Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 5 de septiembre de 2013

c A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de Pesos Seiscientos Veinticinco $ 625.- si cumplió con asistencia perfecta en DOS años calendarios durante el período 2009-2012, generando un total de pesos Un Mil Seiscientos Treinta y Nueve $1.639.-
d A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de pesos Setecientos Tres $703.- si cumplió con asistencia perfecta en TRES años calendarios durante el período 2009-2012, generando un total de Pesos Dos Mil Trescientos Cuarenta y Dos $2.342.
e A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de Pesos Setecientos Ochenta y Uno $781 si cumplió con asistencia perfecta en los 4 CUATRO años que integran el periodo 2009-2012, generando un total de Pesos Tres Mil Ciento Veintitres $3.123.
Estas sumas serán abonadas a mas tardar el día 28 de diciembre del 2012.
Todos los pagos serán de naturaleza no remunerativa.
SEGUNDO: Las decisiones objeto de la presente acta se toman por unanimidad de los representantes del sector de los trabajadores y empleadores presentes, que integran el quórum suficiente de la presente reunión de la Co.P.A.R., haciéndose constar expresamente que el reconocimiento que otorgará la empresa será de naturaleza no remunerativa, y por única vez en el presente año.- Asimismo, dichas sumas de dinero de ninguna manera revisten carácter de incremento salarial o incorporación a los básicos de convenio, no teniendo incidencia alguna en adicionales ni cargas sociales. El presente adicional constará en los recibos de haberes de los trabajadores con la denominación Asignación No Remunerativa extraordinaria.
TERCERO: Queda a cargo del Sindicato, solicitar la inmediata homologación o registración por ante las autoridades competentes debiendo esta homologación ser previa a la fecha del efectivo pago del reconocimiento, quedando habilitadas ambas representaciones para incorporar la presente como acta complementaria al CCT 1229/11 E. La contraparte se obliga en tal supuesto a concurrir a ratificar la presente por ante la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL ante el solo requerimiento de la parte presentante. No siendo para más, en la fecha indicada, previa lectura y ratificación de la presente, se da por terminada la reunión.
ACTA DE COPAR CASINO MISIONES S.A. CCT 1219/11 E
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 18 días del mes de Marzo de 2013, se reúnen por una parte el Sr. Carlos Núñez Secretario del Interior y los Delegados Sres. Uliassi Julio Cesar D.N.I. 27.733.888, Fernández Carlos D.N.I. 20.332.941 en representación del SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTOS, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA R.A. ALEARA, Personería Gremial Nº 1529, con domicilio en Alsina 946/948 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el patrocinio letrado de la Dra. Luciana AMBROSIO, y por la otra CASINOS DE MISIONES SA., con domicilio en calle Sarmiento Nº1014
de la Ciudad de Oberá, Provincia de Misiones, representada en este acto por Dr. Oscar Raúl Alderete, en su condición de apoderado.
Abierto el acto, la representación Sindical expresa que el objeto de la presente reunión es concertar una mejora salarial para los trabajadores de la empresa CASINOS DE MISIONES S.A. Cedida la palabra a la representación empresaria, manifiesta, que analizando la situación salarial del personal de la empresa y considerando que debe seguir manteniendo la solidaridad que viene demostrando pata obtener un mayor bienestar de los empleados y su familia, poniendo de manifiesto su sensibilidad, la empresa informa que accede a dar tratamiento el planteo sindical. Así las cosas, y luego de un intenso debate, ambas representaciones acuerdan PRIMERO: La parte empleadora otorgará a todos los trabajadores comprendidos en el CCT
1219/11 E un aumento salarial del 20% sobre los salarios básicos vigentes al mes de Febrero 2013 el que será percibido con los haberes de Marzo del corriente año, incorporándose al salario básico de cada categoría.
SEGUNDO: Las partes convienen que se citarán nuevamente con 30 días de antelación para la próxima ronda de negociaciones salariales.
La decisión objeto de la presente acta, se toma por unanimidad de los representantes del sector de los trabajadores y empleador presentes, que integran quórum suficiente, quedando cualquiera de ambas representaciones habilitadas para incorporar la presente acta y peticionar su homologación como parte complementaria del CCT 1219/11 E. La contraparte se obliga en tal supuesto a concurrir a ratificar la presente por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo. No siendo para más, en la fecha antes indicada, previa lectura y ratificación de la presente, se da por terminada la reunión.
ESCALA SALARIAL A FEBRERO 2013
CATEGORIAS
B

S. Básico 6.528,00

Presentismo
Decreto 1347/03

Decreto 2005/04

979,20

60,00

120,00

S. Bruto 7.687,20

C

6.237,00

935,55

60,00

120,00

7.352,55

D

4.599,00

689,85

60,00

120,00

5.468,85

E

3.863,00

579,00

60,00

120,00

4.619,00
3.862,30

F

3.202,00

480,33

60,00

120,00

G

2.549,00

382,35

60,00

120,00

3.111,35

H

2.221,00

333,15

60,00

120,00

2.734,15

Decreto 1347/03

Decreto 2005/04

ESCALA SALARIAL DESDE MARZO 2013
CATEGORIAS

S. Básico
Presentismo
S. Bruto
B

7.834,00

1.175,10

60,00

120,00

9.189,10

C

7.485 00

1.122,75

60,00

120,00

8.787,75

D

5.519,00

827,85

60,00

120,00

6.526,85

E

4.632,00

694.80

60,00

120,00

5.506,80

F

3.843,00

576,45

60,00

120,00

4.599,45

G

3.059,00

458,85

60,00

120,00

3.697,85

H

2.666,00

399,90

60,00

120,00

3.245,90

BOLETIN OFICIAL Nº 32.716

47

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data05/09/2013

Conteggio pagine48

Numero di edizioni9414

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione01/08/2024

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