Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 4 de septiembre de 2013
contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondientes a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL
INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Aníbal F. Randazzo.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decreto 1259/2013
Dase por prorrogada designación del Director de la Delegación Legal de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Secretaría de Comunicación Pública.

Bs. As., 28/8/2013
VISTO
el Expediente CUDAP:
EXPJGM:0018057/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 585 de fecha 11 de mayo de 2011 y 1501 de fecha 28 de agosto de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nº 31 de fecha 9 de marzo de 2012, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración NACIONAL
para el Ejercicio del año 2013.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto Nº585 de fecha 11 de mayo de 2011 se dio por designado, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, al Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA como Director de la Delegación Legal de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº1501 de fecha 28 de agosto de 2012, por el mismo término.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada, por el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nº 31 de fecha 9 de marzo de 2012, se ratificaron, homologaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversas unidades organizativas pertenecientes a la SECRETARIA DE COMUNICACION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre ellas se ratificó la unidad organizativa Delegación Legal, asignándole el Nivel II, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la Secretaría citada precedentemente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Nº491/02.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles, a partir del 24 de mayo de 2013, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto Nº585 de fecha 11 de mayo de 2011 y cuya última prórroga se operó por Decreto Nº 1501 de fecha 28 de agosto de 2012, del Doctor D. Emiliano Alberto SUAYA D.N.I. Nº23.782.888, como Director de la Delegación Legal de la SUBSECRETARIA DE
GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV
y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1 de la presente medida.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19
-Prensa y Difusión de Actos de Gobiernode la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE
KIRCHNER. Juan M. Abal Medina.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 656/2013
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Bs. As., 29/8/2013
VISTO el Expediente Nº1816/2013 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 aprobado por la Ley Nº26.784 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº1 de fecha 10
de enero de 2013, y CONSIDERANDO:
Que el expediente citado en el Visto se encuentra relacionado con la distribución del Presupuesto General de la Ad-

BOLETIN OFICIAL Nº 32.715

ministración Nacional para el Ejercicio 2013, correspondiente a la Entidad 204
- AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA
NACION.
Que corresponde adecuar los créditos del organismo mencionado anteriormente, a fin de incorporar los remanentes de recaudación del Ejercicio 2012.
Que los referidos recursos posibilitarán el normal funcionamiento de la entidad, logrando una completa aplicación de los preceptos legales que rigen en materia de servicios de comunicación audiovisual.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9 de la Ley Nº26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

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Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, correspondiente a la Entidad 204 - AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Juan M. Abal Medina. Hernán G. Lorenzino.
NOTA: El Anexo que integra esta Decisión Administrativa se publica en la edición web del BORA www.boletinoficial.gov.ar y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

RESOLUCIONES

Ministerio del Interior y Transporte
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
Resolución 995/2013
Resolución Nº513/2013. Modificación.
Bs. As., 28/8/2013
VISTO el Expediente NºS02:0087032/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y CONSIDERANDO:
Que el transporte interurbano de pasajeros por el modo automotor constituye un servicio esencial para la comunidad, cuya prestación el ESTADO NACIONAL debe asegurar en forma general, continua, regular, obligatoria y uniforme, en igualdad de condiciones para todos los usuarios.
Que el Decreto Nº958 de fecha 16 de junio de 1992 con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y sus normas complementarias constituye el marco regulatorio del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional de jurisdicción nacional, el cual contiene criterios de amplia desregulación en materia de prestación y operación de los servicios involucrados.
Que los servicios de transporte interjurisdiccional son un elemento clave que permite la conexión entre aproximadamente NOVECIENTAS 900 ciudades, en forma directa y a través de combinaciones, donde el permiso para su prestación constituye un acto jurídico de naturaleza contractual por el cual el ESTADO NACIONAL satisface necesidades públicas, a través de la participación de particulares en la prestación de los mismos.
Que por Resolución Nº257 de fecha 24 de noviembre de 2009 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se estableció una nueva estructura tarifaria permitiendo la aplicación de la base media del mercado, a partir de la determinación de la tarifa media, por kilómetro y categoría de mercado, obtenida de los valores de tarifa del conjunto de los corredores competitivos que conforman una determinada muestra relevada.
Que en tal sentido, mediante la Resolución citada en el considerando precedente, se aprobó una nueva metodología con el objetivo de la aplicación de tarifas que reflejen el verdadero costo económico de la prestación del servicio.
Que la Resolución Nº513 de fecha 10 de junio de 2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, estableció en su Artículo 1 una compensación a la demanda de usuarios para el servicio de transporte por automotor de pasajeros por carretera de jurisdicción nacional en los destinos previstos en el Anexo I. El monto dispuesto precedentemente en concepto de compensación consiste en una suma de PESOS UN $ 1 por kilometro recorrido para cada servicio que se preste a los destinos aludidos.
Que en este sentido, resulta necesario la incorporación al régimen aludido en el considerando anterior, de los corredores CAPITAL FEDERAL - CIUDAD DE TRELEW PROVINCIA DEL CHUBUT y CAPITAL FEDERAL - CIUDAD DE SAN JUAN PROVINCIA DE SAN
JUAN, siendo aplicable a los mismos, los argumentos que motivaron el dictado de la Resolución Nº513/2013 del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que cabe señalarse que la ampliación de esta compensación a los precios de la demanda de usuarios de menores recursos que, por distintas razones socio culturales utilizan este medio de transporte, coadyuvará a afianzar la política de inclusión social llevada adelante por el ESTADO NACIONAL, posibilitando además que los mismos puedan viajar con mayor frecuencia por motivos familiares, turísticos, educacionales, laborales, de asistencia médica o de cualquier otra índole que les resulte necesaria.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2013 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data04/09/2013

Conteggio pagine36

Numero di edizioni9405

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione23/07/2024

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