Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 8 de noviembre de 2013

situación jurídica de la misma durante un 1 día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle España Nº144 de la ciudad de Orán Salta.
DN76:1944/7- 1933/0- 2007/8- 1978/k- 1960/0- 1975/k- 2008/6- 1963/5- 1949/3- 1976/3- 2002/72029/6- 2012/5- 1984/k- 1998/6- 1974/1- 1986/1- 2004/3- 1996/k- 2001/9- 1966/k- 1987/k- 2006/k1962/7- 2037/2- 1957/k- 1999/4- 1993/k- 2011/7- 2003/5- 2000/5- 1973/3- 2020/7- 1941/2- 1948/k- 1988/81927/5- 1980/7- 1951/0- 2005/1- 2014/1- 1961/9- 1930/6- 1931/4- 1964/3- 1967/3- 2035/6- 2018/4.
Ad. Trib. ANGEL E. DIAZ, Administrador, AFIP, DGA, DV Aduana de Orán. CPN ALBERTO
CORONEL, AFIP, DGA.
e. 08/11/2013 Nº89690/13 v. 08/11/2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.761

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL CORDOBA
Disposición Nº141/2013
Asunto: Régimen de Reemplazos en jurisdicción de la Dirección Regional Córdoba. S/Modificación.
Córdoba, 28/10/2013
VISTO que por Disposición 195/12 DI RCOR esta Dirección Regional Córdoba estableció el Régimen de Reemplazos actualmente vigente para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la División Jurídica de su Jurisdicción, y CONSIDERANDO:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Que atendiendo estrictas razones de conveniencia operativa se estima propicio modificar el régimen imperante en el ámbito de esa Dependencia.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº146/00 AFIP, Disposición Nº487/07 AFIP, la Disposición Nº456/11 AFIP, se procede a disponer en consecuencia.

DIVISION ADUANA DE ORAN

Por ello,
Aduana Orán, 1/11/2013
Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, vinculadas a las Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Orán, en los términos de las Leyes 25.603
y 25.986 se procede a anunciar, en las denuncias que a continuación se detallan, la existencia y situación jurídica de la misma durante un 1 día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle España Nº144 de la ciudad de Orán Salta.
DN76: 2323/6- 2417/4- 2418/2- 2426/4- 2434/6- 2446/0- 2421/8- 2420/k- 2440/6- 2436/2- 2444/42427/2- 2445/2- 2425/6- 2437/0- 2432/4- 2431/6- 2430/8- 1141/1- 223/5- 2423/4- 2419/0- 2422/62442/2- 2429/9- 2439/7- 2433/2- 2438/9- 2335/6- 2330/k- 2359/5- 2363/4- 2364/2- 2358/7- 3303-.

EL DIRECTOR INTERINO
DE LA DIRECCION REGIONAL CORDOBA
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1 Modificar el Régimen de Reemplazos en jurisdicción de la División Jurídica, conforme el siguiente detalle:
Primer reemplazante: Dr. José Luis BERTOLA, legajo Nº23.659/70
Segundo reemplazante: Dra. Nora María ARMESTO, legajo Nº23.874/63
Tercer reemplazante: Dra. Mónica Elisa TINUNIN, legajo Nº27.861/69

Ad. Trib. ANGEL E. DIAZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana de Orán. CPN ALBERTO CORONEL, AFIP, DGA.
e. 08/11/2013 Nº89691/13 v. 08/11/2013

ARTICULO 2 Regístrese, notifíquese a los interesados y comuníquese a las Dependencias involucradas, a la Sección Administrativa de la Dirección Regional Córdoba, al Departamento Administración de Personal y archívese. Lic. DIEGO GARAYZABAL, Director Int., Dirección Regional Córdoba.
e. 08/11/2013 Nº89211/13 v. 08/11/2013

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución Nº996/2013

DIVISION ADUANA DE GUALEGUAYCHU

Bs. As., 30/10/2013

Se cita a la persona detallada más abajo para que dentro de los diez días hábiles 10 comparezca en el Sumario Contencioso que se especifica, a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunto delito tipificado en el artículo indicado correspondiente a la Ley 22.415 y bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de la Aduana art. 1001
- Ley 22.415 bajo apercibimiento del art. 1004 del precitado ordenamiento legal. Se le hace saber que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los arts. 1030 ss. y cc. de la Ley 22.415. Se le hace saber que se notifica el mínimo de la multa en los términos de los arts. 930/932 de la Ley 22.415.
SA26 N
67-2013/8

INTERESADO
DIAZ JUAN CARLOS
DNI NºM.8.515.337

INFRACCION

MULTA

ART. 979 C.A.

