Boletín Oficial de la República Argentina del 28/08/2014 - Primera Sección
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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Buenos Aires, jueves 28
de agosto de 2014
Año CXXII
Número 32.956
Precio $ 4,00
Sumario
LEYES
Pág.
LEYES
JUSTICIA
Ley 26.964
Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Federal, en la Ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos
JUSTICIA
Ley 26.964
1
DECRETOS
Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Federal, en la Ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos.
Sancionada: Agosto 6 de 2014
Promulgada de Hecho: Agosto 27 de 2014
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
Decreto 1419/2014
Designaciones
2
Decreto 1420/2014
Dase por prorrogada designación
3
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1421/2014
Dase por designado Vocal del Directorio de la Comisión Nacional de Comercio Exterior
3
Decreto 1404/2014
Dase por prorrogada designación de la Subdirectora General de Asuntos Jurídicos
4
Decreto 1405/2014
Designaciones en la Oficina Nacional de Presupuesto
4
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1408/2014
Decreto N 280/1995. Inclusión
4
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 1406/2014
Dase por designado el Director de Coordinación de Control y Fiscalización Vial
5
Decreto 1407/2014
Designación en la Dirección Nacional de Migraciones
5
6
6
Decisión Administrativa 674/2014
Autorízase contratación
6
Decisión Administrativa 675/2014
Autorízase contratación
6
Decisión Administrativa 676/2014
Autorízase contratación
7
Decisión Administrativa 678/2014
Autorízanse contrataciones en la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión
Continúa en página 2
ARTICULO 2 Al entrar en funcionamiento el juzgado que se crea por esta ley, quedarán excluidos los departamentos de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy de la competencia de los Juzgados Federales de Concepción del Uruguay.
ARTICULO 3 El juzgado que se crea por la presente ley tendrá dos 2 secretarías: una 1
con competencia Civil, Comercial, Laboral y de Previsión Social, Contencioso Administrativo y de Ejecuciones Fiscales, y la otra con competencia Criminal y Correccional.
ARTICULO 4 Una vez instalado el nuevo juzgado, la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y los Juzgados Federales de Concepción del Uruguay le remitirán las causas pendientes que en razón de su jurisdicción territorial y competencia le correspondan, siempre que hubiere conformidad de las partes para dicha remisión. Se entenderá que existe tal conformidad si las partes no manifestaren expresamente ante el nuevo juzgado, y en un plazo de diez 10 días de recibido el expediente, su voluntad en el sentido de que dichas causas permanezcan en el tribunal de origen.
ARTICULO 6 Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados que se detallan en los Anexos I, II y III que forman parte de la presente ley.
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 673/2014
Autorízase contratación
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
Decisión Administrativa 677/2014
Autorízase contratación
ARTICULO 1 Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Federal con asiento en la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, cuya jurisdicción territorial abarcará los Departamentos de Gualeguaychú e Islas del Ibicuy, provincia de Entre Ríos, y cuya competencia por materia será la misma que la de los Juzgados Federales de Paraná, Concepción del Uruguay, Concordia y Victoria, con excepción de la electoral.
ARTICULO 5 Créanse una 1 Fiscalía de Primera Instancia y una 1 Defensoría Pública Oficial que actuarán por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia que se crea por esta ley.
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 687/2014
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 7 La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná será Tribunal de Alzada y ejercerá la Superintendencia del Juzgado Federal que se crea por la presente.
ARTICULO 8 La presente ley se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará a las partidas presupuestarias del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, respectivamente.
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini 7
7
Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
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