Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 30 de septiembre de 2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.733

73

ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que bajo el acuerdo acompañado, las precitadas partes han pactado sustancialmente con diciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº269/95.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde estric tamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del mismo.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se han acreditado los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

ESCALAS SALARIALES PARA LA INDUSTRIA PANADERA Y AFINES CABA.
VIGENTES A PARTIR DE MARZO 2014

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por otra parte, corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homolo gatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe si procede el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976
y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL
DE PANADERIAS Y AFINES, la ASOCIACION PANADEROS DE CAPITAL FEDERAL y la CA
MARA DE INDUSTRIALES PANADEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº1.561.272/13, agregado como foja 284 al Expediente Nº1.311.881/09, ratificado a fojas 301 del Expediente, por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PA
NADERIAS Y AFINES, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250
t.o. 2004.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re gistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordina ción registre el presente Acuerdo obrante a fojas 2/5 del Expediente Nº1.561.272/13, agregado como foja 284 al Expediente Nº 1.311.881/09, conjuntamente con la ratificación de foja 301 del Expediente Nº1.311.881/09.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº269/95.
ARTICULO 5º Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, re sultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.
ARTICULO 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº1.311.881/09
Buenos Aires, 05 de Agosto de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº930/13, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/5 del expediente Nº1.561.272/13, agregado como foja 284 al expediente principal conjuntamente con la acta de ratificación obrante a fojas 301 del expediente de referen cia, quedando registrados bajo el número 779/13. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.
ESCALAS SALARIALES PARA LA INDUSTRIA PANADERA Y AFINES CABA.
VIGENTES A PARTIR DE ABRIL 2013

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil trece, reunidos en la sede de la Unión Personal Panaderías y Afines, entre la UNION PERSONAL PA
NADERIAS Y AFINES UPPA el señor José Luís SANCHEZ MI 18.324.873; Saúl Esteban GONZALEZ
M.I. 92.661.922; Ramón Rodolfo FRIAS MI 23.334.052; Gastón ESTRELLA MI 27.280.738; Oscar Daniel BENITEZ MI 13.385.778 Leonardo ALARCON MI 16.031.576 y las señoras: Nancy Cristina CANARIO MI 20.941.858, Lelia del Carmen TOLEDO MI 25.251.969, todos en calidad de paritarios asistidos por su letrado patrocinante Dr. Fabián A. MAIDANA CPACF Tº 78 Fº 826, por una parte y, por la ASOCIACION PANADERIAS DE CAPITAL FEDERAL APACA, los señores: Néstor Omar HERNAN
DEZ MI 20.200.475; Héctor Juan Pascual BRODA M.I. 04.599.174, Francisco RON LONGARELA M.I.
92.001.254; Gabriel FERNANDEZ MI 17.331.910; Gerardo CANDELINO MI 93.411.559, con el patro cinio letrado del Dr. Pedro PRADO Tº 21 Fº 1000 y, por la CAMARA DE INDUSTRIALES PANADEROS
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CIPCBA los señores: José Domingo ALVAREZ MI 13.238.283;
Miguel GARGANO MI 12.088.526; Alejandro FERNANDEZ MI 23.244.673; Segundo FERNANDEZ
MI 10.137.664; Eduardo RAMA MI 11.400.219; Ruben SOSA MI 13.158.983, con el patrocinio letrado del doctor Fabián CAMPANA MI 21.836.248, todos en calidad de paritarios, acuerdan y convienen lo siguiente:
PRIMERO: todas las partes acuerdan en el marco del convenio colectivo de trabajo 269/95 otorgar a todo el personal involucrado en el mismo un incremento salarial del 25% sobre los salarios básicos de la escala salarial vigente al mes de marzo de 2013, a abonar de la siguiente manera: a 10% para los meses de abril, mayo y junio de 2013; b 9% para los meses de julio, agosto y setiembre de 2013; c 6%
para los meses de octubre 2013 al 28 de febrero de 2014. Dichos porcentuales se calcularán en todos los casos sobre los básicos vigentes al mes de marzo de 2013. Asimismo acuerdan abonar a partir del 1º de marzo de 2014 un incremento de $50. para el adicional por presentismo y de $50. para el adicional por puntualidad.
SEGUNDO: Se adjunta escala salarial acordada, por separado firmada por un representante de cada parte y se adjuntará al presente para su homologación.
TERCERA: las partes acuerdan que este convenio tendrá vigencia entre abril de 2013 y el 28 de febrero de 2014 inclusive, comprometiéndose a volver a reunirse a partir del 1º de marzo de 2014.
En prueba de conformidad previa lectura y ratificación firman las partes cuatro ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto, en lugar y fecha indicados al comienzo.
Expediente 1.311.881/09
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los un días del mes de julio del año dos mil trece, sien do las 14,45 horas, comparecen ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
de la NACION Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. Ante mí, Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento Nº2 Dirección de Negociación Colectiva, lo hacen por la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL DE PANADERIAS Y AFINES F.A.U.P.P.A, en cali dad de miembro paritario el señor Miguel Angel RODRIGUEZ, en calidad de Secretario Adjunto de la entidad sindical.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra al representante sindical manifiesta: Que por este acto ratifica en un todo lo actuado en expediente Nro. 1.561.272/13, agregado a fojas 284 de las presentes actuaciones, solicitando su correspondiente homologación.
Siendo las 15,00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación ante mí, funcionario que CERTIFICO.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data30/09/2013

Conteggio pagine76

Numero di edizioni9388

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione06/07/2024

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