2014
Bs. As., 7/8/2014
VISTO el Expediente N1.634.799/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N757 del 20 de mayo de 2014, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 9/11 vuelta del Expediente N1.634.799/14 obran las copias de las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE
LA REPUBLICA ARGENTINA A.S.I.M.R.A., por la parte sindical, y la empresa SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N831/06 E, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución S.T. N757/14 y registrado bajo el N626/14, conforme surge de las respectivas copias fiel de dichos actos obrantes a fojas 14/18 del Expediente N1.634.799/14.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 19/23 del Expediente N1.634.799/14, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias y en el Decreto N357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N628 y N2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1 Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N20.744
t.o. 1976 y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2 de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N757 del 20 de mayo de 2014 y registrado bajo el N626/14, suscripto entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECA-

CCT N831/06 E

Expediente N1.634.799/14
Buenos Aires, 11 de Agosto de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N1251/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 539/14 T. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2014 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data28/08/2014

Conteggio pagine64

Numero di edizioni9398

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione16/07/2024

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