$2.781,11

Prof. MIGUEL A. SILVA, Administrador, División Aduana de Gualeguaychú.
e. 08/11/2013 Nº89696/13 v. 08/11/2013

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
DIVISION ADUANA DE GUALEGUAYCHU
Se notifica al Señor COULYBALI MAMADOU DNI Nº 94.277.962 para que evacue su defensa y ofrezca las pruebas conducentes de acuerdo a lo previsto en el art. 1101 y cc. de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de lo determinado por el art. 1105 del citado texto legal, imputándosele la infracción prevista y penada en el art. 987 de la ley 22.415, en el Sumario Contencioso 026-SC-13-2013/4, caratulado COULYBALI MAMADOU s/INFRACCION ART. Y 987 LEY 22.415 correspondiente al procedimiento llevado a cabo por personal de Gendarmería Nacional, en Paraná Guazú, Islas del Ibicuy, Entre Ríos, el día 23 de noviembre de 2012; se ha dictado la CORRIDA DE VISTA de fecha 14-05-2013, donde se le hace saber del pago mínimo de la multa que pudiera corresponder por el hecho que se trata y el abandono de la mercadería afectada a favor del Estado Nacional, se extinguirá la acción penal arts. 930/931 de la Ley 22.415, siempre que se hiciera el pago voluntario dentro del plazo previsto en el art. 1101 del citado texto legal. El importe mínimo de la multa asciende a PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO
CON OCHENTA Y NUEVE CTVOS. 2.885,89, en el término de quince 15 días hábiles administrativos a partir de la publicación del presente bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución de deudas previsto en los arts. 1122 ss. y concordantes del Código Aduanero. En la primera presentación deberá constituir domicilio dentro del perímetro de esta localidad art. 1001 de la Ley 22.415, bajo apercibimiento de quedar constituido en esta oficina aduanera art. 1004 del mismo texto legal. Se hace saber que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería en los términos de los arts. 1030, ss. y cc. de la Ley 22.415.
Prof. MIGUEL A. SILVA, Administrador, División Aduana Gualeguaychú.
e. 08/11/2013 Nº89698/13 v. 08/11/2013

VISTO el Expediente NºS01:0356696/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC Parte 61 y el Decreto Nº1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD
OPERACIONAL de esta Administración Nacional solicitó, en fecha 8 de septiembre de 2011, la enmienda de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC, Parte 61, Subparte E, Sección 61.111.
Que la modificación que se propicia consiste en que el solicitante de un certificado de idoneidad aeronáutica cuyos requisitos para su obtención requiera de experiencia en vuelo solo, completará las horas mediante TRES 3 despegues y aterrizajes en presencia del inspector de vuelo asignado para el examen.
Que la Dirección Licencias al Personal de la DIRECCION NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, mediante Nota Nº 299 de fecha 20 de abril de 2012, consideró oportuno incluir la referida modificación en la Sección 61.39, Subparte A, Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil.
Que lo antedicho se fundamenta en la conveniencia del requisito de que el solicitante realice TRES 3 despegues y TRES 3 aterrizajes ante el inspector de vuelo asignado para el examen, sea de aplicación no sólo respecto de la licencia de Piloto Privado de Avión sino respecto de todos los certificados de idoneidad aeronáutica contenidas en la Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil que requieran para su obtención la realización de horas de vuelo solo por parte del aspirante, entre otros requisitos, a excepción de los postulantes a la Licencia de Piloto Privado de Planeador, que será de UN 1 despegue y UN
1 aterrizaje.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de esta Administración Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello, EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Sustitúyase la Sección 61.39 b, Subparte A, Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil RAAC, la cual quedará redactada como sigue:
61.39 Requisitos para el examen de vuelo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/11/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data08/11/2013

Conteggio pagine72

Numero di edizioni9393

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione11/07/2024

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